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El Peruano Martes 4 de marzo de 2014 518047 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car el Acuerdo PROINVERSIÓN N° 578-2-2014-CPD adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su Sesión N° 578 de fecha 13 de febrero de 2014, en virtud del cual se acordó incorporar al Proceso de Promoción de la Inversión Privada el Proyecto “Prestación de Servicios de Seguridad Tecnológica en las Prisiones”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 1012 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 146- 2008-EF; y se estableció que la modalidad de Promoción de la Inversión Privada para el mencionado Proyecto, será la de un Contrato Innominado de Prestación de Servicios, de conformidad con lo establecido en el Artículo 14º del Decreto Legislativo N° 1012 y lo previsto por el Artículo 1º del Decreto Supremo N° 146-2008-EF, modifi cado por Decreto Supremo N° 106-2011-EF. Artículo 2º.- Ratifi car el Acuerdo PROINVERSIÓN N° 580-1-2014-CPD adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, en su Sesión N° 580 de fecha 20 de febrero de 2014, mediante el cual se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto “Prestación de Servicios de Seguridad Tecnológica en las Prisiones”. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1056701-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban “Plan Operativo Informático 2014 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 048-2014-MIMP Lima, 28 de febrero de 2014 Vistos,los Memorandos ʋ 133-2014-MIMP-OGPP y ʋ 145-2014-MIMP-OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la Nota Nº 131-2014-MIMP/ OGA de la Ofi cina General de Administración,el Informe Nº 15-2014-MIMP/OGPP-OP-NUA de la Ofi cina de Planeamiento, el Informe Nº 101-2014-MIMP/OGPP-OPI de la Ofi cina de Presupuesto e Inversiones, y las Notas Nº 071-2014-MIMP/OGA-OTI y Nº 083-2014-MIMP/OGA- OTI eI nforme Técnico Nº 002-2014-MIMP/OGA-OTI de la Ofi cina de Tecnologías de la Información; CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, establece que las Ofi cinas Sectoriales de Estadística e Informática están encargadas de la producción y del servicio estadístico e informático en su Sector, además de coordinar, planear y supervisar las actividades que realizan los demás órganos estadísticos e informáticos; Que, por Resolución Ministerial Nº 19-2011-PCM, se aprobó como actividad permanente la “Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático - POI de las entidades de la Administración Pública” y su Guía de Elaboración, cuyo numeral 4.2, en su inciso b), dispone que la aprobación de la formulación, registro y evaluación del Plan Operativo Informático en las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local así como en los Organismos Autónomos, es realizada por la máxima autoridad de la entidad; Que, mediante Notas Nº 071-2014-MIMP/OGA-OTI y Nº 083-2014-MIMP/OGA-OTI e Informe Técnico Nº 002-2014-MIMP/OGA-OTI, la Ofi cina de Tecnologías de la Información ha remitidoel “Plan Operativo Informático 2014 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, el cual consolida los planes informáticos de las Unidades Ejecutoras 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF y 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS; Que, mediante Memorando Nº 133-2014-MIMP-OGPP la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuestohace suyo el Informe Nº 101-2014-MIMP/OGPP-OPI con el que la Ofi cina de Presupuesto e Inversiones sustenta el presupuesto programado para la aprobación del Plan Operativo Informático 2014 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a cuyo efecto se cuenta las certifi caciones de crédito presupuestario otorgadas con Nota ʋ 137-2014/INABIF-UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, y con Memorándum Nº 0142-2014-MIMP-PNCVFS/UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS; Que, asimismo, mediante Memorando Nº 145-2014- MIMP-OGPP la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 15-2014-MIMP/ OGPP-OP-NUA con el que la Ofi cina de Planeamiento expresa su conformidad respecto del Plan Operativo Informático 2014 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, el Plan Operativo Informático es un instrumento de gestión de corto plazo que permite defi nir las actividades informáticas de cada Unidad Ejecutora del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, por consiguiente, resulta necesario emitir el acto que apruebe el “Plan Operativo Informático 2014 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”; Con la visación de la Secretaría General, la Ofi cina General de Administración, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y la Ofi cina de Tecnologías de la Información; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1098 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y la Resolución Ministerial Nº 19-2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el “Plan Operativo Informático 2014 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Ofi cina de Tecnologías de la Información de la Ofi cina General de Administración es la responsable del seguimiento y evaluación del cumplimiento de los objetivos y metas considerados en el “Plan Operativo Informático 2014 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, debiendo informar de ello a la Secretaría General. Artículo 3º.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo - “Plan Operativo Informático 2014 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1056583-1