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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (23/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Domingo 23 de febrero de 2014 517445 de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modifi catorias, las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modifi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063- 2007-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Máximo Jesús Chipana Hurtado, Alex Curi León, Nelson Mío Reyes, Juan Carlos La Torre Moscoso y Adán Vargas Cárdenas, a la ciudad de París – República Francesa, del 22 de febrero al 01 de marzo del año 2014, para que en representación del Estado Peruano, lleven a cabo diversas acciones de promoción de productos durante los eventos mencionados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 018 - Sierra Exportadora, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. Máximo Jesús Chipana Hurtado (DNI N° 20401977) • Pasajes aéreos = S/. 8,420.00 (incluye tarifa Corpac) • Viáticos = S/. 10,700.00 Sr. Alex Curi León (DNI N° 23984679) • Pasajes aéreos = S/. 8,420.00 (incluye tarifa Corpac) • Viáticos = S/. 10,700.00 Sr. Nelson Mío Reyes (DNI N° 02787994) • Pasajes aéreos = S/. 8,420.00 (incluye tarifa Corpac) • Viáticos = S/. 10,700.00 Sr. Juan Carlos La Torre Moscoso (DNI N° 04329861) • Pasajes aéreos = S/. 8,420.00 (incluye tarifa Corpac) • Viáticos = S/. 10,700.00 Sr. Adán Vargas Cárdenas (DNI N° 00482905) • Pasajes aéreos = S/. 8,420.00 (incluye tarifa Corpac) • Viáticos = S/. 10,700.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los integrantes de la delegación cuyo viaje se autoriza deberán presentar al Titular del Organismo Público Sierra Exportadora, un informe describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1053765-1 AGRICULTURA Y RIEGO Dan por concluidas designaciones de Administradores Técnicos Forestales y de Fauna Silvestre de Tingo María y Huánuco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0072-2014-MINAGRI Lima, 14 de febrero de 2014 VISTO: El Memorándum Nº 154-2014-MINAGRI-DGFFS de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0486-2011- AG de fecha 28 de noviembre de 2011, se designó al señor Daniel Natael Gago Márquez, en el cargo de Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre de Tingo María; FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN