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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2014 (05/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Sábado 5 de julio de 2014 526947 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA DECRETO SUPREMO Nº 047-2014-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 824 – Ley de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas, modifi cado por las Leyes Nº 27629 y 28003, se determinan la naturaleza jurídica y las funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, modifi cada por la Ley Nº 27899, establece que las normas de organización y funciones de los Organismos Públicos son aprobadas por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, precisa que los Organismos Públicos son entidades desconcentradas del Poder Ejecutivo, adscrita a un Ministerio y con personería jurídica de Derecho Público, teniendo competencias de alcance nacional; precisando la misma norma que los Reglamentos de Organización y Funciones del Poder Ejecutivo deben ser adecuados de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA; Que, a través del Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, se actualiza la califi cación de DEVIDA, como Organismo Público Ejecutor, atendiendo a lo dispuesto por el Título IV de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, a través del Decreto Supremo Nº 033-2012- PCM se aprueba la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012-2016, la misma que establece los ejes estratégicos de Interdicción y Sanción, Prevención y Rehabilitación, y Desarrollo Alternativo, además del eje transversal de Compromiso Global; Que, desde el año 2010, las Leyes de Presupuesto del Sector Público, disponen que DEVIDA es la encargada del monitoreo y verifi cación del cumplimiento de las metas de los Programas Presupuestales. Asimismo, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, faculta a DEVIDA a distribuir insumos y bienes para pre y pos erradicación; Que, al habérsele asignado a DEVIDA nuevas funciones a través de las normas legales citadas en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones- ROF por parte de las entidades de la administración pública; Contando con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, que consta de tres (03) Títulos, siete (07) Capítulos, cincuenta y seis (56) Artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias Finales y el correspondiente Organigrama Estructural, los cuales forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Publicación El Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA aprobado por el artículo precedente y su correspondiente organigrama, serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de DEVIDA (www.devida.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el citado Diario Ofi cial. Artículo 3.- Derogación Deróguese el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 063- 2011-PCM. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINALES Primero.- El gasto que genere la implementación de la presente norma se realiza con cargo al presupuesto institucional de DEVIDA y no afecta los objetivos, prioridades y metas institucionales establecidas en el Plan Operativo Institucional, ni requiere recursos adicionales para su implementación. Segunda.- DEVIDA debe presentar sus instrumentos de gestión en base a la nueva estructura orgánica aprobada, y bajo los lineamientos establecidos en la Ley Nº 30057, Ley de Servicio Civil y su Reglamento General aprobado con Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Naturaleza Jurídica La Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA es un Organismo Público Ejecutor. Artículo 2.- Entidad de la que depende La Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA es un Organismo adscrito al sector Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 3.- Ámbito de Competencia DEVIDA ejerce sus competencias a nivel nacional. Tiene su sede principal en la ciudad de Lima, contando con Ofi cinas Zonales como Órganos Desconcentrados en las ciudades del país donde desarrolla sus actividades. Artículo 4.- Funciones Generales de la Entidad La Entidad tiene las siguientes funciones generales: a) Diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas y el Consumo