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El Peruano Viernes 7 de marzo de 2014 518422 Ordenanza que Regula la Ampliación de Vigencia de las Concesiones de Ruta Año 2008. CONSIDERANDO; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 194º de la Constitución Política del Perú modifi cada por la Ley de reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales son personas jurídicas de derecho público y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, consiguientemente están facultados a ejercer actos de gobierno y actos administrativos con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, de conformidad con el Art, 81 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece y faculta a las Municipalidades Provinciales a normar, regular el transporte público en su jurisdicción y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de rutas para el transporte de pasajeros, así como regular el transporte de carga e identifi car y establecer las vías y rutas establecidas para tal objeto; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº054-2008 la municipalidad ha regulado el Servicio Público de Transporte Urbano e Interurbano de Pasajeros en Ómnibus y otras modalidades pura la Provincia de Huaura, establece los procedimientos del otorgamiento de concesiones de ruta a las empresas de transporte; sin embargo esta ordenanza, se encuentra basada en el Decreto Supremo Nº 009- 2004- MTC, la cual fue derogada por el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC; Que, el artículo 52º numeral 52.6 del D.S. Nº 017- 2009-MTC “Reglamento Nacional de Administración del Transporte” señala que la autoridad competente de ámbito provincial podrá establecer la modalidad de autorización para prestar el servicio de transporte público de personas que se ajuste a su realidad”; Que, de acuerdo a la Sétima Disposición Complementaria del D.S. Nº 017-2009-MTC, señala que “...la autoridad competente de ámbito provincial aprobaran el Plan Regulador de Rutas y procederá a otorgar autorizaciones para la prestación del servicio de transporte de personas aplicando lo previsto en la citada norma”; Que, mediante el proceso de Licitación Pública de Rutas Nº 001-2008, se otorgó la buena pro a 27 Empresas de Transporte (Primera Convocatoria del 05 de Febrero del 2008), realizándose posteriormente una Segunda Convocatoria para 31 Empresas de Transporte (19 de Febrero del 2008), los cuales suscribieron el respectivo contrato de concesión por 03 años con vigencia hasta el 05.02.2011 y 19/10/2011; Que, mediante Ordenanza Municipal Provincial Nº 008-2011-MPH-H, publicada en la página institucional de la Municipalidad Provincial de Huaura - Huacho, se acordó Ampliar el Plazo de Vigencia de las Concesiones de Ruta Licitadas en la Primera Convocatoria del Proceso de Licitación Pública de Rutas Nº 001-2008, a fi n de igualar la vigencia de Concesión de Rutas de Transporte, Que, estando a lo expuesto, al Dictamen de la Comisión Ordinaria de Transporte e Infraestructura Vial, a las facultades conferidas en el artículo 20 Inc. 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 , el Concejo Provincial de Huaura aprobó con el voto mayoritario y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta siguiente Ordenanza Municipal; AMPLIAR EL PLAZO DE VIGENCIA DE LAS CONCESIONES DE RUTA Artículo Primero.- Ampliar el plazo de vigencia de las concesiones de ruta, otorgadas a las Empresas de Transportes Autorizadas en la Licitación Pública de Rutas del año 2008, hasta el 31 de Enero del 2012, a fi n de adecuar la Normativa Provincial actual al Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC. Artículo Segundo.- Ampliar la Vigencia de las Tarjetas de Circulación que posean vigencia 17 de Octubre del 2011, hasta el 31 de Enero del 2012; las Tarjetas de Circulación que posean vigencia anterior al 17 de Octubre del 2011, serán consideradas VENCIDAS O CADUCAS, estando sujetas a la fi scalización y sanción correspondiente. Artículo Tercero.- La Vigencia de la presente Ordenanza, tendrá validez Únicamente para los fi nes de Ampliación de Vigencia de Concesiones de Rutas Autorizadas en el Proceso de Licitación 2008. Artículo Cuarto.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaría. Gerencia de Transporte el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO MANDO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SANTIAGO CANO LA ROSA Alcalde Provincial 1058085-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN