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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2014 (07/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Viernes 7 de marzo de 2014 518417 gestión institucional que formaliza la estructura orgánica del Gobierno Regional de Tumbes, así como también las funciones que son desarrolladas por cada uno de estos órganos, así como las atribuidas a la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial, unidad especializada y encargada del Sistema Regional de Bienes Estatales dependiente de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial , cuya responsabilidad es la de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades públicas y privadas, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes inmuebles del estado a nivel Regional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia y contando con el Informe técnico del área especialista como lo es la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional es necesario que se emita el acto resolutivo que formalice la aprobación de dicha Directiva Regional Nº 001-2014/GOB. REG. TUMBES-GRPPAT-SGAT “PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN EN VENTA DIRECTA DE PREDIOS DE LIBRE DISPONIBILIDAD DE PROPIEDAD DEL GOBIERNO REGIONAL TUMBES, la misma coadyuvará a optimizar el uso y valor de los bienes inmuebles que se encuentren bajo la tutela y competencias del Gobierno Regional Tumbes. Que, contando con el visto de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Secretaria Regional General, Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial, y; En uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia Regional en virtud de lo normado al respecto en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales aprobada por ley Nº 27867, y su modifi catoria Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la DIRECTIVA REGIONAL Nº 001-2014/GOB. REG. TUMBES-GRPPAT- SGAT “PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN EN VENTA DIRECTA DE PREDIOS DE LIBRE DISPONIBILIDAD DE PROPIEDAD DEL GOBIERNO REGIONAL TUMBES”, por los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ESTABLECER, que la adjudicación en venta directa a favor de terceros por parte del Gobierno Regional de Tumbes, bajo la modalidad de venta directa o subasta pública de los bienes inmuebles de libre disponibilidad cuya titularidad y dominio han sido transferidas a favor del Gobierno Regional Tumbes, se viabilizará mediante Resolución Ejecutiva Regional, suscrita por el titular del pliego, una vez cumplido con los requisitos pre establecidos en la Directiva Regional Nº 001-2014/GOB. REG. TUMBES-GRPPAT-SGAT; así como encontrarse enmarcado dentro de las causales previstas en el Art 77º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y su modifi catoria D.S. Nº 002-2010- VIVIENDA, de la Ley Nº29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y contando con el Informe Técnico Legal Favorable de la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial, como unidad orgánica responsable. En cuanto a la subasta pública serán aplicables las normas especiales establecidas en la normatividad legal pertinente; asimismo, se establecerá que cualquier certifi cación o informe adicional podrá ser expedido por la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial, como unidad orgánica responsable. Artículo Tercero.- DISPONER, la rectificación de oficio de los asientos registrales de los bienes inmuebles de propiedad del estado en la jurisdicción del Gobierno Regional Tumbes, inscritos en la Oficina Registral de Tumbes, cuya titularidad y/o dominio se encuentren registrados a nombre de otras instituciones y/o dependencias estatales, de forma que la titularidad y dominio sobre los mismos quede registrada a nombre del Gobierno Regional Tumbes, en merito a lo dispuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Artículo Cuarto.- ESTABLECER, que los bienes inmuebles que van a ser transferidos mediante la modalidad de adjudicación en venta directa a favor de terceros, serán enajenados por el Gobierno Regional Tumbes, a un precio igual a la valorización de los mismos efectuada por un perito tasador de reconocida y acreditada experiencia, según sea el caso. El Gobierno Regional Tumbes, otorgara la escritura pública de transferencia a favor del respectivo adquirente. Artículo Quinto.- DISPONER, que, en aplicación de lo dispuesto en la Ley de Bases de la Descentralización aprobada por Ley Nº 27783 y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867, la Ofi cina Registral de Tumbes, adscrita a la Zona Registral Nº I de Piura, por el mérito de la presente Resolución procederá a dar cumplimiento a lo establecido en la Directiva Regional Nº 001-2014/GOB REG TUMBES- GRPPAT-SGAT. Artículo Sexto.- INDICAR, que los ingresos que se obtengan de la venta de los bienes inmuebles a que se refiere la presente resolución constituirán recursos del Gobierno Regional de Tumbes en un 97% y en 3% a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Artículo Séptimo.- NOTIFICAR, la presente Resolución a las ofi cinas competentes del Gobierno Regional Tumbes, y a la vez a la Ofi cina Registral de Tumbes, para los trámites respectivos Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. GERARDO FIDEL VIÑAS DIOSES Presidente Regional 1058081-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen la conformidad de la Res. Nº 304-2013-SGCHU-GDU/MDSMP, expedida por la Municipalidad de San Martín de Porres RESOLUCIÓN Nº 014-2014-MML-GDU-SPHU Lima, 4 de febrero de 2014 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 19685-2014, de fecha 14 de enero de 2014, la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución de Subgerencia Nº 304-2013-SGCHU-GDU/ MDSMP, de fecha 19 de noviembre de 2013, que aprueba la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada con zonifi cación Residencial de Densidad Media “R-4” del terreno de 30,000.00 m2, constituido por el Lote 11 del Fundo Chuquitanta, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Las Gardenias de la Pradera, del distrito de San Martin de Porres, Provincia y Departamento de Lima, solicitada por la empresa denominada ASL & Hijos S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, a través del Expediente Nº 19685-2014, de fecha 14 de enero de 2014 (fs. 01 al 449), la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, remite copia certifi cada de la Resolución de Subgerencia Nº 304-2013-SGCHU- GDU/MDSMP, de fecha 19 de noviembre de 2013 (fs. 434 al 437), que resuelve Aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para uso Residencial de Densidad Media “R-4” del terreno de 30,000.00 m2, constituido por el Lote 11 del Fundo Chuquitanta, inscrito en la Ficha Registral Nº 343269 y su continuación en la Partida Electrónica Nº 43719696 del Registro de Propiedad Inmueble –SUNARP, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Las Gardenias de