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El Peruano Domingo 2 de febrero de 2014 515982 Oficializan Acuerdo mediante el cual se aprobó la Acreditación de la Carrera Profesional de Administración de Negocios del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado “Instituto Peruano de Administración de Empresas” IPAE - Sede Pueblo Libre RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA D EL CONSEJO SUPERIOR Nº 007-2014-COSUSINEACE/P Lima, 30 de enero de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 016-2014-COSUSINEACE-CONEACES, remitido por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria – CONEACES; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28740, a través de su artículo 5° establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 15º y 16°, inciso c), de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, los artículos 11°, inciso c), 15°, inciso b, y 18°, último párrafo, de la Ley N° 28740, y lo dispuesto en el artículo 41° del Reglamento de la citada Ley N° 28740, del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED, es función y atribución del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria – CONEACES, en su condición de órgano operador del SINEACE, acreditar periódicamente la calidad de las instituciones educativas en el ámbito de la educación superior no universitaria; Que, en concordancia con las funciones y atribuciones citadas, los artículos 7° al 15° el citado Reglamento de la Ley del SINEACE, establecen que la Acreditación es un proceso que culmina con el reconocimiento formal de la calidad demostrada por la institución educativa, otorgada por el Estado a través del órgano operador correspondiente del SINEACE, según el informe de evaluación externa emitido por la Entidad Evaluadora con fi nes de Acreditación, debidamente autorizada, que de acuerdo al procedimiento establecido, verifi có el cumplimiento de los estándares, criterios e indicadores de evaluación normados previamente por el SINEACE; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, establece que la Acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa, estableciéndose asimismo que acredita el órgano operador sin más trámite y como consecuencia del informe de evaluación satisfactorio debidamente verifi cado, presentado por la entidad acreditadora; Que, mediante el Acuerdo Nº 1149-2013-CONEACES, de Sesión N° 232-2013-CONEACES, del 23 de diciembre de 2013, el Directorio del CONEACES aprobó la Acreditación de la Carrera Profesional de Administración de Negocios del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado “Instituto Peruano de Administración de Empresas” IPAE – Sede Pueblo Libre, presentado por SGS Certifi cadora de Educación S.A.C., entidad evaluadora externa con fi nes de Acreditación, debidamente autorizada por el CONEACES mediante Resolución Nº 008-2012-SINEACE-P; Que, mediante el documento de visto, el Presidente del CONEACES, hace de conocimiento el acuerdo antes mencionado, solicitando la formalización del mismo, siendo necesario en tal sentido emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 018 -2007-ED y las atribuciones conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 0500-2012-ED; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar el Acuerdo Nº 1149-2013- CONEACES, de Sesión N° 232-2013-CONEACES del 23 de diciembre de 2013, mediante el cual el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria – CONEACES, aprobó la Acreditación de la Carrera Profesional de Administración de Negocios del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado “Instituto Peruano de Administración de Empresas” IPAE – Sede Pueblo Libre, con una vigencia de tres (03) años. Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Web Institucional del Consejo Superior del SINEACE, así como en la página web del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Superior SINEACE 1044988-3 Oficializan Acuerdo mediante el cual se aprobó la Acreditación de la Carrera Profesional de Administración de Servicios de Hostelería del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado “AVIA” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 008-2014-COSUSINEACE/P Lima, 30 de enero de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 014-2014-COSUSINEACE-CONEACES, remitido por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria – CONEACES; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28740, a través de su artículo 5º establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 15º y 16º, inciso c), de la Ley Nº 28044 “Ley General de Educación”, los artículos 11º, incisos c), 15º, inciso b, y 18º, último párrafo, de la Ley Nº 28740, y lo dispuesto en el artículo 41º del Reglamento de la citada Ley Nº 28740, del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, es función y atribución del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad de la Educación Superior No Universitaria – CONEACES, en su condición de órgano operador del SINEACE, acreditar periódicamente la calidad de las instituciones educativas en el ámbito de la educación superior no universitaria; Que, en concordancia con las funciones y atribuciones citadas, los artículos 7º al 15º el citado Reglamento de la Ley del SINEACE, establecen que la Acreditación es un proceso que culmina con el reconocimiento formal de la calidad demostrada por la institución educativa, otorgada por el Estado a través del órgano operador correspondiente del SINEACE, según el informe de evaluación externa emitido por la Entidad Evaluadora con fi nes de Acreditación, debidamente autorizada, que de acuerdo al procedimiento establecido, verifi có el cumplimiento de los estándares, criterios e indicadores de evaluación normados previamente por el SINEACE; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, establece que la Acreditación es