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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (24/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 35

El Peruano Martes 24 de junio de 2014 525893 -en el marco de las potestades que les otorgan sus leyes orgánicas- las políticas, normas y lineamientos específi cos para su ámbito de intervención; Que, en este contexto, la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto como órgano encargado de conducir, implementar y supervisar los procesos de modernización y desarrollo organizacional en el ámbito sectorial, dentro del marco del sistema administrativo de modernización de la gestión pública, ha formulado el proyecto de “Plan de Modernización de la Gestión Institucional del Ministerio del Interior 2014-2016”, cuya fi nalidad es orientar, articular e impulsar el proceso de modernización de la gestión pública en el Ministerio del Interior y la Policía Nacional del Perú, bajo un enfoque orientado a una gestión para resultados; Que, el Plan de Modernización antes mencionado establece los objetivos, las acciones estratégicas por cada objetivo, los actores y roles en el proceso de modernización y las etapas de implementación del mismo en el Ministerio del Interior y la Policía Nacional del Perú; Que, asimismo, en el Informe del visto, la Dirección de Modernización y Desarrollo Institucional de la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto manifi esta que las disposiciones del acotado “Plan de Modernización de la Gestión Institucional del Ministerio del Interior 2014-2016” guardan concordancia con los objetivos estratégicos generales del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Interior 2013-2016 (PESEM), aprobado por Resolución Ministerial N° 1524-2013-IN/DGPP, y con los objetivos de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del MININTER, aprobado por Decreto Supremo N° 010- 2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el “Plan de Modernización de la Gestión Institucional del Ministerio del Interior 2014- 2016”, que como Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que los órganos del Ministerio del Interior y de la Policía Nacional del Perú incorporen en sus planes operativos las acciones establecidas en el “Plan de Modernización de la Gestión Institucional del Ministerio del Interior 2014-2016”, con cargo a su presupuesto aprobado. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y, su Anexo en el portal institucional del Ministerio del Interior, el mismo día de la publicación de la presente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ALBAN PERALTA Ministro del Interior 1100914-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruanos y ecuatoriano y disponen su entrega a Chile, España y Panamá RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 128-2014-JUS Lima, 23 de junio de 2014 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 042-2014/ COE-TC, del 07 de marzo de 2014, sobre la solicitud de extradición activa a la República de Chile del ciudadano peruano JOSEPH PINEDO RETAMOZO, formulada por la Segunda Sala Penal Permanente de Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 10 de diciembre de 2013, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JOSEPH PINEDO RETAMOZO, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual - Violación sexual de menor de edad en grado de tentativa, en agravio de una menor de edad con identidad reservada (Expediente Nº 93-2013); Que, el literal “a” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 042-2014/COE-TC, del 07 de marzo de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República de Perú y la República de Chile, fi rmado el 05 de noviembre de 1932, vigente desde el Canje de Ratifi caciones efectuado en la ciudad de Lima el 15 de julio de 1936; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JOSEPH PINEDO RETAMOZO, formulada por la Segunda Sala Penal Permanente de Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual - Violación sexual de menor de edad en grado de tentativa, en agravio de una menor de edad con identidad reservada y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Chile, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1100944-7 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 129-2014-JUS Lima, 23 de junio de 2014 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 118-2013/ COE-TC, del 04 de octubre de 2013, sobre la solicitud de extradición activa al Reino de España de la ciudadana