Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2014 (04/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Republica de Colombia 1. Capitan de Corbeta 2. Capitan de Corbeta Republica de El MORDAZA 1. Capitan de Navio DEM MORDAZA MORDAZA MORDAZA Soriano Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1056699-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 142-2014-DE/ MORDAZA, 3 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 108 del 14 de febrero de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G. 500-0798 del 27 de febrero de 2014, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 4 al 16 de marzo de 2014, a fin de realizar una visita oficial a las instalaciones de la Base de Infanteria de MORDAZA en Ancon; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al Capitan de Infanteria MORDAZA MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, del 4 al 16 de marzo de 2014, a fin que realice una visita oficial a las instalaciones de la Base de Infanteria de MORDAZA en Ancon. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

El Peruano Martes 4 de marzo de 2014

se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1056699-2

ECONOMIA Y FINANZAS
Ratifican acuerdos adoptados por el Consejo Directivo de PROINVERSION, en virtud de los cuales se aprobo: i) la incorporacion al MORDAZA de promocion de la inversion privada del proyecto "Prestacion de Servicios de Seguridad Tecnologica en las Prisiones", ii) la modalidad de Promocion y iii) el Plan de Promocion de la Inversion Privada del referido proyecto
RESOLUCION SUPREMA N° 008-2014-EF MORDAZA, 3 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo N° 109-1-2013-IP Seguridad Tecnologica del Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y Servicios Publicos Sociales, Mineria, Saneamiento, Irrigacion y Asuntos Agrarios ­ PRO DESARROLLO, de fecha 23 de setiembre de 2013, ratificado por Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en Sesion de fecha 27 de setiembre de 2013, se acordo Declarar de Interes el proyecto contenido en la Iniciativa Privada "Prestacion de Servicios de Seguridad Tecnologica en las Prisiones", en el MORDAZA de lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1012 - Ley MORDAZA de Asociaciones Publico-Privadas para la generacion de empleo productivo y dicta normas para la agilizacion de procesos de promocion de la inversion privada y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 146-2008-EF; Que, mediante Acuerdo PROINVERSION N° 578-22014-CPD adoptado en Sesion N° 578 de fecha 13 de febrero de 2014, el Consejo Directivo de PROINVERSION acordo incorporar al MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada el Proyecto denominado "Prestacion de Servicios de Seguridad Tecnologica en las Prisiones", bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 1012 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 146-2008-EF; Que, asimismo, el acuerdo a que hace referencia el parrafo precedente acordo establecer que la modalidad de Promocion de la Inversion Privada para el mencionado Proyecto, sera la de un Contrato Innominado de Prestacion de Servicios, de conformidad con lo establecido en el Articulo 14º del Decreto Legislativo N° 1012 y lo previsto por el Articulo 1º del Decreto Supremo N° 146-2008-EF, modificado por Decreto Supremo N° 106-2011-EF; Que, mediante Acuerdo PROINVERSION N° 580-12014-CPD adoptado en Sesion N° 580 de fecha 20 de febrero de 2014, el Consejo Directivo de PROINVERSION acordo aprobar el Plan de Promocion de la Inversion Privada del Proyecto "Prestacion de Servicios de Seguridad Tecnologica en las Prisiones"; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1012, en concordancia con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 674, los acuerdos del Consejo Directivo de PROINVERSION referidos a los considerandos anteriores deben ser ratificados por Resolucion Suprema; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 674 y en el Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias y complementarias; y, Estando a lo acordado:

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