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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2014 (08/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 50

El Peruano Sábado 8 de marzo de 2014 518472 correspondiente que autorice al Procurador Público Regional para el inicio de las acciones legales contra el señor Amarildo Roberto Samamé Leyva, por la presunta comisión del delito contra la fe pública, en agravio del Estado. En cumplimiento del artículo 78º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, Inc. 2 del artículo 23º del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, artículo 38º del Decreto Supremo Nº 017- 2008-JUS “Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1068 del Sistema de Defensa Jurídica del Estado”, que estipula que para iniciar cualquier proceso en nombre y representación del Gobierno Regional, el Procurador Público Regional deberá contar con autorización por Resolución Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales; En uso de las atribuciones conferidas por Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales aprobada por Ley Nº 27867 y su modifi catoria Ley Nº 27902, concordante con el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Lambayeque, aprobado por Ordenanza Regional Nº 009-2011-GR.LAMB/CR, de fecha 20 de abril de 2011, y contando con el visto de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al señor Procurador Público Regional a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional de Lambayeque, Abogado Enrique Eduardo Salazar Fernández, para que en nombre y representación del Estado, inicie e impulse las acciones legales que correspondan contra el señor Amarildo Roberto Samamé Leyva, por la presunta comisión del delito contra la fe pública y demás ilícitos aplicables, de ser el caso, en atención a los considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.- REMITIR los antecedentes del caso al indicado Procurador Público Regional a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional Lambayeque, para los fi nes a que se contrae en la presente Resolución. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano“ además en el portal Institucional www.regionlambayeque.gob.pe en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley Nº 29091. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUMBERTO ACUÑA PERALTA Presidente Regional 1058366-3 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican la Ordenanza Nº 359-MDSMP de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres ACUERDO DE CONCEJO Nº 400 Lima, 25 de febrero de 2014 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de febrero del 2014, el Ofi cio Nº 001-090-00007340 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria - SAT, adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº 359-MDSMP de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2014. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios con carácter de Declaración Jurada y, la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitió el Informe Técnico Legal N° 264- 181-00000136 opinando que procede la ratifi cación solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio de 2011, debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales institucionales; Que, los ingresos que la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres prevé percibir, producto de la emisión mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales, cubren el 99.53% de los costos incurridos. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria - SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en el Dictamen Nº 45-2014-MML/CMAEO. ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 359- MDSMP de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2014, dado que cumple con las disposiciones técnicas y legales establecidas en el marco legal para su aprobación y vigencia. Artículo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación; así como del texto íntegro de la Ordenanza Nº 359-MDSMP y sus anexos que contienen los cuadros de estructura de costos y de estimación de ingresos. La aplicación de la Ordenanza materia de la ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria - SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del Servicio de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1058831-1 Ratifican la Ordenanza N° 266 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho ACUERDO DE CONCEJO Nº 406 Lima, 25 de febrero de 2014 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de febrero del 2014, el Ofi cio Nº 001-090-00007347 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza N° 266 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2014.