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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (23/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Domingo 23 de febrero de 2014 517447 CONSIDERANDO: Que, el Agregado de Defensa de la Embajada de la República de Corea en el Perú, hace de conocimiento la invitación de su país para que UN (1) Ofi cial Superior participe en el Curso de Idioma Coreano, a realizarse en la ciudad de Incheon, ubicado al Sur de la Capital Seúl, del 1 de marzo al 31 de diciembre de 2014 y en el Curso de Comando y Estado Mayor, a impartirse en la Universidad de las Fuerzas Armadas, en la ciudad de Daejeon, República de Corea, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2015, debiendo viajar el Ofi cial Alumno el 25 de febrero de 2014; Que, la designación de Personal Naval para que participe en la referida especialización, responde a la necesidad de capacitar a los Ofi ciales Superiores en Instituciones Militares Extranjeras, con la fi nalidad de formar carácter y liderazgo, adquirir mayores conocimientos y experiencias en el planeamiento de operaciones conjuntas, para cumplir funciones de Comando y Estado Mayor y de Educadores en la Escuela Superior de Guerra Naval, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación recíproca asumido por nuestro país; así como, fomentar e incrementar las medidas de confi anza mutua con Instituciones Armadas de otros países; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Rafael Arturo GRANDA Alviar, para que participe en el Curso de Idioma Coreano, a realizarse en la ciudad de Incheon, ubicado al Sur de la Capital Seúl, del 1 de marzo al 31 de diciembre de 2014 y en el Curso de Comando y Estado Mayor, a impartirse en la Universidad de las Fuerzas Armadas, en la ciudad de Daejeon, República de Corea, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2015, debiendo viajar el Ofi cial Alumno el 25 de febrero de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 25 de febrero al 31 de diciembre de 2014, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; y, para completar el periodo de duración de la Misión de Estudios del 1 de enero al 31 de diciembre de 2015, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23° de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado con los Decretos Supremos N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-DE, de fecha 2 de octubre de 2013; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024- 2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Rafael Arturo GRANDA Alviar, CIP. 00913753, DNI. 44124362, para que participe en el Curso de Idioma Coreano, a realizarse en la ciudad de Incheon, ubicado al Sur de la Capital Seúl, del 1 de marzo al 31 de diciembre de 2014 y en el Curso de Comando y Estado Mayor, a impartirse en la Universidad de las Fuerzas Armadas, en la ciudad de Daejeon, República de Corea, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2015, debiendo viajar el referido Ofi cial Superior el 25 de febrero de 2014. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan al Año Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo (ida): Lima - Seúl (República de Corea) US$. 3,700.00 US$. 3,700.00 Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación) US$. 4,050.00 x 1 compensación US$. 4,050.00 Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero: US$. 4,050.00 / 28 x 4 días (febrero 2014) US$. 578.57 US$. 4,050.00 x 10 meses (marzo - diciembre 2014) US$. 40,500.00 ---------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 48,828.57 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, considerando las posteriores actualizaciones de la Compensación Extraordinaria Mensual durante el período de viaje autorizado, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4º.- El pago por gastos de traslado y pasaje aéreo de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6°.- El Ofi cial Superior designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.