Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2014 (10/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 60

El Peruano Jueves 10 de julio de 2014 527386 4.2.- EN FORMA FRACCIONADA, en caso de que el contribuyente opte por el pago fraccionado, este no podrá exceder de CINCO (05) CUOTAS MENSUALES, incluida la cuota inicial. Si se incumple el pago de dos (02) cuotas consecutivas o la última cuota, los contribuyentes perderán los bene fi cios otorgados y se procederá a cobrar los intereses moratorios descontados, imputándose los pagos realizados de conformidad con lo establecido el artículo 31º del Código Tributario. Artículo Quinto.- BENEFICIO La presente Ordenanza otorga los siguientes bene fi cios: 5.1.- LA EXTINCIÓN DEL 100% (CIEN POR CIENTO) DE LOS RECARGOS, REAJUSTES E INTERESES MORATORIOS, POR CONCEPTO DE IMPUESTOS PREDIAL Y TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES PENDIENTES DE PAGO, siempre y cuando cancelen al contado o en forma fraccionada dentro de la vigencia de la presente Ordenanza, hasta el ejercicio 2013. 5.2.- EL DESCUENTO DEL MONTO INSOLUTO DE LAS TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES, respecto a Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo; siempre y cuando el deudor tributario cancele al contado la deuda total de cada uno de los ejercicios en forma independiente (por periodo) o en forma acumulada de la deuda total de todos los ejercicios que se encuentren pendientes de pago, dentro de la vigencia de la presente Ordenanza; teniendo en cuenta la siguiente escala de descuentos: ESCALAS DE DESCUENTOS SOBRE EL TRIBUTO INSOLUTO TASA DE ARBITRIOS MUNICIPALES AÑOS 1900 al 20002001 al 20052006 al 20082009 al 2013 ESCALAS DE ESCUENTO 40% 30% 20% 10% Artículo Sexto.- BENEFICIOS EXCEPCIONALES Adicionalmente, LOS CONTRIBUYENTES DE LOS CENTROS POBLADOS MENORES EXCEPCIONALMENTE GOZARÁN DEL DESCUENTO DEL 50% (CINCUENTA POR CIENTO) DE LA TASA DE ARBITRIOS MUNICIPALES DEL PERIODO 2014. Artículo Sétimo.- INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN TRIBUTARIA El acogimiento al presente bene fi cio implica que el contribuyente deudor reconoce y acepta expresamente la totalidad de su obligación tributaria; siendo causal de interrupción del plazo de prescripción tributaria, tal como le estipula el numeral 2 del artículo 45º del Código Tributario. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- DEJAR SIN EFECTO, las normas y/o disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza. Segundo.- FACÚLTESE, al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarías y necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como también para establecer su prórroga de ser el caso. Tercera.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional. Quinto.- Disponer del trámite de la aprobación del acta para proceder a la ejecución inmediata de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, cúmplase, y publíquese.HUGO A. RIVAS SÁNCHEZ Alcalde 1108176-1MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN Aprueban Cuadro Arancelario de Costas y Gastos de los Procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de Sayán, mediante O fi cio Nº 183- 2014-MDS/A, recibido el 8 de julio de 2014) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2013-MDS/A Sayán, 17 de diciembre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYÁN POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE SAYÁN VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 003- 2013-MDS/UEC, del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Sayán, respecto al de Proyecto de Ordenanza Municipal que “Aprueba el Cuadro Arancelario de Costas y Gastos de los Procedimientos de Ejecución Coactiva”; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva - Ley Nº 26979, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, compila el marco legal de los actos de ejecución coactiva de las obligaciones tributarias y no tributarias que ejercen los gobiernos locales, entre otras entidades de la Administración Pública Nacional. Que, el numeral 9.1) del Artículo 9º y el numeral 25.4) del Artículo 25º de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva - Ley Nº 26979, establece que las costas y gastos en los que haya incurrido la entidad en la tramitación de los procedimientos de Ejecución Coactiva, son considerados obligación exigible dentro de los mismos procedimientos. Asimismo, en el numeral 10.1) del Artículo 10º y el numeral 26.1) del Artículo 26º del mismo cuerpo legal, señala que las costas se liquidan conforme al arancel de costas procesales aprobado conforme a lo dispuesto en la Ley. Que, con las deliberaciones correspondientes, de conformidad a lo dispuesto en los incisos 8) del Artículo 9º y 5) del Artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, con el voto mayoritario de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite a aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: “ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL CUADRO ARANCELARIO DE COSTAS Y GASTOS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA” Artículo Primero.- APRUÉBESE el Cuadro Arancelario de Costas y Gastos de los Procedimientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de Sayán; el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DÉJESE en suspenso y/o modifíquese las normas municipales que se opongan a la presente Ordenanza y Facúltese al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Sayán para que mediante Decreto de Alcaldía ACTUALÍCESE anualmente por Decreto de Alcaldía el monto de las Costas, según porcentaje, en cada ejercicio fi scal conforme a la variación del monto de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente a la fecha en que se efectúa la recuperación de la deuda. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Unidad de Ejecutoria Coactiva el cumplimiento de la presente Ordenanza en todo cuanto les corresponda. Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Unidad de Informática y Sistemas, la publicación del íntegro de la presente Ordenanza, en la página web de la institución Municipal (www.munisayan.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FÉLIX VÍCTOR ESTEBAN AQUINO Alcalde 1107491-1