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El Peruano Jueves 10 de julio de 2014 527383 l) Dirigir, controlar y supervisar la ejecución y evaluar el cumplimiento de la Intervención municipal complementaria a la intervención del gobierno central y regional para el mejoramiento de los niveles ,estándares e indicadores epidemiológicos en salud del Distrito” m) Otras que le delegue la Alta Dirección o le sean asignadas por la legislación sustantiva. Artículo 50º.- La Gerencia de Participación Ciudadana y Desarrollo Humano depende administrativa y funcionalmente de la Gerencia Municipal; para el cumplimiento de sus funciones cuenta con dos unidades orgánicas compuestas por las Sub Gerencias 1. Sub Gerencia de Programas Sociales y Seguridad Alimentaria 2. Sub Gerencia de Prevención y Promoción de la Salud Y con una estructura funcional conformada por un programa 1. O fi cina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad, Artículo 52º.- FUNCIONES La Sub Gerencia de Programas Sociales y Seguridad Alimentaria tiene las siguientes funciones: a) Plani fi car, organizar, aprobar, dirigir, difundir, supervisar, fi scalizar y evaluar los procedimientos, actividades y funcionamiento de la Defensoría Municipal del Niño y el Adolescente; y de la Mujer.” Artículo Tercero.- DISPONER que la OMAPED cuente con presupuesto anual para su centro de costos con recursos necesarios para su adecuado funcionamiento y la implementación de políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad. Artículo Cuarto .- DISPONER, que en el PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS vigente hasta el 2015 y en la formulación de los Planes de Desarrollo Concertado en adelante, se incluya como política pública distrital los planes, programas y proyectos sobre discapacidad. Artículo Quinto .- FIJESE las funciones de la OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LA PERSONA CON DISCAPACIDAD – OMAPED en sujeción a las normas vigentes y las cuales son las siguientes: a) Promover y proponer que, en la formulación, el planeamiento y la ejecución de las políticas y los programas locales, se tomen en cuenta, de manera expresa, las necesidades e intereses de la persona con discapacidad. b) Coordinar, supervisar y evaluar las políticas y programas locales sobre cuestiones relativas a la discapacidad. c) Participar de la formulación y aprobación del presupuesto local para asegurar que se destinen los recursos necesarios para la implementación de políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad. d) Coordinar y supervisar la ejecución de los planes y programas nacionales en materia de discapacidad. e) Promover y organizar los procesos de consulta de carácter local. f) Promover y ejecutar campañas para la toma de conciencia respecto de la persona con discapacidad, el respeto de sus derechos y de su dignidad, y la responsabilidad del Estado y la sociedad para con ella. g) Difundir información sobre cuestiones relacionadas a la discapacidad, incluida información actualizada acerca de los programas y servicios disponibles para la persona con discapacidad y su familia. h) Administrar el Registro Municipal de la Persona con Discapacidad en el ámbito de su jurisdicción, considerando los lineamientos emitidos por el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad. i) Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 29973 Ley General de la Persona con Discapacidad en el ámbito de su competencia y denunciar su incumplimiento ante el órgano administrativo competente. j) Otras funciones que le asigne el Gerente de Participación Ciudadana y Desarrollo Humano y/o Gerencia Municipal. Artículo Sexto .- DISPONER que la administración municipal facilite e! acceso a las personas con discapacidad en todos los programas que se desarrollen en salud, educación, cultura, recreación, deporte, promoción del empleo entre otras, así como en los proyectos sociales y laborales que permitan su formación integral y el ejercicio de sus derechos, deberes y obligaciones en su entorno social y familiar en igualdad de oportunidades garantizando la permanencia dentro de los mismos, promocionando su vinculación y creando estrategias para la eliminación de las barreras físicas, culturales y tecnológica. Artículo Sétimo .- La OMAPED coordinará con el CONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACIÓN DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD – CONADIS, ente responsable de brindar asesoría técnica y capacitación. Artículo Octavo .- ENCARGAR; a GERENCIA MUNICIPAL la implementación de lo dispuesto en la presente Ordenanza, y a la GERENCIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DESARROLLO HUMANO, GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO, GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN su cumplimiento y a la GERENCIA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 1107539-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aprueban modificación del TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2014-MDLP-ALC La Perla, 1 de julio del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: El Informe Nº 042-2014-SGPYR-GPYP-MDLP de fecha 23/06/2014, de la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 015-2009-MDLP de fecha 21/12/2009, se rati fi ca la vigencia de la Ordenanza Nº 024-2007-MDLP y la Ordenanza Nº 003-2008-MDLP, que aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de La Perla. Que, mediante O fi cio Nº 0568-2014/INDECOPI-CEB de fecha 05/06/2014 la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de INDECOPI, ha veri fi cado que en el TUPA de la Municipalidad Distrital de La Perla publicado en el Portal Institucional y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas, en los procedimientos siguientes: Nº DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO 45Autorización de Obra de Empresa de Servicios Públicos Ampliación y/o refacción y/o Mantenimiento y/o Remplazo y/o Reubicación y/u otros a fi nes Regularización de Obra no Autorizada y/o Liquidación de Obra en exceso. 46Autorización de Obra de Empresas de Servicios Públicos, Redes Públicas, Ampliación de Plazo. 47Autorización de Obra de Empresas de Servicios Públicos, Conexiones Domiciliarias. 48Autorización Temporal, Instalaciones en vías o Áreas de Dominio Público (ANUAL) 49 Certi fi cado de Conformidad de Obra en Vía Pública ha veri fi cado que se exigen los siguientes requisitos: