Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2014 (02/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del abogado MORDAZA SJE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico del Ejercito del Peru. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1056134-6

El Peruano MORDAZA 2 de marzo de 2014

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban transferencia de competencias del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral
RESOLUCION MINISTERIAL N° 037-2014-TR MORDAZA, 28 de febrero de 2014 VISTOS: El Informe N° 002-2014-MTPE/4/9, del Secretario Tecnico de la Comision de Transferencia del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a la SUNAFIL, de fecha 25 de febrero del 2014; el Informe N° 005-2014MTPE/2/16, de fecha 28 de febrero de 2014; y el Informe N° 219-2014-MTPE/4/8, de fecha 28 de febrero del 2014, de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral ­ SUNAFIL, como organismo tecnico especializado, adscrito al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento juridico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, asi como brindar asesoria tecnica, realizar investigaciones y proponer la emision de normas sobre dichas materias; Que, la Trigesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, establece que la implementacion progresiva de la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral (SUNAFIL), se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2014, en lo que corresponde a la Primera, Tercera y Cuarta Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29981; Que, el Decreto Supremo N° 003-2013-TR, determina que la transferencia de competencias del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y los Gobiernos Regionales a la SUNAFIL, se realiza progresivamente y que para ello debe aprobarse el cronograma de transferencia, en el que se determine la fecha especifica del inicio de funciones de la SUNAFIL en cada jurisdiccion;

Que, dada la progresividad del MORDAZA de la implementacion de la SUNAFIL resulta conveniente, como parte del cronograma a que se refiere el numeral 1.1 del articulo 1 del Decreto Supremo N° 003-2013-TR, establecer la fecha de transferencia de las competencias ejercidas por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, que implica el inicio del ejercicio de las funciones de la SUNAFIL, las que estan referidas a las funciones como Autoridad Central del Sistema de Inspeccion del Trabajo a nivel nacional y el ejercicio de la funcion inspectiva en el ambito territorial de MORDAZA Metropolitana; Que, para la transferencia de las competencias en materia de fiscalizacion inspectiva y potestad sancionadora debe tenerse en cuenta lo establecido en el Decreto Supremo N° 015-2013-TR; Que, a traves de la Resolucion Ministerial N° 152-2013-TR, de fecha 26 de agosto del 2013, modificada por Resolucion Ministerial N° 225-2013-TR, de fecha 3 de diciembre del 2013, se conforma la Comision de Transferencia encargada de implementar, disenar, conducir, coordinar, supervisar y transferir las competencias del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a la SUNAFIL; Que, dicha comision tiene, entre otras funciones, la de disenar el Plan de Accion para la Transferencia, asi como el cronograma de transferencia de competencias del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a la SUNAFIL; Que, la Comision de Transferencia considerando las precisiones recogidas en la Sesion N° 05, de fecha 21 de febrero del 2014, aprobo el Cronograma de Transferencia consolidado presentado por la Secretaria Tecnica y determino la fecha de corte al 31 de marzo del 2014 para la transferencia de competencias del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a la SUNAFIL; Que, considerando lo MORDAZA senalado, corresponde expedir el dispositivo legal que aprueba la fecha de transferencia del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a la SUNAFIL y establece el inicio de las funciones como Autoridad Central del Sistema de Inspeccion del Trabajo a nivel nacional y el ejercicio de sus competencias inspectivas y sancionadoras en el ambito de MORDAZA Metropolitana, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1 del articulo 1 del Decreto Supremo N° 003-2013-TR; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del Secretario General, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos, del Jefe de la Oficina General de Administracion, del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Director General de Inspeccion de Trabajo; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, el Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la transferencia de competencias del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo a la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral, en aplicacion de lo establecido en la Ley N° 29981, la que se realiza al 31 de marzo del 2014. Articulo 2.- Establecer el 1 de MORDAZA del 2014 como fecha de inicio de funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalizacion Laboral ­ SUNAFIL, como Autoridad Central del Sistema de Inspeccion del Trabajo a nivel nacional y el ejercicio de sus competencias inspectivas y sancionadoras en el ambito de MORDAZA Metropolitana, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 0152013-TR. Articulo 3.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el MORDAZA del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (www.trabajo.gob.pe), correspondiendo este encargo al Jefe de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 1056130-1

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