TEXTO PAGINA: 18
El Peruano Sábado 5 de julio de 2014 526960 mejor desempeño en el campo institucional y acceder a nuevas experiencias que contribuyen a elevar el nivel profesional del Ofi cial participante, para luego ser aplicados en benefi cio de la Institución; Que, mediante Resolución Suprema Nº 369-2013- DE/MGP, de fecha 18 de julio de 2013, se autorizó el viaje en Comisión Especial en el Exterior del Capitán de Fragata César Eduardo SCHEELJE Loredo, para que se desempeñe como Asesor en el Departamento de Estudios del Colegio Interamericano de Defensa (CID), a realizarse en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 19 de julio de 2013 al 30 de junio de 2014; Que, el Director del Colegio Interamericano de Defensa (CID), ha solicitado al Comandante General de la Marina, la permanencia del Capitán de Navio César Eduardo SCHEELJE Loredo, para que continúe desempeñándose como Asesor Académico, hasta el 30 de junio de 2015, con la fi nalidad de culminar el proceso de acreditación que se viene gestionando, el cual permitirá alcanzar el objetivo de reconocer los estudios a nivel de maestría a favor del referido Colegio Interamericano; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha emitido opinión favorable para que el mencionado Ofi cial Superior, permanezca en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), como Asesor Académico, del 1 de julio de 2014 al 30 de junio de 2015; Que, teniendo en cuenta que la duración de la ampliación de la Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al período comprendido del 1 de julio al 31 de diciembre de 2014, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; y, para completar el período de duración de la Comisión Especial en el Exterior a partir del 1 de enero al 30 de junio de 2015, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, los gastos que ocasione la presente ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 975-2013- DE/MGP, de fecha 6 de noviembre de 2013, se otorgó el ascenso al grado de Capitán de Navío al Capitán de Fragata César Eduardo SCHEELJE Loredo; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008- DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior del Capitán de Navío César Eduardo SCHEELJE Loredo, CIP. 01804868, DNI. 43430565, para que continúe desempeñándose como Asesor Académico en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 1 de julio de 2014 al 30 de junio de 2015, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 6,930.00 x 6 meses (julio - diciembre 2014) US$. 41,580.00 TOTAL A PAGAR: US$. 41,580.00 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, considerando las posteriores actualizaciones de la Compensación Extraordinaria Mensual durante el período de viaje autorizado, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4º.- Los gastos por pago de traslado y pasajes aéreos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorización de ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6º.- El Ofi cial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7º.- El mencionado Ofi cial Superior continuará revistando en la Dirección General del Personal de la Marina, por el periodo que dure la Comisión Especial en el Exterior. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1106687-4 Autorizan viaje de personal militar y civil del Ministerio de Defensa a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 308-2014-DE/ Lima, 4 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, realizará, vía Madrid, Reino de España, una