Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2014 (08/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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El Peruano Sabado 8 de marzo de 2014

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Otorgan beneficios tributarios a favor de contribuyentes del distrito para el ejercicio 2014
ORDENANZA Nº 002-2014-MDLP La MORDAZA, 3 de Marzo del 2014 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha; 03 de Marzo del 2014; El Dictamen de la Comision Ordinaria de Administracion, Economia y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza respecto a establecer un regimen de Beneficios Tributarios para el ejercicio 2014. CONSIDERANDO: Que, conforme alArticulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Consejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna. Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del T.U.O. del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013/EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, y exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley. Que, el Articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal establece que, los gobiernos locales no tienen limitacion alguna para exonerar, modificar o suprimir arbitrios que se encuentren bajo su administracion. Que, es politica de la actual administracion municipal incentivar el pago oportuno de los tributos que administra, siendo necesario adoptar medidas que beneficien a los contribuyentes para que cumplan oportunamente con el pago de sus obligaciones tributarias ante la Municipalidad de La Perla; y asimismo a contribuyentes que deben pagar con un descuento especial por su singular condicion lo cual se precisa en la presente Ordenanza. Que, mediante Oficio Nº 016 -2014-ALC-MDLP, el Despacho de Alcaldia remite a la Presidenta de la Comision Ordinaria de Administracion Economia y Presupuesto, la documentacion para la emision del dictamen respectivo; Que, mediante dictamen la Comision de Administracion Economia y Presupuesto, emite opinion favorable de aprobar el Proyecto de Ordenanza respecto a establecer un regimen de Beneficios Tributarios para el ejercicio 2014 estando con la opinion de la Gerencia de Administracion Tributaria mediante Memorandum Nº 094-2014-GATMDLP, de la Gerencia Planeamiento y Presupuesto mediante el Memorandum Nº 040-2014-GPYP-MDLP, de la Gerencia de Asesoria Juridica mediante el Informe Nº 067-2014-GAJ/MDLP y la Gerencia Municipal mediante el Informe Nº 027 -2014-GM-MDLP; Estando a lo expuesto y, de conformidad a lo establecido por el Articulo 9º numeral 9º, Articulos 38º, 39º, y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME de los Senores (as) Regidores (as), con dispensa de lectura y aprobacion del Acta, se ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Otorguese a favor de los contribuyentes de la Jurisdiccion del Distrito de La MORDAZA los siguientes Beneficios Tributarios para el ejercicio 2014 segun se detallan: 1.- Los contribuyentes del Distrito de La MORDAZA, obtendran un descuento del 25% en el pago de sus arbitrios municipales de Barrido de calles, Recoleccion de Residuos Solidos; Parques y Jardines; y Serenazgo,

siempre y cuando paguen al contado el total anual o dentro de la fecha de vencimiento de cada cuota mensual. 2.- Los contribuyentes que cancelen el monto total anual del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del presente ejercicio, hasta la fecha de vencimiento para el pago del Primer Trimestre del Impuesto Predial hasta el 31.03.2014, tendran un descuento adicional al 10% calculado sobre el saldo que se refiere el numeral 1 del articulo primero de la presente Ordenanza. 3.- Los contribuyentes que cuenten con la cancelacion Total del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales de anos anteriores y cancelen el monto total anual del impuesto predial y arbitrios municipales del presente ejercicio hasta la fecha de vencimiento para el pago del Primer Trimestre del Impuesto Predial hasta el 31.03.2014, tendran un descuento adicional al 20% calculado sobre el saldo que se refiere el numeral 1 del articulo primero de la presente Ordenanza. 4.- Los propietarios, con un solo predio con uso de vivienda y, que dentro de su propiedad exista un anexo declarado con uso de comercio, o servicio pagaran el total del monto acotado por los arbitrios de mayor monto, siendo condonados la acotacion de los arbitrios de menor monto. Asi mismo contaran con el beneficio establecido en los numerales 2 y 3. 5.- Los Centros educativos Estatales, Centros de Salud pertenecientes al Estado, Comisarias, predios de uso y propiedad de la Policia Nacional del Peru, tendran un descuento del 100% en el pago de arbitrios municipales de Barrido de Calles; Recoleccion de Residuos Solidos Parques y Jardines y Serenazgo. 6.- Los predios que se encuentran en estado ruinoso, debidamente verificado y previo informe de la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro, tendran un descuento del 100% en el pago de los arbitrios municipales. 7.- Condonese los arbitrios de Barrido de Calles; Recoleccion de Residuos Solidos; Parques y Jardines; y Serenazgo a los anexos declarados con uso de Estacionamientos, Azoteas, Depositos, Tendales, aires y Area de Servicio. 8.- Los pensionistas que cuenten con una sola MORDAZA habitacion y que como anexo adicional tenga declarado otro uso de Estacionamiento, Azoteas, Depositos, Tendales, aires y areas de servicios, seran considerados como MORDAZA habitacion, para la aplicacion de los beneficios, correspondiendoles el descuento del 70%. 9.- Los predios destinados a MORDAZA, templos, Conventos y Monasterios tendran un descuento del 100% en el pago de Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recoleccion de Residuos Solidos, Parques y Jardines y Serenazgo. 10.- Las personas discapacitadas que no MORDAZA pensionistas, y que MORDAZA titulares de un inmueble dedicado exclusivamente a MORDAZA HABITACION pagaran sus Arbitrios con un 50% de descuento. Asi mismo contaran con el beneficio establecido en los numerales 2 y 3. Articulo Segundo.- Autorizar al Sr. MORDAZA para que por Decreto de Alcaldia amplie, los Beneficios Otorgados en la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicacion de la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Encarguese a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1058567-1

Establecen beneficio temporal para que contribuyentes del distrito cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias pendientes de pago, por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
ORDENANZA Nº 003-2014-MDLP La MORDAZA, 3 de Marzo del 2014

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