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El Peruano Sábado 22 de febrero de 2014 517398 Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 118-2014-DE/SG Lima, 21 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) No. 051 del 24 de enero de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 033-2014-FMP/P del 13 de febrero de 2014, el Presidente del Fuero Militar Policial del Perú, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 23 al 27 de febrero de 2014, a fin de participar en el evento “Grupo de Trabajo sobre los Derechos Humanos y las Leyes de Guerra”; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Fuero Militar Policial del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 23 al 27 de febrero de 2014, a fi n que participen en el evento “Grupo de Trabajo sobre los Derechos Humanos y las Leyes de Guerra”. 1. Teniente Coronel Javier RIVERA Rosario 2. Capitán Juan LOZADA Leoni 3. Capitán Barbara ALGARIN 4. Capitán Norberto DALUZ Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1053723-1 ENERGIA Y MINAS Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Moquegua, que serán destinados a la contratación de profesionales especializados RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 079-2014-MEM/DM Lima, 18 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante el literal b) de la Vigésima Novena Disposición Complementaria y Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se autorizó al Ministerio de Energía y Minas a efectuar transferencias fi nancieras a favor de los gobiernos regionales para ser destinados al fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética en el marco del proceso de descentralización, hasta por el monto de S/. 2´ 400, 000.00 (Dos millones cuatrocientos mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, la referida disposición señala que dichas transferencias de recursos a ser fi nanciadas con cargo al presupuesto institucional correspondiente al año fi scal 2014 del pliego Ministerio de Energía y Minas, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y las entidades involucradas; Que, asimismo, se establece la obligación de las entidades que reciben las referidas transferencias de recursos de informar al Ministerio de Energía y Minas los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fi nes distintos para los cuales fueron transferidos; Que, en virtud a las precitadas disposiciones y a efectos que los Gobiernos Regionales continúen con el desarrollo de las competencias y funciones transferidas en forma adecuada, se ha suscrito un Convenio de Cooperación y Gestión entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Moquegua con el objeto de fortalecer las capacidades de gestión, así como para apoyar económica y técnicamente a la Dirección Regional de Energía y Minas de Moquegua encargada de desarrollar las funciones y competencias transferidas en materia minero energética al Gobierno Regional de Moquegua; Que, mediante el referido Convenio de Cooperación y Gestión, el Ministerio de Energía y Minas se comprometió a transferir recursos presupuestales al Gobierno Regional por un monto de hasta S/. 96,000.00 (Noventa y seis mil y 00/100 Nuevos Soles), para que se contraten profesionales especializados, a propuesta de la Dirección Regional de Energía y Minas encargada de realizar las competencias y atribuciones en materia minero energética, a fi n de garantizar el adecuado ejercicio de las funciones y facultades transferidas, según lo señalado en el numeral 5.1. de la Cláusula Quinta y en el numeral 6.1. de la Cláusula Sexta del Convenio; Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Moquegua, mediante la correspondiente resolución del titular del pliego; Con el visto bueno de la Directora General de la Ofi cina General de Administración, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Vigésima Novena Disposición Complementaria y Disposición