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El Peruano Martes 28 de enero de 2014 515477 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Convocan al Congreso de la República a legislatura extraordinaria para el día 31 de enero de 2014, a fin que el Presidente de la República realice discurso sobre el Fallo emitido por la Corte Internacional de Justicia de la Haya que resolvió diferendo marítimo entre la República de Chile y la República del Perú DECRETO SUPREMO N° 012-2014-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, corresponde al Presidente de la República convocar al Congreso a legislatura extraordinaria; y fi rmar, en este caso, el decreto de convocatoria; Que, el artículo 50 del Reglamento del Congreso de la República señala que los períodos de sesiones extraordinarias se convocan conforme al numeral 6) del artículo 118 y al artículo 130 de la Constitución Política del Perú, además de la convocatoria por el Presidente de la República y en forma obligatoria en la hipótesis señalada en el segundo párrafo del artículo 130 de la Constitución. Publicado el decreto, el Presidente del Congreso de la República ordena que, de inmediato, se proceda a citar a los congresistas; Que, el último párrafo del artículo 50 del Reglamento del Congreso de la República establece que durante los períodos de sesiones extraordinarias sólo se podrán tratar los temas materia de la convocatoria; Que, el Congreso de la República se encuentra en receso parlamentario desde el 08 de enero del presente año; Que, en mérito a las normas antes mencionadas, el Presidente de la República considera necesario convocar a una legislatura extraordinaria de un (1) día hábil de duración, con el propósito de que el Señor Presidente de la República efectúe un discurso sobre el Fallo emitido el 27 de enero del presente año por la Corte Internacional de Justicia de la Haya que resolvió el diferendo marítimo entre la República de Chile y la República del Perú; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 6) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo 50 del Reglamento del Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1.- Convocatoria a legislatura extraordinaria Convócase al Congreso de la República a legislatura extraordinaria para el día 31 de enero de 2014 a fi n de que el señor Presidente de la República realice un discurso sobre el Fallo emitido el 27 de enero del presente año por la Corte Internacional de Justicia de la Haya que resolvió el diferendo marítimo entre la República de Chile y la República del Perú Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1043701-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN