Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2014 (01/07/2014)
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TEXTO DE LA PÁGINA 26
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"Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de COFIDE" hasta por un monto equivalente de S/. 700 000 000,00 (Setecientos Millones y 00/100 Nuevos Soles). Dicho programa fue renovado mediante Resolucion Gerencia General Nº 085-2001-EF/94.11, del 02 de agosto de 2001; Que, asimismo, mediante Resolucion Gerencia General Nº 094-2005-EF/94.11, del 09 de septiembre de 2005, se aprobo el tramite anticipado, se dispuso el registro del prospecto MORDAZA correspondiente y se inscribio en el RPMV el "Segundo Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de Corporacion Financiera de Desarrollo S.A " hasta por un importe equivalente a US$ 150 000 000,00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en Nuevos Soles y/o cualquier otra moneda extranjera; Que, el 26 de MORDAZA de 2001 se inscribieron automaticamente los valores denominados "Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de COFIDE Septima Emision", el 12 de enero de 2007 y 25 de noviembre de 2008, los valores denominados "Segundo Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de COFIDE Septima Emision" y "Segundo Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de COFIDE Undecima Emision", respectivamente; Que, respecto de los valores senalados en el considerando precedente, se ha verificado la cancelacion total de las obligaciones derivadas de dichas emisiones; Que, de otro lado, con respecto a la obligacion de realizar una Oferta Publica de Compra (OPC) cuando se excluya un valor del RPMV, establecida en el articulo 38 de la LMV y en el articulo 32 del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 009-2006-EF/94.10, debemos senalar que la exclusion de los valores mobiliarios a los que se contrae la presente Resolucion, se encuentra dentro de la causal de excepcion para la realizacion de una OPC, contemplada en el articulo 23 del Reglamento y en el articulo 37, inciso a), del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion; Que, el articulo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas por Resolucion CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, el registro de los prospectos informativos correspondientes y la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por los articulos 20 y 23 del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en el Registro Publico del MORDAZA de Valores y en la MORDAZA de Bolsa, asi como por el articulo 46, numeral 6, del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervision de Conductas a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores. RESUELVE: (...) Articulo 1º.- Pronunciarse a favor de la exclusion de los valores denominados "Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de COFIDE Septima Emision", "Segundo Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de COFIDE Septima Emision" y "Segundo Programa de Instrumentos Representativos de Deuda de COFIDE Undecima Emision", de Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. COFIDE del Registro Publico del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores. A LOS JEFES ZONALES Deleguese la facultad de:
El Peruano Martes 1 de MORDAZA de 2014
Articulo 2º.- Disponer la exclusion de los valores a que se refiere el articulo anterior del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 3º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion a Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. COFIDE, en calidad de emisor; al Banco de Credito del Peru, en su calidad de representante de los obligacionistas; a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Intendente General Intendencia General de Supervision de Conductas 1102259-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
FE DE ERRATAS RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 152-2014-SUNARP/SN Mediante Oficio Nº 969-2014-SUNARP/OGAJ-SG, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 152-2014-SUNARP/SN, publicada en la edicion del 24 de junio de 2014 (pagina 525913). DICE: Articulo Primero.- Delegar las siguientes facultades al Secretario General, a la Directora Tecnico Registral, al Jefe de la Oficina General de Tecnologias de la Informacion y a los Jefes de las Zonas Registrales, en materia administrativa, registral, presupuestaria y sobre tecnologias de la informacion: (...) A LOS JEFES ZONALES Deleguese la facultad de: 1.17. Aceptar la donacion de bienes a favor de su respectiva MORDAZA Registral, debiendo dar cuenta al despacho del Superintendente Nacional. DEBE DECIR: Articulo Primero.- Delegar las siguientes facultades al Secretario General, a la Directora Tecnico Registral, al Jefe de la Oficina General de Tecnologias de la Informacion y a los Jefes de las Zonas Registrales, en materia administrativa, registral, presupuestaria y sobre tecnologias de la informacion:
1.17. Aceptar la donacion de bienes muebles a favor de su respectiva MORDAZA Registral, debiendo dar cuenta al despacho del Superintendente Nacional. 1104047-1