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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2014 (25/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Martes 25 de marzo de 2014 519475 de la alianza estratégica entre Europa y América Latina, y el rol de la cooperación entre ambas a partir de las lecciones del Programa EUROsociAL. Asimismo, en el mencionado encuentro se mostrarán los avances y se pondrá en valor las características distintivas de referido programa; así como, contribuir al debate sobre la nueva agenda de la cooperación europea con America Latina; correspondiendo al Poder Judicial asumir los gastos no cubiertos por los organizadores. En consecuencia; el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus facultades delegadas mediante Resolución Administrativa N° 003-2009-CE-PJ, de fecha 9 de enero de 2009. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del doctor Víctor Lucas Ticona Postigo, Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, del 22 al 26 de marzo del año en curso, a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, para que participe en el Encuentro “Apoyando Políticas, Conectando Instituciones. Dialogo Euro-Latinoamericano de Políticas para la Cohesión Social”. Concediéndosele licencia con goce de haber del 24 al 26 de los corrientes. Artículo Segundo.- Los gastos de viáticos, traslado e instalación y Asiscard, estarán a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1 080.00 Gastos de Traslado e Instalación US$ 1 080.00 Asiscard US$ 17.20 Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Juez Supremo designado; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1066029-1 Modifican la Res. Adm. N° 010-2014- CE-PJ RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 048-2014-CE-PJ Lima, 29 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 010-2014-CE-PJ, de fecha 7 de enero del presente año, se dictaron, entre otras medidas, pautas para el funcionamiento de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República, en el caso de procesos con el nuevo ordenamiento procesal penal. Segundo. Que el artículo 450° del nuevo Código Procesal Penal establece reglas específi cas para la incoación del proceso penal por delitos de función atribuidos a altos funcionarios públicos; por lo que resulta pertinente modifi car el artículo tercero de la mencionada resolución administrativa, a fi n que los procesos penales referidos a esta materia se tramiten adecuadamente. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 088-2014 de la cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, sin la intervención del señor Lecaros Cornejo por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 010-2014-CE-PJ, de fecha 7 de enero del año en curso, en los siguientes términos: “Artículo Tercero.- Disponer que en todos los procesos penales tramitados conforme a las normas del Código Procesal Penal de 2004, el juzgamiento sea de competencia de la Sala Penal Especial, órgano colegiado, integrado por los tres Jueces Supremos menos antiguos de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República. En ningún caso integrará la Sala Penal Especial el juez designado como Juez Supremo de la Investigación Preparatoria”. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia del país y la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. S. JAVIER ENRIQUE MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1066029-2 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Reiteran el uso voluntario de la casilla electrónica para la notificación de resoluciones judiciales en la Corte Superior de Justicia de Lima, de acuerdo al Art. 3º de la Res. Adm. N° 356-2009-CE-PJ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Consejo Ejecutivo Distrital RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 08-2014-CED-CSJLI/PJ Lima, 6 de marzo del 2014 VISTOS: El Ofi cio Nº 020-2014-PPR-C. Comercial/PJ de fecha 21 de Febrero del 2014 remitido por el Responsable Técnico del Poder Judicial Programa Presupuestal “Celeridad de los Procesos Judiciales en materia Civil- Comercial” puesto a opinión del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima y, el acta del Consejo Ejecutivo Distrital sesionada en la fecha. CONSIDERANDO: Primero.- Que, el proceso judicial tiene por fi nalidad resolver un confl icto de intereses o eliminar una incertidumbre ambas con relevancia jurídica, debiendo el Juez tomar las medidas necesarias para lograr una pronta y efi caz solución del confl icto en aplicación de los principios de inmediación, concentración, economía y celeridad procesales conforme lo dispone el artículo V del Título Preliminar del Código Procesal Civil. Segundo.- Que, conocer oportunamente el contenido de las resoluciones judiciales mediante el rápido acto de notifi cación es un elemento clave en la mejora del servicio de justicia brindando transparencia y celeridad al