Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2014 (23/02/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

517458
g) Reglamento : Al Reglamento de la Ley, aprobado por el Decreto Supremo N° 044-2013-EF. h) SUNAT Operaciones en Linea : Al sistema informatico disponible en la Internet que permite realizar operaciones en forma telematica entre el usuario y la SUNAT, segun el inciso a) del articulo 1° de la Resolucion de Superintendencia N° 109-2000/SUNAT y normas modificatorias. Cuando se mencione un articulo sin indicar la MORDAZA legal correspondiente, se entendera referido a la presente resolucion. Asimismo, cuando se haga mencion a un numeral o literal sin senalar el articulo al que pertenece, se entendera referido al articulo en el que se encuentre. Articulo 2°.- AMBITO DE APLICACION La presente resolucion tiene por finalidad facilitar el procedimiento de inscripcion en el Registro a aquellos Usuarios que tengan dicha calidad unicamente por adquirir y utilizar Gasolinas, Gasoholes, Diesel y sus mezclas con Biodiesel, en el equipo y maquinaria para la actividad minera informal de la pequena mineria y de la mineria artesanal en MORDAZA de formalizacion a que se refiere el Decreto Legislativo N° 1105, desarrollada en las zonas geograficas en las que se ha implementado el Regimen Especial para el control de Bienes Fiscalizados a que se refiere el articulo 34° de la Ley. Articulo 3°.- REQUISITOS Y CONDICIONES PARA LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO Para la inscripcion en el Registro, el Usuario en MORDAZA de formalizacion, ademas de cumplir con lo dispuesto en el encabezado y en los numerales 1 y 2 del MORDAZA parrafo del articulo 7° de la Ley debera: a) No haber adquirido la condicion de no MORDAZA de acuerdo a las normas tributarias vigentes. b) Contar con Codigo de Usuario y Clave SOL. c) Presentar la Solicitud de inscripcion incluyendo la informacion senalada en el articulo 5°, y adjuntando la documentacion prevista en el articulo 4°. Articulo 4°.- DE LA MORDAZA DE LA SOLICITUD DE INSCRIPCION 4.1 El Usuario en MORDAZA de formalizacion debera generar la Solicitud de inscripcion, para cuyo efecto ingresara a SUNAT Virtual y con su Codigo de Usuario y Clave SOL acceder a SUNAT Operaciones en Linea, ubicar la Solicitud de inscripcion e incluir en MORDAZA la informacion senalada en el articulo 5°, imprimirla y presentarla, debidamente firmada por el Usuario en MORDAZA de formalizacion o su representante legal acreditado en el RUC, en los lugares senalados en el literal c) del numeral 5.2 del articulo 5° de la Resolucion de Superintendencia N° 173-2013/SUNAT, adjuntando la siguiente documentacion: i. Declaracion Jurada del Usuario en MORDAZA de formalizacion, directores o representantes legales de no tener o haber tenido antecedentes penales ni judiciales, por delito de trafico ilicito de drogas o delitos conexos. Los Usuarios en MORDAZA de formalizacion, directores y representantes legales extranjeros, que no residan en el MORDAZA, deberan presentar una declaracion jurada en la que senalen que no tienen antecedentes penales ni judiciales en su MORDAZA de residencia y en el que se comprometen a presentar, en cuanto lo obtengan, el documento que en su MORDAZA de residencia haga las veces del Certificado de Antecedentes Penales y Certificado de Antecedentes Judiciales, emitido con una antiguedad no mayor a los treinta (30) dias calendario, debidamente apostillado segun lo establecido por el Convenio de la Apostilla o Convenio de la MORDAZA del 5 de octubre de 1961, cuando corresponda, o legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Peru. ii. Fotocopia simple del documento de identidad: Documento Nacional de Identidad (DNI), carne de extranjeria o documento donde conste la visa o calidad migratoria que permita realizar actividad comercial en el Peru. Los directores y representantes legales extranjeros, que no residan en el MORDAZA, deberan presentar fotocopia simple de su documento de identidad debidamente apostillado segun

El Peruano MORDAZA 23 de febrero de 2014

lo establecido por el Convenio de la Apostilla o Convenio de la MORDAZA del 5 de octubre de 1961, cuando corresponda, o legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Peru. iii. MORDAZA certificada de la Declaracion de Compromiso presentada de acuerdo a lo establecido en el articulo 5° del Decreto Legislativo N° 1105, en el articulo unico de la Ley N.º 29910 y en el articulo 4° del Decreto Supremo N° 006-2012-EM y normas modificatorias, presentada dentro los plazos que establecen las referidas normas. iv. Declaracion Jurada en la que se indique: el equipo o maquinaria en los que se utilice la Gasolina, Gasohol, Diesel y sus mezclas con Biodiesel y que dicho equipo o maquinaria no se encuentran dentro de las prohibiciones del articulo 5° del Decreto Legislativo N° 1100, asi como el consumo promedio mensual y anual de los Bienes Fiscalizados MORDAZA mencionados. Si la maquinaria no fuera de propiedad del Usuario en MORDAZA de formalizacion se debera presentar fotocopia del documento que acredite la cesion en forma gratuita u onerosa. Si la MORDAZA de la Solicitud de inscripcion es efectuada por un tercero, este debera cumplir con lo dispuesto en el literal b) del numeral 5.2 del articulo 5° de la Resolucion de Superintendencia N° 173-2013/SUNAT. 4.2 La Solicitud de Inscripcion en el Registro generada de acuerdo a lo senalado en el numeral 4.1 tendra una vigencia de sesenta (60) dias calendario computados desde la fecha de su generacion. Los Usuarios en MORDAZA de formalizacion podran anular la solicitud generada y generar una nueva MORDAZA de su presentacion. En caso la Solicitud de Inscripcion en el Registro ya hubiera sido presentada, dichos Usuarios no podran generar una nueva solicitud hasta que se resuelva la originalmente presentada. Articulo 5°.- INFORMACION A INCLUIR EN LA SOLICITUD DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO El Usuario en MORDAZA de formalizacion debera incluir en la Solicitud de inscripcion, la informacion segun corresponda: 1. Del rubro 1 Datos del Solicitante 2. Del rubro 2 Actividades que realizara con Insumos Quimicos, Productos y Subproductos o derivados fiscalizados. 3. Del rubro Relacion de Establecimientos donde realizara actividades con Insumos Quimicos, Productos y Subproductos o derivados fiscalizados, con excepcion de aquella referida al documento de funcionamiento. 4. Del rubro 5 Requerimientos de Insumos Quimicos, Productos y Subproductos o derivados fiscalizados con excepcion del numeral 5.2 Coeficiente Insumo Producto. Para tal efecto, debera tenerse en cuenta los catalogos que se encuentran a disposicion del Usuario en SUNAT Virtual. Articulo 6°.- DE LA RENOVACION INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE LA

6.1 Para la renovacion de la inscripcion en el Registro, dentro del plazo previsto en el primer parrafo del articulo 19° del Reglamento, el Usuario en MORDAZA de formalizacion debera presentar su solicitud de renovacion en el formulario que se apruebe para tal efecto. 6.2 Para solicitar la renovacion de la inscripcion en el Registro, el Usuario en MORDAZA de formalizacion debera seguir el procedimiento y presentar la documentacion a que se refieren los articulos 3 ° y 4°, con excepcion de la senalada en el numeral iii) del articulo 4°. Adicionalmente, debera presentar la MORDAZA certificada de la autorizacion de inicio/reinicio de actividades de exploracion, explotacion y/o beneficio de minerales emitida por el sector competente. 6.3 No se podra presentar la solicitud de renovacion si la inscripcion en el Registro se encuentra en suspension. Articulo 7°.- DE LA APLICACION DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 173-2013/ SUNAT La Resolucion de Superintendencia N° 173-2013/ SUNAT es de aplicacion en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en la presente resolucion. Para efectos de la presente resolucion, cuando en el numeral 14.2 del articulo 14° de la Resolucion de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.