Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2014 (23/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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ACTO Fecha MORDAZA de MORDAZA

El Peruano MORDAZA 23 de febrero de 2014

Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza 15 de MORDAZA de 2016 Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 15 de MORDAZA de 2017 15 de MORDAZA de 2018

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Quinto.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa solicitante. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1034688-1

Autorizan a empresa Escuela de Conductores Integrales MORDAZA E.I.R.L modificacion de terminos de autorizacion contenida en R.D. Nº 1591-2013-MTC/15, cambiando la ubicacion de local
RESOLUCION DIRECTORAL N° 460-2014-MTC/15 MORDAZA, 4 de febrero de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 184652 y 005068, presentados por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES MORDAZA E.I.R.L. ESCOINCA E.I.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1591-2013MTC/15 de fecha 15 de MORDAZA de 2013, se autorizo a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES MORDAZA E.I.R.L. - ESCOINCA E.I.R.L., con RUC N° 20568408421 y domicilio en MORDAZA Real N° 1141, Distrito y Provincia de Huancayo, Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Parte Diario N° 184652 de fecha 12 de diciembre de 2013, La Escuela solicita la modificacion de los terminos de su autorizacion, contenida en la Resolucion Directoral N° 1591-2013-MTC/15, cambiando

la ubicacion de las oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico- practica de mecanica, por el ubicado en: Avenida General MORDAZA N° 190 y Pasaje San MORDAZA N° 188, 1er y 2do piso, Distrito de MORDAZA, Provincia de Huancayo, Departamento de Junin; Que, mediante Oficio N° 8537-2013-MTC/15.03 de fecha 27 de diciembre de 2013, notificado el 03 de enero del presente ano, esta administracion advirtio las observaciones pertinentes de la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para lo cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, el cual fue respondido mediante Parte Diario N° 005068 de fecha 09 de enero de 2014; Que, el articulo 60º de El Reglamento, establece que "La autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicados en el Diario Oficial El Peruano"; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que "Procede la solicitud de modificacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento..."; Que, el literal d) del articulo 53° de El Reglamento indica que "La Resolucion de Autorizacion como Escuela de Conductores contendra lo siguiente:...d) Ubicacion del (los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores para la cual se otorga autorizacion,..."; Que, de la solicitud de autorizacion para el cambio de local destinado a las oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico- practico de mecanica, presentada por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES MORDAZA E.I.R.L. - ESCOINCA E.I.R.L., implica una variacion de uno de los contenidos del articulo 53° de El Reglamento, en razon que La Escuela, ha solicitado el cambio de local, autorizado mediante Resolucion Directoral N° 1591-2013-MTC/15; en ese sentido y considerando lo establecido en el articulo 60° de El Reglamento, la Resolucion que modifica la autorizacion, debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variacion del contenido de la autorizacion; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe Nº 001-2014-MTC/15.jrom de fecha 30 de enero de 2014, sobre la inspeccion ocular realizada a las instalaciones del local propuesto por La Escuela, el inspector concluye que habiendose realizado la inspeccion ocular en lo correspondiente a las condiciones de infraestructura como se indica en los literales a), b), c), d) y e) del numeral 43.3 del articulo 43° el D.S. N° 0402008-MTC y sus modificatorias ­ Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, con respecto a su solicitud de cambio de local administrativo y aulas de ensenanza, se constato que cuenta con dichas condiciones de acceso; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe N° 273-2014MTC/15.03.AA.ec, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES MORDAZA E.I.R.L. - ESCOINCA

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