Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2014 (01/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Martes 1 de MORDAZA de 2014

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EL DIRECTOR NACIONAL DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU VISTOS, el Memorando Nº 183-2014-BNP/DN, de fecha 23 de junio de 2014, emitido por la Direccion Nacional; y el Informe Nº 443-2014-BNP/OAL, de fecha 27 de junio de 2014, emitido por la Direccion General de Oficina de Asesoria Legal, y; CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Peru, es un Organismo Publico Ejecutor conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, ratificado por Decreto Supremo N° 048-2010-PCM y Decreto Supremo N° 058-2011-PCM, por el cual se aprobo la calificacion de Organismos Publicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Que, la Biblioteca Nacional del Peru es un Organismo Publico Ejecutor, que se encuentra adscrito al Ministerio de Cultura, en concordancia con el articulo 11º de la Ley N° 29565 "Ley de Creacion del Ministerio de Cultura" y con lo dispuesto por el inciso a) del articulo unico de la Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC "Decreto Supremo que aprueba fusiones de entidades y organos en el Ministerio de Cultura"; Que, de acuerdo a lo indicado en el articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, la Biblioteca Nacional tiene autonomia tecnica, administrativa y economica que la facultan a organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad; Que, mediante Formulario Unico de Tramite Nº 08480, de fecha 12 de junio de 2014, la Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presenta su carta de renuncia, como Directora General de la Oficina de Asesoria Legal y a la encargatura de la Direccion de la Secretaria General; Que, mediante Memorando Nº 183-2014-BNP/DN, de fecha 23 de junio de 2014, la Direccion Nacional, decide aceptar la renuncia de la Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al encargo de la Direccion de la Secretaria General, por lo que se dispone se deje sin efecto la Resolucion Directoral Nacional Nº 048-2014-BNP, de fecha 20 de marzo de 2014, en el extremo de su encargatura. Asimismo, se designa como Asesora de la Alta Direccion de la Biblioteca Nacional del Peru, bajo el regimen especial de Contratacion Administrativa de Servicios ­ CAS, y encargo de la Secretaria General, a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Leon; Que, mediante Memorando Nº 346-2014-BNP/ODT, de fecha 27 de junio de 2014, la Direccion General de la Oficina de Desarrollo Tecnico, emite la Disponibilidad Presupuestal, para la contratacion de un Asesor para la Alta Direccion, bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios ­ CAS; Que, conforme al Capitulo XV, del articulo 182º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la MORDAZA Administrativa, hace referencia al termino de la MORDAZA, mencionando lo siguiente: Articulo 182º.- El termino de la Carrea Administrativa de acuerdo a Ley, se produce por: a) b) c) d) Fallecimiento Renuncia Cese definitivo; y, Destitucion

Articulo 2°.- Incorporacion y vigencia. Incorporar la actualizacion del Perfil Ocupacional del Instalador Electricista de Edificaciones, al Catalogo Nacional de Perfiles Ocupacionales, el mismo que tendra una vigencia de dos (02) anos y servira de base para procesos de evaluacion y certificacion de competencias laborales que se inicien. Articulo 3°.- Publicacion. Dispongase la publicacion de la presente Resolucion Directoral en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA web institucional de la entidad (www.trabajo.gob.pe) donde se adicionaran el Mapa Funcional, Perfil Ocupacional actualizado y el Anexo de puestos de trabajo vinculados a sus unidades de competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General de Formacion Profesional y Capacitacion Laboral 1104046-1

VIVIENDA
Designan Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Rural del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION MINISTERIAL N° 206-2014-VIVIENDA MORDAZA, 30 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Rural del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley N° 30156, Ley Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Dumler Cuya, en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Rural del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1104191-1

ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Designan Asesora de la Alta Direccion de la Biblioteca Nacional del Peru y encargan la Direccion de la Secretaria General
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 102-2014-BNP MORDAZA, 30 de junio de 2014

Que, de acuerdo al articulo 183º del mismo cuerpo legal, el termino de la MORDAZA administrativa se expresa por resolucion del titular de la entidad o de quien este facultado para ello, con MORDAZA mencion de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma; Que, en base a lo previsto al articulo 184º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que; en los casos de fallecimiento, renuncia o cese definitivo, la resolucion respectiva expresara ademas todos los aspectos referentes a la situacion laboral del ex servidor, a fin de facilitar el inmediato ejercicio de los derechos economicos que le corresponda; Que, el articulo 185º de la misma MORDAZA legal mencionada en el parrafo precedente, indica que; la renuncia sera presentada con una anticipacion no menor

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