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El Peruano Viernes 7 de marzo de 2014 518420 De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 29090 - de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su modifi catoria Ley Nº 29898 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 008- 2013-VIVIENDA; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con un área de 372,365.20 m², terreno constituido por el Lote A del ex Fundo Naranjal e inscrito en la Ficha N° 1176954, continuada en la Partida Electrónica Nº 46235452 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, sobre el cual se localiza la Asociación de Vivienda Virgen del Rosario, ubicado en nuestra jurisdicción, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de la Habilitación Urbana de conformidad con el Plano signado con el Nº 002-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP, Plano de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano Catastral y Memoria Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE ÁREAS Área Bruta Total 372,365.20 m2 Área para Recreación Pública 28,603.25 m2 Parque Pablo Neruda 4,080.00 m2 Parque La Amistad 6,212.00 m2 Parque La Gruta 4,891.00 m2 Parque Virgen del Rosario 2,613.60 m2 Parque Daniel Alcides Carrión 2,700.00 m2 Parque Manuel Scorza 3,286.65 m2 Parque El Triángulo 4,820.00 m2 Área del Ministerio de Educación 7,527.50 m2 Área Excluída de Habilitación 9,999.35 m2 Área de Compensación 3,703.00 m2 Área de Vías Metropolitana 9,950.40 m2 Área de Servicios Públicos Complementarios 2,612.50 m2 Salud 1,916.50 m2 Capilla 696.00 m2 Áreas de Vías Locales 105,500.00 m2 Área Útil (1,295 Lotes) 204,468.26 m2 Artículo Tercero.- DISPONER la Independización e inscripción en la SUNARP, a favor del Estado, el Aporte destinado a Recreación Pública, constituido por los Parques El Triángulo (4,820.00 m2), Manuel Scorza (3,286.65 m2), Virgen del Rosario (2,613.60 m2), Daniel Alcides Carrión (2,700.00 m2), De la Amistad (6,212.00 m2), La Gruta (4,891.00 m2) y Pablo Neruda, (4,080.00 m2), que suma un área de 28,603.25 m²; y las áreas de Servicios Públicos Complementarios correspondiente a Salud (1,916.50 m2) y Capilla (696.00 m2) a favor de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Cuarto.- REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia certifi cada de la resolución municipal, Memoria Descriptiva y de los Planos de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano Catastral y Plano de Lotización N° 002-2014-SGCyHU- GDU-MDSMP, para su conocimiento. Artículo Quinto.- HACER DE CONOCIMIENTO la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales –SBN - y al Ministerio de Educación, para los fi nes que correspondan. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano”, en un plazo que no debe exceder los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Habilitación Urbana de Ofi cio. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico para que, de acuerdo a sus competencias, incorporen la Habilitación Urbana de Ofi cio a que se refi ere el artículo Primero de la presente resolución, al Plano Urbano del distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en el Registro de Contribuyentes de esta corporación municipal. Artículo Octavo.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acto administrativo a la parte interesada e instancias administrativas que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 1057769-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Amplían plazo de vigencia de las concesiones de ruta otorgadas a empresas de transporte favorecidas en la Licitación Pública de Rutas N° 001-2008 (Primera Convocatoria) (Se publica las presentes Ordenanzas a solicitud de la Municipalidad Provincial de Huaura, mediante Ofi cios Nºs. 93 y 94-2014-ALC/MPH, recibidos el 6 de marzo de 2014) ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL N° 008-2011 Huacho, 27 de abril de 2011. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO El Concejo Municipal de la Provincia de Huaura, en sesión Ordinaria de fecha 27 de Abril; y Visto, el Dictamen N° 001-2011/COTEIV.MPH de la Comisión Ordinaria de Transporte e Infraestructura Vial, Proveído Legal No. 408-2011-OAJ/MPH de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, Informe No. 096-2011- GT/MPHH de la Gerencia de Transporte, referente al Proyecto de Ordenanza que Regula la Ampliación de vigencia de las Concesiones de Ruta año 2009. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo determinado en el Articulo 194º de la constitución Política del Perú, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Órganos del gobierno local, tienen autoridad política y económica en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad al Artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, las municipalidades en materia de tránsito, vialidad y transporte público, ejercen la función de normar, regular el transporte público en su jurisdicción y otorgar las correspondientes licencias y concesiones de rutas para el transporte de pasajeros, así como regular el transporte de carga e identifi car y establecer las vías y rutas establecidas para tal objeto. Que, el Artículo 52º numeral 52.6 del D.S. Nº 017- 2009-MTC “Reglamento Nacional de Administración del Transporte” señala que la autoridad competente de ámbito provincial podrá establecer la modalidad de