Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2014 (01/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Martes 1 de MORDAZA de 2014

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CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29852 (en adelante la Ley) creo el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusion Social Energetico (FISE), estableciendo en su Articulo 3° un esquema de compensacion social y servicio universal para los sectores mas vulnerables de la poblacion, que comprende, entre otros, una compensacion para promover el acceso al GLP de dicha poblacion, mediante un descuento en la compra mensual de un balon de GLP de hasta 10 kg; Que, las Empresas de Distribucion Electrica, de conformidad con los Articulos 7.3 y 7.6 de la Ley, asi como el Articulo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, participan en la implementacion del mecanismo de descuento; y los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por OSINERGMIN en que incurran dichas Empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, mediante Resoluciones OSINERGMIN N° 138-2012-OS/CD y 034-2013-OS/CD, se aprobaron las Normas "Procedimiento, Plazos, Formatos y Disposiciones Aplicables para la Implementacion y Ejecucion del Fondo de Inclusion Social Energetico aplicable al descuento en la compra del balon de gas", y "Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balon de gas" (en adelante "Norma Costos FISE"), respectivamente. Esta MORDAZA MORDAZA, dispone la aprobacion mensual de costos administrativos y operativos del FISE e incluye los formatos en que se reporta la informacion pertinente. Que, las empresas distribuidoras Adinelsa, Edecanete, Edelsa, Electro Dunas, Electro Oriente, Electro MORDAZA, Electro Sur Este, Electrocentro, Electronoroeste, Electronorte, Electrosur, Emsemsa, Emseusac, Hidrandina, Luz del Sur, Seal y Sersa han remitido los Formatos FISE 12-A, 12-B, 12-C y 12-D conteniendo informacion hasta MORDAZA de 2014 sobre los costos administrativos y operativos en los que han incurrido para implementar y operar el FISE, motivo por el cual, corresponde a OSINERGMIN la aprobacion de dichos costos, luego de la revision efectuada, a fin de que se proceda a transferir del Fondo los montos aprobados a favor de las empresas distribuidoras de energia electrica; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 2672013-OS/CD, se incorporo el Articulo 8° en la MORDAZA Costos FISE, en el cual se establecio que los costos administrativos y operativos del FISE a que se refieren los considerandos precedentes, serian aprobados con resoluciones de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN; Que, finalmente, se ha expedido el Informe Tecnico N° 340-2014-GART de la Division de Distribucion Electrica y el Informe Legal N° 057-2014-GART de la Coordinacion Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3°, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusion Social Energetico, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento

Presupuesto (e) del FISSAL emite opinion favorable de disponibilidad de credito presupuestario, para lo cual se emite la Certificacion Presupuestaria Nº 164 hasta por S/. 20'696,113.00 (VEINTE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO TRECE CON 00/100 NUEVOS SOLES); Estando a lo propuesto por el Fondo Intangible Solidario de Salud; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, del Jefe (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud ­ FISSAL, del Responsable de la Administracion del FISSAL y con la opinion favorable del Responsable de Planeamiento y Presupuesto (e) del FISSAL y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Seguro Integral de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del articulo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Transferencia de la Unidad Ejecutora 002-1423 FONDO INTANGIBLE SOLIDARIO DE SALUD - FISSAL para las Unidades Ejecutoras por la suma de VEINTE MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO TRECE CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20'696,113.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente a los pagos prospectivo por convenio de junio de 2014 y pago por produccion de los meses de diciembre de 2013 y enero, febrero y marzo de 2014, segun se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Jefatural. Articulo 2º.- El Titular del Pliego, mediante Resolucion, aprueba la desagregacion de los recursos autorizados en la presente MORDAZA en el nivel funcional programatico, dentro de los diez (10) dias calendario de la publicacion de la presente Resolucion Jefatural. Dicha Resolucion debera ser publicada dentro de los cinco (5) dias de aprobada en la respectiva pagina web. Articulo 3º.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente Resolucion Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano" y la coordinacion con la Oficina General de Tecnologia de la Informacion para la publicacion de la presente Resolucion y su Anexo, en la pagina web del Seguro Integral de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA GRILLO MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 1104187-2

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balon de gas
RESOLUCION DE LA GERENCIA ADJUNTA DE REGULACION TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 032-2014-OS/GART MORDAZA, 27 de junio de 2014

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