Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2014 (02/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA 2 de febrero de 2014

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CONSIDERANDO: Que, el 10 de enero de 2014, Financiera Efectiva S.A. solicito a la Superintendencia del MORDAZA de Valores SMV y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A., a traves del sistema de Ventanilla Unica, la exclusion de los valores mobiliarios denominados "Primera Emision del Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo de Financiera Efectiva S.A." del Registro Publico del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, por haberse operado la cancelacion total de las obligaciones derivadas de la referida emision; Que, de la evaluacion realizada a la documentacion que sustenta la solicitud a la que se refiere el considerando precedente, se ha verificado que, a solicitud de Financiera Efectiva S.A., mediante Resolucion Directoral de Emisores Nº 083-2011-EF/94.06.3, del 28 de octubre de 2011, se aprobo el tramite anticipado, se inscribio el programa denominado "Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo de Financiera Efectiva S.A.", hasta por un monto MORDAZA en circulacion de S/. 12 000 000.00 (Doce Millones y 00/100 Nuevos Soles) o su equivalente en Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA, y se dispuso el registro del Prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, asimismo en el MORDAZA del mencionado programa, los valores denominados "Primera Emision del Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo de Financiera Efectiva S.A." fueron inscritos mediante la resolucion senalada en el parrafo anterior, hasta por un monto MORDAZA en circulacion de S/. 12 000 000.00 (Doce Millones y 00/100 Nuevos Soles) y se registro el Complemento del Prospecto MORDAZA correspondiente; Que, respecto de los valores senalados en el considerando precedente, se ha verificado la cancelacion total de las obligaciones que derivan de dichos valores; Que, el articulo 37º, inciso b), de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias, y los articulos 20° y 23º del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, aprobado por Resolucion SMV N° 031-2012-SMV/01 y sus normas modificatorias (en adelante, Reglamento), establecen que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores tiene lugar por resolucion fundamentada de la SMV cuando opere la extincion de los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa; Que, de otro lado, el articulo 38° de la Ley del MORDAZA de Valores y el articulo 32° del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, aprobado por Resolucion CONASEV N° 0092006-EF/94.10, disponen que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una oferta publica de compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando precedente, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores denominados "Primera Emision del Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo de Financiera Efectiva S.A.", a que se contrae la presente Resolucion, se encuentra dentro de la causal de excepcion para la realizacion de una Oferta Publica de Compra, contemplada en el articulo 23º del Reglamento y en el articulo 37º, inciso a), del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, referida a la extincion de los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa; Que, el articulo 2°, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas por Resolucion CONASEV Nº 073-2004EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el articulo 37º, inciso b) de la Ley del MORDAZA de Valores, los articulos 20º y 23º del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, asi como por el articulo 46°, numeral 6, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-

administradora de fondos de inversion a ser denominada Edifica Sociedad Administradora de Fondos de Inversion S.A. han cumplido con los requisitos para la obtencion de la autorizacion de organizacion establecidos en los articulos 17 y 18 del Reglamento de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolucion CONASEV N° 042-2003-EF/94.10 y sus modificatorias, asi como a lo senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion de Superintendente Nº 091-2012-SMV/02 y sus modificatorias; tal como se desarrolla en el Informe Nº 33-2014-SMV/10.2 de la Intendencia General de Supervision de Entidades; Que, asimismo, al no haberse presentado objeciones a la formacion de la sociedad administradora o a las personas que la organizan, dentro del plazo establecido por el articulo 18 del Reglamento de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, corresponde otorgar la autorizacion solicitada; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 12 de la Ley de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Decreto Legislativo N° 862 y sus modificatorias, el articulo 38 numeral 5 inciso i del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF. RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a los senores MORDAZA MORDAZA Bedoya MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Tassara MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA la autorizacion de organizacion de una sociedad administradora de fondos de inversion que sera denominada Edifica Sociedad Administradora de Fondos de Inversion S.A. y tambien podra utilizar la denominacion abreviada Edifica SAFI S.A. Articulo 2º.- La autorizacion de organizacion a que se refiere el articulo precedente tendra una vigencia improrrogable de un (01) ano a partir de la entrada en vigencia de la presente resolucion. Articulo 3º.- La presente resolucion no faculta a Edifica Sociedad Administradora de Fondos de Inversion S.A. para iniciar actividades de administracion de fondos de inversion. Para ello, debera previamente obtener la respectiva autorizacion de funcionamiento por parte de la Superintendencia del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- La presente resolucion debera publicarse en el diario oficial El Peruano en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles. Articulo 5º.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 6º.- Transcribir la presente resolucion al senor MORDAZA MORDAZA Bedoya MORDAZA, en su calidad de representante de los organizadores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervision de Entidades

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Disponen la exclusion de los valores denominados "Primera Emision del Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo de Financiera Efectiva S.A." del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL SMV Nº 010-2014-SMV/11.1
MORDAZA, 24 de enero de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISION DE CONDUCTAS VISTOS: El expediente Nº 2014001053, asi como el Informe Interno Nº 036-2014-SMV/11.1 de fecha 22 de enero de 2014, de la Intendencia General de Supervision de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervision de Conductas de Mercados;

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