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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2014 (28/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Martes 28 de enero de 2014 515468 preventiva, primeros auxilios, educación sanitaria y profi laxis”; Que, mediante Ley N° 27629, que modifi ca el Decreto Legislativo N° 824, y el Decreto Supremo N° 032-2002-PCM, se crea y reglamenta respectivamente, la organización de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA organismo público descentralizado de la Presidencia del Consejo de Ministros, precisando que éste tiene como función principal coordinar, promover, planifi car, monitorear y evaluar los programas y actividades contenidas en la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas; Que, atendiendo al proyecto de Ordenanza presentado, se debe señalar que, en el contexto normativo expuesto, se hace necesario establecer los mecanismos de lucha contra las Drogas, abordándola desde su complejidad, así como lograr que los programas estatales y locales puedan tener sostenibilidad y permanencia en el tiempo; en tal sentido, es necesario y fundamental la participación activa de la Sociedad Civil; Que, el presente proyecto de Ordenanza establece disposiciones necesarias que permitirán garantizar la ejecución de actividades tendientes a prevenir y erradicar el consumo de Drogas en el distrito, a través de la participación ciudadana; Que, mediante Informe Nº 502-2013-GAJ-MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina porque resulta procedente el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan Municipal sobre Drogas 2013 - 2020 “Comas te quiero Sin Drogas”, recomendando su aprobación, debiendo elevarse los actuados al Concejo Municipal, para que previo los trámites que correspondan proceda a la aprobación de la misma; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) y 9) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas pertinentes, con el voto Unánime de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL SOBRE DROGAS 2013 - 2020 “COMAS TE QUIERO SIN DROGAS” Artículo Primero: APROBAR el Plan Municipal Sobre Drogas 2013 – 2020 “Comas Te Quiero Sin Drogas”, como instrumento de gestión que establece el enfoque, ejes, objetivos estratégicos, objetivos específi cos, actividades, programas, indicadores y responsables, con el fi n de afrontar el problema del consumo de drogas, su prevención y la micro comercialización. Artículo Segundo: CREAR el Comité Multisectorial de Prevención del Consumo de Drogas (COMUL), como órgano de articulación conformado por todas las instituciones públicas, privadas y organizaciones sociales involucradas, cuya misión es coordinar, promover, planifi car, monitorear y evaluar planes, programas, actividades y políticas públicas de prevención y reducción del consumo de drogas y de la micro comercialización. Artículo Tercero: CONFORMAR El Comité Multisectorial de Prevención del Consumo de Drogas (COMUL), Que estará conformado por los titulares y/o representantes debidamente acreditados de las siguientes instituciones: a) El Alcalde distrital quien lo presidirá. b) Jefe de la Ofi cina de Lima Norte de la Defensoría del Pueblo. c) Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte d) Presidente de la Junta de Fiscales Superiores – Lima Norte. e) Director de la UGEL Nº 4 - Comas. f) Director Ejecutivo de la Red de Salud Túpac Amaru - Comas. g) Gobernador de Comas. h) Los Comisarios de las Comisarías de la Policía Nacional del Perú del distrito de Comas. i) Presidente del Consorcio de Coaliciones Comunitarias de Comas. j) Coordinador Distrital de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana. Artículo Cuarto: CONFORMAR El Comité de Implementación y Ejecución del Plan Municipal Sobre Drogas, el que depende del COMUL, y estará conformado por los siguientes miembros: a) Gerente de Desarrollo Humano, Educación y Bienestar Social, quien lo presidirá. b) Sub-Gerente de Salud, quien efectuará la labor de Secretario Técnico. c) Sub-Gerente de Promoción Social y DEMUNA. d) Sub-Gerente del Vaso de Leche y Alimentación Complementaria. e) Sub-Gerente de Educación, Cultura y Deporte. f) Gerente de Planifi cación y Presupuesto. g) Gerente de Participación Vecinal y Desarrollo Comunal. h) Sub-Gerente de Seguridad Ciudadana. i) Sub-Gerente de Fiscalización Tributaria y Control Municipal. j) Representante de la UGEL Nº 4. k) Representante de la Red de Salud Túpac Amaru. l) Representante del Ministerio Público. m) Policías encargados de OPC de las Comisarías n) Representante de la Defensoría del Pueblo de Lima Norte. o) Tenientes Gobernadores. p) Secretario Técnico de CODISEC. q) Presidentes de las Coaliciones Comunitarias Antidrogas del distrito de Comas. r) Coordinadores Zonales de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana. s) Representante del Consejo de Coordinación Local Distrital. Artículo Quinto: CONFORMAR El Comité de Vigilancia de la Implementación y Ejecución del Plan Municipal Sobre Drogas, el que queda encargado de vigilar el cumplimiento de las actividades del Plan en cada Zonal del distrito; dicho Comité estará conformado por representantes de la sociedad civil organizada, siendo los siguientes: a) Un Representante de la Coalición Comunitaria Antidrogas de cada Zonal del distrito de Comas. b) Un Representante de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana (Coordinadores Zonales). Artículo Sexto: AUTORIZAR al despacho de Alcaldía para que mediante Decreto reglamente la presente Ordenanza. Artículo Sétimo: ENCARGAR a la Sub-Gerencia de Informática y Estadística la publicación del Plan Municipal Sobre Drogas 2013 – 2020 “Comas Te Quiero Sin Drogas”, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de COMAS, www.municomas.gob.pe y, la difusión de la presente Ordenanza a la Sub-Gerencia de Imagen Institucional, en el día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Octavo: DEROGUESE toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Noveno: DISPONER a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional. Artículo Décimo: Esta Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los Veintiocho días del mes de Noviembre del año dos mil trece. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 1042673-1 Aprueban el Plan Distrital de Fortalecimiento a las Familias de Comas 2014 - 2018 ORDENANZA Nº 403-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS