Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2014 (05/07/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

526964
partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal MORDAZA comisionado, debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1106687-8 RESOLUCION SUPREMA N° 312-2014-DE/MGP MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2014 Visto, el Oficio P.200-1216 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 26 de MORDAZA de 2014; CONSIDERANDO: Que, anualmente una delegacion de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, presidida por el Comandante General de Operaciones de la Amazonia y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, efectua una Visita Oficial a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, para participar en los actos celebratorios por el Aniversario de la Independencia Nacional de dicho MORDAZA, en reciprocidad a la Visita Oficial que realiza la Armada Nacional de Colombia a la MORDAZA de Iquitos, con motivo de nuestro aniversario patrio; Que, el Comandante de la Armada Nacional de Colombia, ha cursado invitacion para que una delegacion de la MORDAZA de MORDAZA del Peru participe en la mencionada actividad, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, del 19 al 23 de MORDAZA de 2014; Que, la participacion de Personal MORDAZA, es de interes institucional, ya que permitira afianzar los lazos de union y fraternidad entre ambos paises, necesarios para poder enfrentar problemas comunes en la Amazonia; asi como, efectuar apoyo social a las poblaciones riberenas de los MORDAZA Putumayo y Amazonas, contribuyendo a las acciones dispuestas en los aspectos institucionales de soberania e integridad territorial y apoyo a la politica exterior; Que, la MORDAZA de MORDAZA del Peru, ha considerado dentro de sus prioridades para el ano 2014, la designacion y autorizacion de viaje de DOS (2) Oficiales Almirantes, para que participen en la mencionada actividad; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Vicealmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA Polastri y del Contralmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA Crovetto, para que participen en las actividades protocolares con motivo de la celebracion del dia de la Independencia Nacional y Aniversario de la Batalla MORDAZA del Lago de Maracaibo, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, del 19 al 23 de MORDAZA de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el traslado de la Comitiva Oficial, desde la MORDAZA de Iquitos a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, tanto de ida como de retorno, sera realizado a bordo de unidades de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de la Fuerza Aerea del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, con el fin de prever la participacion de los Oficiales Almirantes comisionados, durante la totalidad en

El Peruano Sabado 5 de MORDAZA de 2014

la actividad programada, es necesario autorizar su retorno al MORDAZA UN (1) dia despues, sin que este dia adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Publico; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/ SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Vicealmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA Polastri, CIP. 00766823, DNI. 07511468 y del Contralmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA Crovetto, CIP. 04837216, DNI. 25748328, para que participen en las actividades protocolares con motivo de la celebracion del dia de la Independencia Nacional y Aniversario de la Batalla MORDAZA del Lago de Maracaibo, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, del 19 al 23 de MORDAZA de 2014; asi como, autorizar su retorno al MORDAZA el 24 de MORDAZA de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viaticos: US$. 370.00 x 2 personas x 5 dias US$. 3,700.00 ------------------TOTAL A PAGAR: US$. 3,700.00 Articulo 3°.- El traslado de la Comitiva Oficial, desde la MORDAZA de Iquitos a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, tanto de ida como de retorno, sera realizado a bordo de unidades de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de la Fuerza Aerea del Peru. Articulo 4°.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1°, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5º.- El Oficial MORDAZA designado mas antiguo, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal MORDAZA comisionado, debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1106687-9

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.