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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (02/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Domingo 2 de febrero de 2014 515970 Pasajes Aéreos: Lima – Córdoba (República Argentina) – Lima: US $ 2,602.66 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 5,205.32 Gastos de Traslado de ida y regreso (Equipaje, bagaje e instalación): US $ 2,200.00 x 02 x 02 personas = US $ 8,800.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 2,200.00 / 28 x 26 días x 02 personas = US $ 4,085.71 US $ 2,200.00 x 09 meses x 02 personas = US $ 39,600.00 ------------------------- Total a pagar = US $ 57,691.03 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5º.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- El personal designado, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad y retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 7º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1045656-3 Autorizan viaje de oficial del Ejército a Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 047-2014-DE/EP Lima, 1 de febrero de 2014 VISTO: Ofi cio N° 050/DIEDOC/C-5.c del 13 de enero de 2014, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto, el Director de Educación y Doctrina del Ejército comunica que el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación del Mayor EP Eugenio Oscar Antonio OLGUIN NORIEGA, para que realice el Curso de Formación de Ofi ciales de Estado Mayor en el Ejército Argentino del 04 de febrero al 05 de diciembre de 2014, en la ciudad de Buenos Aires – República Argentina; Que, asimismo, el Ejército Argentino, hace de conocimiento que el Ofi cial alumno, deberá presentarse, el 04 de febrero de 2014, a fi n de realizar las coordinaciones académicas y administrativas necesarias, para su adecuado desempeño en el mencionado Curso; Que, la designación del Personal del Ejército para que participe en el referido Curso, responde a la necesidad de capacitar al Ofi cial designado en Instituciones Militares Extranjeras, con la fi nalidad de formar su carácter y liderazgo, adquirir mayores conocimientos y experiencias en el planeamiento de operaciones conjuntas para que se desempeñe efi cientemente cargos de Comando y Estado Mayor; así como, de Docente en la Escuela Superior de Guerra del Ejercito, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación militares, consolidar la paz, contribuir al desarrollo del país e incrementar las medidas de confi anza con Instituciones Armadas de otros países; Que, para la designación del Ofi cial, se ha tenido en cuenta su participación en el correspondiente proceso de selección, promovido por el Director de Educación y Doctrina del Ejército, de acuerdo a sus antecedentes académicos, desempeño profesional y competencias adquiridas durante su línea de carrera; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Mayor EP Eugenio Oscar Antonio OLGUIN NORIEGA, para que participe en el mencionado Curso; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, de conformidad con el artículo 26° de la Ley N° 28359-Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23° de la respectiva norma, más el tiempo compensatorio señalado en el citado artículo 26º; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modifi catorias el Decreto Supremo N° 010-2010- DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2014; Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modifi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Mayor EP Eugenio Oscar Antonio OLGUIN