Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2014 (05/07/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Sabado 5 de MORDAZA de 2014

526949
d) Convocar a sesion al Consejo Directivo, cautelando la elaboracion y aprobacion de las actas correspondientes y supervisar la implementacion de los acuerdos del Consejo Directivo. e) Proponer al Consejo Directivo las Politicas y la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas para su elevacion al Consejo de Ministros. f) Aprobar los Planes Institucionales y el Presupuesto Anual de la Entidad, sujetandose a las disposiciones legales vigentes, asi como las evaluaciones que establezca la normatividad vigente. g) Proponer a la Presidencia de Consejo de Ministros las actualizaciones o modificaciones que requiere el MORDAZA legal vigente en el tema de drogas. h) Aprobar la opinion de la Entidad sobre los proyectos de ley que se debatan en el Congreso de la Republica o que se remitan para opinion de la Entidad. i) Proponer al Consejo Directivo, para su aprobacion, los Programas y los Planes Operativos anuales de la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas y sus modificaciones. j) Participar en los foros internacionales sobre el problema mundial de las drogas, representando al Peru en coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores e informar al Consejo Directivo respecto a los resultados obtenidos. k) Decidir los viajes al exterior de los/las representantes de la Entidad en concordancia con las normas que rijan para las autorizaciones de viaje al exterior para servidores/ as y funcionarios/as del Estado. l) Designar a los/las representantes de la entidad en los distintos foros internacionales. m) Dar opinion sobre la propuesta y tratados internacionales de caracter multilateral y bilateral en el tema de drogas ilicitas. n) Designar al/la Secretario/a General, a los/las empleados/as de confianza, a las/los directivos/as superiores que correspondan y al/la Secretario/a del Consejo Directivo. o) Otorgar los poderes que considere necesarios, pudiendo ademas delegar en concordancia con la normatividad vigente, una o mas de sus funciones al/a la Secretario/a General o a otros/as funcionarios/as, excepto la de Presidente/a del Consejo Directivo. p) Resolver en MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa, los medios impugnatorios planteados en los procedimientos administrativos seguidos ante la Entidad. q) Proponer al Consejo Directivo las modificaciones necesarias al reglamento de organizacion y funciones de la Entidad, asi como aprobar los demas proyectos de instrumentos de gestion institucional y gestionar su aprobacion conforme a la normatividad vigente. r) Emitir Resoluciones y Directivas vinculadas a la conduccion de la Entidad. s) Otras funciones que se le asigne por ley o disposicion legal expresa o que le sea encargada por el Consejo Directivo. Articulo 11.- La Alta Direccion cuenta con un Gabinete de Asesores encargado de asesorar a los Organos de la Alta Direccion en asuntos tecnicos que impliquen adopcion de decisiones y cumplimiento de sus funciones. Los/las Asesores/as son designados/as por la Presidencia Ejecutiva de la Entidad. Articulo 12.- Secretaria General La Secretaria General es el organo de la Alta Direccion que constituye la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, asi como el nexo de coordinacion entre la Presidencia Ejecutiva y los organos de asesoramiento y de apoyo. Articulo 13.- La Secretaria General tiene las siguientes funciones: a) Ejercer la representacion legal de la Entidad, de acuerdo a su competencia. b) Dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento y cabal cumplimiento de las funciones de los organos de apoyo y de asesoramiento a su cargo. c) Aprobar y conducir la ejecucion de las politicas de administracion, racionalizacion, recursos humanos, finanzas y logistica, de acuerdo a su competencia.

· El/la Ministro/a de Defensa o su representante. · El/la Ministro/a del Interior o su representante. · El/la Ministro/a de Justicia y Derechos Humanos o su representante. · El/la Ministro/a de Relaciones Exteriores o su representante. · El/la Ministro/a de Salud o su representante. · El/la Ministro/a de Transportes y Comunicaciones o su representante. Cuando un/a Ministro/a de Estado designe a su representante, esta representacion debe recaer en el/la Viceministro/a del sector o su Secretario/a General. La designacion de sus integrantes se efectua de acuerdo con la normatividad legal vigente. El Consejo Directivo sesiona como minimo una vez al mes, previa convocatoria de la Presidencia Ejecutiva. Dicha convocatoria se realizara con una anticipacion no menor de cuatro dias a la fecha de la sesion, indicando el lugar, el dia y la hora de la misma, adjuntando la informacion relativa a los temas de la agenda. Las sesiones se llevaran a cabo contando como minimo con la presencia de un numero de los/las integrantes equivalente a la mitad mas uno del total. Los acuerdos se tomaran por mayoria simple. La Presidencia del Consejo Directivo vota y en caso de empate tiene MORDAZA dirimente. Los acuerdos adoptados en sesion del Consejo Directivo constaran en acta que indicara el lugar, dia y hora de su realizacion, nombre de los/las integrantes asistentes y acuerdos adoptados. El acta aprobada sera firmada por las personas asistentes. Articulo 8.- Son funciones del Consejo Directivo las siguientes: a) Aprobar la propuesta de Politicas y Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas a elevarse al Consejo de Ministros para su aprobacion. b) Aprobar los Programas y Planes Operativos anuales que conforman la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas. c) Revisar los reportes de los procesos de monitoreo y evaluacion presentados por la Presidencia Ejecutiva y de las medidas correctivas aplicadas para alcanzar las metas y resultados propuestos en los planes operativos anuales. d) Aprobar, a propuesta de la Presidencia Ejecutiva, la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones. e) Aprobar, a propuesta de la Presidencia Ejecutiva, la Memoria Anual y los Estados Financieros de la Entidad. f) Aprobar, a propuesta de la Presidencia Ejecutiva, la apertura y cierre de las oficinas zonales de la Entidad. g) Otras que se le asigne por ley o MORDAZA legal expresa. Articulo 9.- Presidencia Ejecutiva La Presidencia Ejecutiva es el organo de la Alta Direccion que constituye la MORDAZA autoridad ejecutiva. El/la Presidente/a Ejecutivo/a es el/la Titular del Pliego y ejerce funciones ejecutivas y de representacion institucional de la Entidad. Articulo 10.- Son funciones y/o atribuciones de la Presidencia Ejecutiva: a) Conducir y supervisar el adecuado funcionamiento de la entidad, definiendo las politicas de direccion y supervision para la marcha de la entidad y representarla en la firma de todos los compromisos institucionales, pudiendo delegar esta atribucion. b) Conducir las relaciones de la Entidad con los Poderes del Estado y organismos publicos y privados, nacionales o del exterior. c) Informar periodicamente al Consejo Directivo, al Consejo de Ministros y al/a la Presidente/a del Consejo de Ministros sobre la implementacion de la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas, asi como la evolucion del contexto nacional e internacional en el ambito de las drogas, a fin de revisar las politicas vigentes y su adecuacion a los cambios de contexto y coyuntura y a la negociacion de tratados internacionales en el ambito de las drogas ilicitas.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.