TEXTO PAGINA: 6
El Peruano Sábado 5 de julio de 2014 526948 de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los Sectores competentes, tomando en consideración las Políticas Sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación. b) Elaborar los Programas que conforman la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas, en coordinación con las entidades del Estado que participan en la implementación de dicha Estrategia. Coordinar el proceso de diseño, elaboración y evaluación de los planes operativos anuales de dichos Programas. c) Dirigir y coordinar el proceso de monitoreo de los Planes Operativos anuales, promoviendo, según sea el caso, la aplicación de las medidas correctivas necesarias para alcanzar los resultados esperados. d) Conducir el proceso de evaluación de los resultados de los Planes Operativos anuales y su incidencia en la implementación de los Programas que conforman la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas. e) Apoyar el desarrollo de capacidades en los Gobiernos Regionales y Locales para la Lucha Contra las Drogas. f) Gestionar la asignación presupuestaria para la ejecución de los Planes Operativos, en el marco de la normatividad vigente. g) Promover la inversión privada en favor de la ejecución de las actividades y proyectos de inversión pública o privados con contenidos en los Planes Operativos. h) En coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, convocar, coordinar y negociar con la Comunidad Internacional el apoyo que requiere el Perú para implementar la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas. i) Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores las acciones de la política exterior del Perú en lo que respecta al problema mundial de las drogas, en el marco de sus competencias. j) Brindar asistencia a las zonas afectadas por las acciones de erradicación de cultivos ilegales de coca, mediante la distribución de insumos y bienes que se requieran para el desarrollo de actividades de apoyo inmediato. k) Formular y ejecutar actividades, programas y proyectos de inversión pública en el marco de la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas, considerando los enfoques de derechos humanos, género e interculturalidad. l) Realizar el monitoreo y verifi cación del cumplimiento de las metas programadas de las actividades, productos y proyectos de inversión pública correspondientes a los programas presupuestales a cargo de la Entidad, y aquellos cuyas metas contribuyan al logro de la Política Multisectorial de Lucha Contra las Drogas, en el marco de sus competencias. m) Las demás funciones que se le asigne por ley. Artículo 5.- Base Legal a) Decreto Legislativo Nº 824 Ley de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Drogas, que constituye la COMISIÓN DE LUCHA CONTRA EL CONSUMO DE DROGAS “CONTRADROGAS” como ente rector encargado de diseñar, coordinar y ejecutar de manera integral las acciones de prevención contra el consumo de drogas. b) Ley Nº 27629 Ley que modifi ca el Decreto Legislativo Nº 824 ampliando el ámbito de acción de CONTRADROGAS, dándole, entre otras funciones, la de diseñar y conducir la Política Nacional de Lucha Contra el Tráfi co Ilícito de Drogas y el Consumo Ilegal de Drogas Tóxicas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas de cultivos ilegales del país. Autoriza el cambio de denominación de CONTRADROGAS, el mismo que es cambiado por la denominación actual de DEVIDA por medio del Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM. c) Ley Nº 28003 Ley que modifi ca el Decreto Legislativo Nº 824 y que establece que la formulación y actualización de la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas pertenece al Consejo Directivo de DEVIDA y su aprobación al Consejo de Ministros. TÍTULO II DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 6.- De la Estructura Orgánica La Estructura Orgánica de Entidad es la siguiente: CÓDIGO 01: ALTA DIRECCIÓN 01.1 Consejo Directivo 01.2 Presidencia Ejecutiva 01.3 Secretaría General CÓDIGO 02: ÓRGANOS CONSULTIVOS 02.1 Consejo Consultivo Nacional CÓDIGO 03: ÓRGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL 03.1 Órgano de Control Institucional CÓDIGO 04: ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO 04.1 Ofi cina de Asesoría Jurídica 04.2 Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto 04.2.1 Unidad de Planeamiento 04.2.2 Unidad de Presupuesto 04.2.3 Unidad de Inversiones 04.2.4 Unidad de Desarrollo Institucional CÓDIGO 05: ÓRGANOS DE APOYO 05.1 Ofi cina General de Administración 05.1.1 Unidad de Abastecimiento 05.1.2 Unidad de Contabilidad 05.1.3 Unidad de Tesorería 05.1.4 Unidad de Recursos Humanos 05.1.5 Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación CÓDIGO 06: ÓRGANOS DE LÍNEA 06.1 Dirección de Asuntos Técnicos 06.1.1 Sub Dirección de Control de la Oferta 06.1.2 Sub Dirección de Prevención del Consumo de Drogas 06.1.3 Sub Dirección de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible 06.2 Dirección de Promoción y Monitoreo 06.2.1 Sub Dirección de Promoción 06.2.2 Sub Dirección de Monitoreo 06.3 Dirección de Articulación Territorial 06.4 Dirección de Compromiso Global CÓDIGO 07: ÓRGANOS DESCONCENTRADOS 07.1 Ofi cinas Zonales CAPÍTULO I ÓRGANOS DE LA ALTA DIRECCIÓN Artículo 7.- Consejo Directivo El Consejo Directivo es el órgano de máximo nivel de la Entidad y está presidido por el/la Presidente/a del Consejo de Ministros o el/la Presidente/a Ejecutivo/a de DEVIDA en su representación. Está conformado por los siguientes miembros: • El/la Presidente/a del Consejo de Ministros, o su representante. • El/la Ministro/a de Agricultura y Riego o su representante. • El/la Ministro/a de Economía y Finanzas o su representante. • El/la Ministro/a de Educación o su representante.