Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2014 (10/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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se elaboren en materia de infancia y adolescencia en el MORDAZA, que orientara en la presente decada la accion del Estado y de la sociedad civil hacia el desarrollo integral de las ninas, ninos y adolescentes peruanos. El Resultado 18, establece la participacion de ninas, ninos y adolescentes en el ciclo de politicas publicas que les involucran o interesan en Gobiernos Regionales, cuya meta es en el 100% de estas entidades; Que, en el Articulo 95º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional del Callao establece que son funciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social: "1.- Formular, ejecutar y administrar las politicas regionales en materia de vivienda y saneamiento, trabajo y promocion del empleo, desarrollo e igualdad de oportunidades, poblacion, participacion ciudadana y proyectos especiales, acorde a la politica general de gobierno, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Locales", "2.- Formular, promover y ejecutar politicas y programas sociales que favorezcan la equidad, reduzcan las desigualdades y eliminen los mecanismos de exclusion social de los grupos de atencion prioritaria". "6.- Promover y supervisar el cumplimiento de las normas sobre las personas con discapacidad"; Que, la poblacion de la region Callao segun estimaciones y proyecciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI para el 2011, esta constituida predominantemente por poblacion infantil y adolescente (0 a 17 anos) quienes conforman el 29.8%, es decir la tercera parte de la poblacion total de la region Callao, que asciende a 955,385 habitantes, cifra importante que refleja la necesidad de contar con propuestas de este segmento poblacional; Que, mediante Memorandum Nº 181-2014-GRC/ GRDS de fecha 10 de MORDAZA de 2014, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, remite la propuesta de creacion y conformacion del Consejo Consultivo Regional de Ninas, Ninos y Adolescentes de la Region Callao- CCONNA Callao, cuyo sustento se MORDAZA en que la participacion constituye un derecho humano fundamental que alcanza a todos los seres humanos, sin distincion de genero, raza, religion, nacionalidad, clase social ni edad, por lo tanto es tambien un derecho de las ninas, ninos y adolescentes; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a traves del Memorandum Nº 937-2014-GRC/GRPPAT del 07 de MORDAZA de 2014 establece que la propuesta formulado por la Gerencia Regional de Desarrollo Social, resulta tecnicamente procedente, puesto que ha sido desarrollada cinendose a normas nacionales, como la Ley Nº 27337 e internacionales como la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y suscrita por el Peru ; Que, el Informe Nº 1124-2014-GRC/GAJ del 14 de MORDAZA de 2014, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica del Gobierno Regional, ratifica desde el punto de vista legal la procedencia de Creacion del Consejo Consultivo Regional de Ninas, Ninos y adolescentes de la Region Callao - CCONNA Callao; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas al Presidente Regional por la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA CONSTITUCION DEL CONSEJO CONSULTIVO REGIONAL DE NINAS, NINOS Y ADOLESCENTES DE LA REGION CALLAO- CCONNA CALLAO Articulo Primero.- Aprobar la constitucion del Consejo Consultivo Regional de Ninas, Ninos y Adolescentes de la Region Callao, bajo las siglas CCONNA-Callao, como un espacio de participacion de caracter consultivo a nivel regional, que tiene como objetivo lograr que sus iniciativas puedan ser debidamente canalizadas para favorecer su desarrollo integral; y su finalidad la de proponer, coordinar y participar en la formulacion de politicas publicas regionales, sobre infancia y adolescencia. Articulo Segundo.- El Consejo Consultivo Regional de Ninas, Ninos y Adolescentes de la Region Callao CCONNA-Callao, estara constituida por dos Sub Consejos Consultivos: - Sub Consejo Consultivo Regional de Ninas y Ninos, representado por ninas y ninos de 8 a 12 anos de edad, elegidos democraticamente, titular y alterno a partir de

El Peruano Jueves 10 de MORDAZA de 2014

los Consejos Consultivos de Ninas, Ninos y Adolescentes conformados por los municipios de cada distrito. - Sub Consejo Consultivo Regional de Adolescentes, representado por adolescentes de ambos sexos de 13 a 17 anos de edad, siendo la edad MORDAZA para su designacion 16 anos, elegidos democraticamente, titular y alterno a partir de los Consejos Consultivos de Ninas, Ninos y Adolescentes conformados por los municipios de cada distrito. Articulo Tercero.- El Consejo Consultivo Regional de Ninas, Ninos y Adolescentes de la Region Callao CCONNA-Callao, estara conformado por representantes de cada Sub Consejo Consultivo, el cual elegira a sus representantes, de acuerdo a la siguiente estructura: - Un representante, quien lo presidira. - Un representante, quien ejercera la secretaria tecnica. - Representantes, consejeros. Cada Sub Consejo Consultivo, elegira a sus representantes, de acuerdo a la siguiente estructura: - Un representante, quien lo presidira. - Un representante, quien ejercera la secretaria tecnica. - Representantes, sub consejeros. Articulo Cuarto.- Son funciones del Consejo Consultivo Regional: a) Elaborar y presentar propuestas de politicas en materia de infancia y adolescencia ante la Presidencia Regional. b) Emitir opinion sobre todas las consultas que le realicen en materia de politicas sobre infancia y adolescencia. c) Vigilar y exigir el cumplimiento de derechos y politicas que los afecten y les sea pertinente, a traves de una Declaracion ante el Despacho de la Presidencia Regional, quien lo trasladara a la instancia competente. d) Difundir y promover los derechos y deberes de las ninas, ninos y adolescentes en coordinacion con la Gerencia Regional de Desarrollo Social. e) Representar a las ninas, ninos y adolescentes de la Region Callao ante las autoridades e instituciones locales, regionales y nacionales cuando MORDAZA requeridos, para abordar temas sobre infancia y adolescencia, en coordinacion con la Gerencia Regional de Desarrollo Social; Articulo Quinto.- En tanto se efectue la primera eleccion de los miembros del Consejo Consultivo Regional de Ninas, Ninos y Adolescentes de la Region Callao CCONNACallao, conforme a lo dispuesto en los articulos MORDAZA y tercero de la presente Ordenanza Regional, se constituira el Consejo Consultivo Regional Transitorio de Ninas, Ninos y Adolescentes, el cual estara integrado por ninas, ninos y adolescentes de 8 a 16 anos de edad, con representatividad distrital, titular y alterno, mediante un MORDAZA de eleccion democratica a traves de espacios organizados de ninas, ninos y adolescentes de la jurisdiccion del Gobierno Regional del Callao, a cargo de una Comision Organizadora del Consejo Consultivo Regional de Ninas, Ninos y Adolescentes de la Region Callao, conformada por: a) Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social ­ Oficina de Bases Regionales, quien la presidira. b) Un representante de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. c) Un representante de la Direccion Regional de Educacion del Callao. d) Un representante de la Unidad de Gestion Educativa Local ­ Ventanilla. e) Un representante de la Coordinadora de DEMUNAS de la Region Callao. f) Dos representantes de ninas, ninos y adolescentes del Consejo Distrital de Ninos, Ninas y Adolescentes del distrito de Ventanilla- CODINNA. g) Un representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Articulo Sexto.- La Comision Organizadora del CCONNA-Callao cumplira las siguientes funciones:

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