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El Peruano Sábado 5 de julio de 2014 526951 n) Cautelar que la publicidad de los Informes resultantes de sus acciones de control se realice de conformidad con las disposiciones de la materia. o) Cautelar que cualquier modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal, así como de la parte correspondiente del Reglamento de Organización y Funciones, relativos al OCI se realice de conformidad con las disposiciones de la materia. p) Promover la capacitación permanente del personal que conforma el OCI, incluida la Jefatura, a través de la Escuela Nacional de Control de la Contraloría General de la República o de cualquier otra Institución universitaria o de nivel superior con reconocimiento ofi cial, en temas vinculados con el control gubernamental, la Administración Pública y aquellas materias afi nes a la gestión de las organizaciones. q) Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la Contraloría General de la República durante diez (10) años los informes de control, papeles de trabajo, denuncias recibidas y los documentos relativos a la actividad funcional de los OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el sector público. El/ la Jefe/a del OCI adoptará las medidas pertinentes para la cautela y custodia del archivo documental. r) Cautelar que el personal del OCI dé cumplimiento a las normas y principios que rigen la conducta, impedimentos, incompatibilidades y prohibiciones de los/las funcionarios/as y servidores/as públicos/as, de acuerdo a las disposiciones de la materia. s) Mantener en reserva la información clasifi cada obtenida en el ejercicio de sus actividades. t) Otras que establezca la Contraloría General de la República. CAPÍTULO IV ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Artículo 17.- Ofi cina de Asesoría Jurídica La Ofi cina de Asesoría Jurídica es un órgano de asesoramiento que depende de la Secretaría General, encargada de interpretar las normas legales relacionadas con la Entidad, así como, asesorar en los asuntos de carácter jurídico legal y administrativo y en los asuntos de competencia de la Entidad. Artículo 18.- La Ofi cina de Asesoría Jurídica tiene las siguientes funciones: a) Absolver consultas de índole legal, respecto a las disposiciones contenidas en normas legales y administrativas, proyectos de normas y demás documentos relacionados con la Entidad, remitidos en consulta por la Alta Dirección y los demás Órganos de la Entidad. b) Brindar asesoría en los asuntos de carácter jurídico legal y administrativo en los asuntos de competencia de la Entidad. c) Revisar y visar los proyectos de directivas administrativas y en general normas internas, propuestas por los diferentes órganos de la Entidad, observando que éstas se adecuen a la normatividad vigente. d) Formular los proyectos de Resoluciones, convenios y contratos de la Entidad. e) Supervisar y/o elaborar los informes legales sobre los asuntos institucionales de la Entidad. f) Coordinar con la Procuraduría Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, para facilitar la documentación e información necesaria en la defensa judicial y arbitral de la Entidad. g) Las demás que le asigne la Secretaría General en el ámbito de su competencia. Artículo 19.- Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto La Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento que depende de la Secretaría General, encargado de planifi car, organizar, dirigir y supervisar la correcta aplicación de los sistemas de planeamiento, presupuesto, inversión pública y modernización de la gestión pública. Artículo 20.- La Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto tiene las siguientes funciones: a) Conducir el proceso de formulación y evaluación del Plan Estratégico y Plan Operativo Institucional, proponiendo su aprobación a la Alta Dirección. b) Dirigir el monitoreo y evaluación del Plan Estratégico y Plan Operativo Institucional. c) Conducir el proceso de modernización de la gestión pública de la Entidad. d) Conducir y supervisar la formulación y la selección de los proyectos de inversión pública en el marco de los objetivos de la Entidad. e) Conducir el proceso de programación, formulación y evaluación del presupuesto de la Entidad. f) Conducir y orientar la formulación y actualización de los instrumentos de gestión de la Entidad. g) Elaborar el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Entidad. h) Diseñar y proponer a la Secretaría General los objetivos, políticas y normas para la gestión de recursos fi nancieros y de inversión de la Entidad. i) Conducir y supervisar el proceso de selección de la cartera de proyectos de inversión y actividades presentadas por las entidades ejecutoras u otros para la implementación de la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas. j) Las demás que le asigne la Secretaría General en el ámbito de su competencia. Artículo 21.- La Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, para el cumplimiento de sus funciones, cuenta con las siguientes unidades orgánicas: • Unidad de Planeamiento • Unidad de Presupuesto • Unidad de Inversiones • Unidad de Desarrollo Institucional Artículo 22.- Unidad de Planeamiento La Unidad de Planeamiento es la unidad orgánica encargada de formular, hacer seguimiento y evaluar los procesos correspondientes al sistema de planeamiento estratégico en la Entidad. Sus funciones son las siguientes: a) Formular y evaluar la ejecución del Plan Estratégico y Operativo de la Entidad. b) Realizar el seguimiento de la ejecución de Plan Estratégico y Operativo de la Entidad. c) Asesorar a los órganos de la Entidad, en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del proceso de planifi cación de la Entidad. d) Elaborar la Memoria Anual de la Entidad. e) Analizar la viabilidad técnico - económica de los convenios de cooperación inter-institucionales y evaluar su cumplimiento. f) Evaluar los indicadores del Plan Estratégico Institucional. g) Elaborar el informe técnico sobre creación, fusión, cierre y/o modifi cación de los ámbitos geográfi cos de las Ofi cinas Zonales. h) Las demás que le asigne la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto en el ámbito de su competencia. Artículo 23.- Unidad de Presupuesto La Unidad de Presupuesto es la unidad orgánica encargada de ejecutar los procesos de programación, formulación y evaluación del sistema de presupuesto público. Sus funciones son: a) Formular el proyecto de presupuesto institucional de acuerdo a los lineamientos correspondientes. b) Elaborar la programación del presupuesto de la Entidad en concordancia a las normas y lineamientos del Sistema Nacional de Presupuesto Público. c) Evaluar y aprobar las solicitudes de certifi caciones presupuestarias de órganos de la Entidad. d) Promover la gestión de presupuesto por resultados y supervisar la calidad del gasto, en el marco de la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas, y en armonía con la normatividad vigente. e) Formular normas, directivas, entre otros, para el proceso presupuestario de la Entidad en el marco de la normatividad vigente. f) Realizar el monitoreo de la programación presupuestaria y la evaluación del presupuesto institucional.