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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2014 (07/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 39

El Peruano Viernes 7 de marzo de 2014 518405 AMSV-ODECMA-CSJL de fecha 22 de enero del presente, remitido por la Jefatura de la Unidad Desconcentrada de Defensoría al Usuario Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 026-2013-J-ODECMA-CSJLI/PJ, de fecha dos de abril del presente año, se implementó el Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA de Lima, el cual consiste en instalar en forma temporal e itinerante módulos de atención para recibir y tramitar las quejas verbales, denuncias y/o reclamos de los ciudadanos en sedes judiciales periféricas, dependencias jurisdiccionales que se encuentren alejadas de la Sede Principal y tengan mayor afl uencia de usuarios y mayor recurrencia de quejas o aquellas en las que sea necesario habilitar dichos módulos de atención para garantizar un servicio de atención oportuno y efi caz a los reclamos, el que se realizará directamente por el Magistrado Contralor, acercándose el Órgano de Control a la población de dichas zonas, con el consiguiente ahorro de tiempo y costo que ello conlleva si se trasladara el litigante a la Sede Central. Segundo.- Por Resolución Administrativa N° 035-2013- J-ODECMA-CSJLI/PJ, de fecha veintiséis de abril del año 2013, se estableció el primer rol del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de esta Ofi cina Desconcentrada de Control, instalándose módulos de atención inmediata, en determinado día y en forma continua, en ocho sedes periféricas de esta Distrito Judicial, mientras se mantenga la alta incidencia de reclamos, encargándose a los Magistrados para recabar y tramitar las quejas verbales, denuncias y/o reclamos de los ciudadanos propendiendo a dar solución inmediata, Tercero.- Estando al inicio del presente año judicial, y conforme a lo señalado por la Unidad de Defensoría del Usuario Judicial, corresponde darle continuidad al Programa en mención, del cual se ha advertido gran aceptación por parte del público y gran ayuda para la función preventiva de esta ofi cina de control, Por tales consideraciones, en mérito a las facultades previstas y otorgadas por el inciso 1) del artículo 13º del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- ESTABLECER el Segundo Rol del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA de Lima para el presente año judicial 2014, mediante el cual los Magistrados Contralores se constituirán a las Sedes Judiciales de la Corte de Lima abajo descritas, a efectos de recabar y tramitar las quejas verbales, denuncias y/o reclamos de los ciudadanos, propendiendo a dar solución inmediata conforme a la programación señalada en el siguiente cuadro: PROGRAMACIÓN DE INSTALACIÓN DE MÓDULOS DE QUEJAS VERBALES ITINERANTES DE LA ODECMA DE LIMA PARA EL AÑO 2014 N° MAGISTRADO DIAS HORA SEDES JUDICIALES 1 Gisselle Yolanda Cuzma Cáceres Lunes 8am - 1pm Juzgados de Paz Letrado de Lince y San Isidro 2 Gastón Alejandro Adrianzen García Martes 8am - 1pm Juzgados y Salas Comerciales 3 Rocío Gómez Cunya Martes 8am - 1pm Juzgados de Paz Letrado de Surco y San Borja 4 Carlos Charapaqui Poma Martes 8am - 1pm Juzgados y Salas de San Juan de Lurigancho Sede “Las Flores” 5 Yanina Solano Jaime Miércoles 8am - 1pm 6 Elizabeth Lourdes Minaya Huayaney Miércoles 8am - 1pm Juzgados de Paz Letrado de Chorrillos 7 Guillermo Vicente Solano Chumpitaz Martes 8am - 1pm Juzgados y Salas de San Juan de Lurigancho) Sede “Polonia - Av. Wiese” Segundo.- ENCARGAR a la Juez Superior Jefa de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial, continúe efectuando las coordinaciones que resulten necesarias para garantizar la efi ciencia del presente programa, debiendo informar a la Jefatura de la ODECMA de Lima en forma mensual respecto de desarrollo de dicho programa, coordinando con la Jefatura de la Unidad de Investigaciones y Visitas a fi n de desplegar acciones que no afecten el programa de visitas judiciales que lleva adelante dicha Unidad Desconcentrada. Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Jefatura Suprema de la Ofi cina de Control de la Magistratura, Presidencia del Consejo Ejecutivo Distrital, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Unidades Desconcentradas y Magistrados de la ODECMA; ofi ciándose para su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Publíquese, regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE ANTONIO PLASENCIA CRUZ Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA 1058455-1 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Provincial de Chepén, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 103-2014-JNE Expediente N.º J-2013-1467 CHEPÉN - LA LIBERTAD Lima, trece de febrero de dos mil catorce VISTO el Ofi cio N.º 5816-2013-S-SPPCS, recibido el 30 de octubre de 2013, remitido por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República en el que se adjunta la ejecutoria suprema, de fecha 27 de marzo de 2013, recaída en el Recurso de Nulidad N.º 1990 -2012. ANTECEDENTES El 18 de abril de 2012, la Sala Penal Especializada Permanente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad condenó a Ofronio Wilfredo Quesquén Terrones, alcalde inhabilitado de la Municipalidad Provincial de Chepén, departamento de La Libertad, como autor del delito contra la Administración Pública en la modalidad de peculado, en agravio de dicha comuna edil y del Estado, y se le impuso la pena de cuatro años de pena privativa de libertad, suspendida en su ejecución por el plazo de tres años, e inhabilitación por el tiempo de un año. La resolución antes mencionada fue objeto de recurso de nulidad, elevándose los autos a la Corte Suprema de Justicia de la República. Al respecto por medio del Ofi cio N.º 5816-2013-S-SPPCS, remitido en fecha de 30 de octubre de 2013, por la Secretaría de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República (fojas 1114 a 1125 del Expediente N.º J- 2012-867), se pone en conocimiento de este Supremo Tribunal Electoral que el medio impugnatorio interpuesto por Ofronio Wilfredo Quesquén Terrones fue resuelto, en fecha 27 de marzo de 2013, declarando la Sala Suprema Penal Permanente No Haber Nulidad en la sentencia condenatoria antes aludida. Respecto al procedimiento seguido ante el Concejo Provincial de Chepén, es de destacar que por medio del