Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2014 (10/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 50

El Peruano Jueves 10 de julio de 2014 527376 ofi cialización de compromisos del proceso de Presupuesto Participativo. Que, mediante el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007 EF/76.01, el mismo que tiene carácter general y permanente, y de cumplimiento obligatorio, se establece que el Presupuesto Participativo es un instrumento de política y de gestión, a través del cual las autoridades del Gobierno Regional, así como las organizaciones de la población debidamente representadas, de fi nen en conjunto, cómo y a qué se van a orientar los recursos, teniendo en cuenta los Objetivos del Plan Estratégico de mediano plazo, los cuales están directamente vinculados con la visión y objetivos del Plan de Desarrollo Regional Concertado 2009 al 2021. Que, es necesario establecer los lineamientos precisos para orientar el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo con un horizonte de corto plazo; el cual capitalice las experiencias de los anteriores procesos y recoja los numerosos comentarios y sugerencias recibidos de Instituciones del Sector Público de la Sociedad Civil, del Sector Privado y los ciudadanos interesados en general. Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas, en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de mayo del 2014, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 002-2014, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modi fi catoria Nº 27902, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:Artículo Primero.- APROBAR, el “Reglamento que Regula el Proceso del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional Amazonas para el Año Fiscal 2015”, conforme al texto integrado, por cinco (5) títulos, treinta y cinco (35) artículos, siete (07) disposiciones complementarias, una (01) disposición transitoria y cuatro (04) anexos fi nales que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- APROBAR, la conformación del Equipo Técnico que se indica en el Art. Nº 11 del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo (anexo 01). Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y al Equipo Técnico, para que en coordinación con el Consejo de Coordinación Regional y las dependencias y áreas involucradas den cumplimiento a la presente Ordenanza Regional, para lo cual realizarán todas las acciones pertinentes relacionadas al proceso, entendiéndose como tal, la convocatoria, inscripción de agentes participantes, admisión de proyectos, plani fi cación y adecuación y al Instructivo aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Cuarto.- DISPONER, que a través de la Secretaría del Consejo se Publique la presente Ordenanza Regional, en el Diario O fi cial El Peruano, y el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 28 días del mes de mayo del año 2014. PEDRO PABLO VELA VELARDE PresidenteConsejo Regional Amazonas POR TANTO:Mando se registre, publíque y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 25 días del mes de junio del 2014. JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Presidente 1107488-1GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Aprueban Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Cuadro para Asignación de Personal CAP del Hospital de Rehabilitación del Callao ORDENANZA REGIONAL Nº 000012 Callao, 28 de mayo del 2014. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria del 28 de mayo del 2014. CONSIDERANDO Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional, así mismo reglamentan materias de su competencia; Que, igualmente el Artículo 72º de la indicada Ley Nº 27867, establece en su último párrafo, que el Gobierno Regional norma y administra sus recursos, bienes y activos conforme a ley. Asimismo el Artículo 15º, sobre las atribuciones del Consejo Regional, dispone en su literal a), aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Artículo 9º literal a) del antes citado cuerpo normativo, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para “Aprobar su organización interna y su presupuesto”. Que, el Artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece las dimensiones de las autonomías políticas, administrativas y económicas de los Gobiernos Regionales y en su inciso 9.2. especí fi ca que la autonomía administrativa es la facultad de organizarse internamente; Que, el Decreto Supremo Nº.043-2006-PCM aprueba los “Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública”, documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión y objetivos; que contiene las funciones generales de la entidad y las funciones especí fi cas de los órganos y unidades orgánicas; concordantes con la Resolución Ministerial Nº 566-2005/MINSA que trata sobre los Llineamientos para la Adecuación de la Organización de las Direcciones Regionales de Salud en el Marco del Proceso de Descentralización”; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM aprueba los “Lineamientos para la Elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal -CAP de las Entidades de la Administración Pública”, documento técnico normativo de gestión institucional que contiene los cargos clasi fi cados de la Entidad en base a la estructura orgánica vigente prevista en su ROF; Que, mediante O fi cio Nº 1888-2014-GRC/DIRESA/ DG/OEPE, de fecha 0 de Mayo del 2014 la Dirección Regional de Salud –DIRESA Callao, remite al Gobierno Regional del Callao, los proyectos de los Documentos de Gestión Reglamento de Organización y Funciones – ROF, Estructura Orgánica y Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Hospital de Rehabilitación del Callao, para su revisión y gestión de aprobación; Que, mediante el Informe Nº 206-2014-GRC/DIRESA/ OAJ, de fecha 08 de Mayo del 2014, el Director de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la DIRESA Callao, opinando que “resultaría viable la propuesta de creación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), del Hospital de Rehabilitación de la Dirección Regional de Salud del Callao (DIRESA CALLAO)” recomendando elevar a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao, todo lo actuado para su revisión y aprobación respectiva;