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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2014 (01/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Martes 1 de julio de 2014 526599 Complementaria, Transitoria y Final de la referida Ley, serán evaluados, excepcionalmente, en las habilidades requeridas para el desempeño en el cargo, a fi n de asignarles la plaza de director o subdirector por un periodo de tres años, conforme a la normatividad vigente. Los requisitos, procedimientos e instrumentos específi cos que se utilizarán en la referida evaluación excepcional son aprobados por el Ministerio de Educación, mediante resolución ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial N° 204-2014- MINEDU, de fecha 21 de mayo de 2014, se aprueba la Norma Técnica denominada “Normas para la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial”, la cual contiene disposiciones para la organización, implementación y ejecución de la referida evaluación excepcional; así como, sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de dicha evaluación; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.2.6 de la referida Norma Técnica, corresponde al Ministerio de Educación aprobar mediante Resolución Ministerial, la relación consolidada de profesores que deben someterse al procedimiento excepcional de evaluación para quienes se desempeñan como directores o subdirectores en instituciones educativas públicas, en virtud a lo dispuesto en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial; así como, las plazas directivas en que desempeñan dichas funciones; Que, la Dirección General de Desarrollo Docente, mediante Informe Nº 088-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD- DIED, sustenta la necesidad de aprobar la relación consolidada de profesores sujetos al procedimiento excepcional de evaluación a nivel nacional, previsto en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, con sus respectivas plazas directivas en las que desempeñan funciones; Que, asimismo, la referida Dirección General a través del citado informe señala que con la fi nalidad de facilitar la labor de las Unidades de Gestión Educativa Local es necesario incorporar el Anexo 3 a la Norma Técnica denominada “Normas para la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial”, a fi n de precisar el procedimiento de acreditación y verifi cación de requisitos para ejercer funciones directivas al que se refi ere el numeral 5.4 de la norma antes invocada; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004- 2013-ED y su modifi catoria; el Decreto Supremo Nº 006- 2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; y las “Normas para la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial”, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 204-2014-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la relación consolidada de profesores sujetos al procedimiento excepcional de evaluación a nivel nacional, previsto en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, con sus respectivas plazas directivas en las que desempeñan funciones, la misma que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Incorporar el Anexo 3 a la Norma Técnica denominada “Normas para la Evaluación Excepcional prevista en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial”, aprobada con Resolución Ministerial N° 204- 2014-MINEDU, el mismo que forma parte integrante como Anexo 2 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer que la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución Ministerial y sus Anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www. minedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1104250-1 Designan Jefa de la Oficina de Cooperación Internacional y le encargan las funciones de Jefe de la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 271-2014-MINEDU Lima, 20 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0389- 2012-ED se designó al señor HENRY PABLO ARMAS ALVARADO, como Jefe de la Ofi cina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación de la señora CARMEN MAGALY BELTRAN VARGAS, al cargo Jefa de la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable de la Ofi cina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, conferida con Resolución Ministerial N° 0379-2013-ED; De conformidad, con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor HENRY PABLO ARMAS ALVARADO al cargo de Jefe de la Ofi cina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Dar por concluida la designación de la señora CARMEN MAGALY BELTRAN VARGAS, al cargo de Jefa de la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable de la Ofi cina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Artículo 3.- Designar a la señora CARMEN MAGALY BELTRAN VARGAS como Jefa de la Ofi cina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Artículo 4.- Encargar las funciones de Jefe de la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable de la Ofi cina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, a la señora CARMEN MAGALY BELTRAN VARGAS, en adición a sus funciones, y en tanto se designe al titular del referido cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1104250-2