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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2014 (05/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 10

El Peruano Sábado 5 de julio de 2014 526952 g) Verifi car la consistencia técnica de la programación, ejecución y evaluación de ingresos, gastos y metas presupuestarias. h) Las demás que le asigne la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto en el ámbito de su competencia. Artículo 24.- Unidad de Inversiones La Unidad de Inversiones es la unidad orgánica encargada de formular, promover y supervisar la elaboración de los estudios de pre inversión en el marco al sistema administrativo de inversión pública. Sus funciones son: a) Elaborar, proponer y evaluar la Programación Multianual de la Inversión Pública. b) Formular y supervisar los estudios de pre-inversión que requiera la Entidad, en el marco de sus objetivos institucionales. c) Supervisar a las Ofi cinas Zonales durante los procesos de evaluación de las propuestas de estudios de pre-inversión y actividades presentadas por las entidades ejecutoras u otros para la implementación de la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas. d) Gestionar la cartera de proyectos de inversión pública y actividades presentadas por las entidades ejecutoras u otros para la implementación de la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas. e) Elaborar directivas sobre inversión pública de la Entidad. f) Realizar el seguimiento y actualización de los aplicativos informáticos relacionados a la inversión pública de la Entidad. g) Las demás que le asigne la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto en el ámbito de su competencia. Artículo 25.- Unidad de Desarrollo Institucional La Unidad de Desarrollo Institucional es la unidad orgánica encargada de formular, ejecutar y evaluar los procesos correspondientes al Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública en la Entidad. Sus funciones son: a) Formular y actualizar los instrumentos de gestión del sistema administrativo de modernización de la gestión pública. b) Orientar y proponer lineamientos para la formulación de reglamentos, manuales, directivas y otros documentos de gestión institucional. c) Proponer y evaluar la ejecución de las actividades vinculadas al proceso de modernización de la gestión pública en el ámbito de la Entidad. d) Evaluar las actividades vinculadas a la simplifi cación administrativa, así como formular, proponer y actualizar directivas para optimizar la gestión de la Entidad. e) Emitir opinión técnica en materia de funciones, instrumentos de gestión y Directivas. f) Proponer el proceso de mejora continua, promoviendo el uso de métodos y técnicas modernas en los sistemas de organización y gestión. g) Las demás que le asigne la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto en el ámbito de su competencia. CAPÍTULO V ÓRGANOS DE APOYO Artículo 26.- Ofi cina General de Administración La Ofi cina General de Administración es el órgano de apoyo que depende de la Secretaría General, encargado de planifi car, organizar, dirigir y supervisar la correcta aplicación de los sistemas administrativos de recursos humanos, abastecimiento, tesorería y contabilidad; así como la gestión de las tecnologías de información y comunicaciones. Artículo 27.- Ofi cina General de Administración tiene las siguientes funciones: a) Planear, dirigir, ejecutar y supervisar los procesos técnicos de recursos humanos, abastecimiento, contabilidad y tesorería en la Entidad, de conformidad con la normatividad de los respectivos sistemas administrativos. b) Conducir y supervisar la formulación y ejecución del Plan Anual de Contrataciones de la Entidad. c) Diseñar y proponer a la Secretaría General los objetivos, políticas y normas para la administración de los recursos humanos, materiales, económicos, fi nancieros y de servicios generales de la Entidad. d) Ejecutar el presupuesto de la Entidad, de acuerdo a los procesos establecidos en la normatividad vigente. e) Conducir y supervisar la ejecución de los registros contables de la Entidad. f) Conducir y supervisar la formulación de los estados fi nancieros, en concordancia con las disposiciones legales vigentes. g) Ejecutar las obligaciones, compromisos y pagos al personal, proveedores/as y prestadores/as de servicios. h) Conducir el sistema de información y comunicación de Entidad. i) Realizar arqueos de fondos y valores de la Entidad. j) Custodiar el patrimonio de la Entidad, así como organizar y mantener actualizado el inventario físico valorado de los bienes de la Entidad. k) Diseñar y proponer a la Secretaría General los objetivos, políticas y normas para la gestión de tecnologías de información y comunicaciones de la Entidad. l) Realizar las actividades relativas a la gestión del abastecimiento de la entidad, organizando los procesos de adquisiciones de bienes y servicios requeridos por la Entidad. m) Diseñar, dirigir y ejecutar el programa de seguridad institucional. n) Las demás que le asigne la Secretaría General en el ámbito de su competencia. Artículo 28.- La Ofi cina General de Administración cuenta con las siguientes unidades orgánicas: • Unidad de Abastecimiento • Unidad de Contabilidad • Unidad de Tesorería • Unidad de Recursos Humanos • Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación Artículo 29.- Unidad de Abastecimiento La Unidad de Abastecimiento es la unidad orgánica encargada de organizar, dirigir y ejecutar los procesos del sistema de abastecimiento y Control Patrimonial. Sus funciones son: a) Programar, ejecutar y controlar la aplicación de los procesos técnicos del sistema de abastecimiento. b) Programar y proveer bienes y servicios requeridos por los órganos de la Entidad. c) Formular y proponer el Plan Anual de Contrataciones y sus modifi catorias. d) Brindar el servicio de mantenimiento, reparación de las instalaciones, bienes, equipos y vehículos de la Entidad. e) Efectuar la administración del control patrimonial, así como supervisar el uso adecuado de los bienes muebles e inmuebles de la Entidad. f) Implementar las acciones administrativas orientadas a la contratación de seguros aplicable a los bienes muebles, inmuebles y existencias de la Entidad. g) Ejecutar disposiciones administrativas en materia de racionalidad en obtención de bienes y servicios. h) Realizar el proceso de almacenamiento de los bienes adquiridos. i) Conducir la ejecución presupuestaria en la fase de compromiso en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) de la Entidad. j) Formular y evaluar el presupuesto de abastecimiento de la Entidad. k) Las demás que le asigne la Ofi cina General de Administración en el ámbito de su competencia. Artículo 30.- Unidad de Contabilidad Unidad de Contabilidad es la unidad orgánica encargada de organizar, dirigir y ejecutar los procesos del Sistema Administrativo de Contabilidad. Sus funciones son: a) Conducir la ejecución y evaluación de los procesos técnicos contables, en el marco de la normatividad del Sistema Nacional de Contabilidad.