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El Peruano Martes 25 de marzo de 2014 519467 Autorizan viaje de Oficiales EP a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 123-2014-DE/EP Lima, 24 de marzo de 2014 VISTO: Hoja de Recomendación Nº 001/DIRAC/ SDERPUB/03.00 de marzo de 2014, de la Dirección de Asuntos Civiles del Ejército. CONSIDERANDO: Que, con Fax Nº 57-2014 MINDEF/VPD/B/01.d del 13 de marzo de 2014, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, hace de conocimiento que la XXV Reunión de Programas Antárticos Latinoamericanos (RAPAL), se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, en el período comprendido del 25 al 28 de marzo de 2014; motivo por el cual, solicita la designación de representantes del Ejercito del Perú y la Marina de Guerra del Perú, quienes participarán del mencionado evento; Que, con el documento del visto, el General de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó la designación del Coronel EP Marco Antonio COLOME ELENO y del Mayor EP Oscar Eduardo CHANG PILLACA, para que participen en la XXV Reunión de Programas Antárticos Latinoamericanos (RAPAL), a realizarse en la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, del 25 al 28 de marzo de 2014; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al personal militar antes mencionado, para que participen en la XXV Reunión de Programas Antárticos Latinoamericanos (RAPAL); por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio del Ejército el Perú y coadyuvarán en el cumplimiento de uno de los objetivos institucionales; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del año fi scal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal militar durante la totalidad de la citada actividad, es necesario autorizar su retorno al país un (01) día posterior al término de la misma, sin que irrogue gasto adicional al estado; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2014; Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modifi catorias; el Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al Coronel EP Marco Antonio COLOME ELENO, identifi cado con DNI Nº 43660809 y CIP Nº 111278300 y al Mayor EP Oscar Eduardo CHANG PILLACA, identifi cado con DNI Nº 10693109 y CIP Nº 120408400, para que participen en la XXV Reunión de Programas Antárticos Latinoamericanos (RAPAL), a realizarse en la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, del 25 al 28 de marzo de 2014, así como autorizar su retorno al país el 29 de marzo del 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del AF- 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima – Buenos Aires (República Argentica) – Lima (Clase económica) US$ 1,800.00 x 02 personas (INCLUYE TUUA) US$ 3,600.00 Viáticos US$ 370.00 x 04 días x 02 personas US$ 2,960.00 Total a pagar: US$ 6,560.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El personal militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, el personal militar dentro del mismo plazo, efectuará la sustentación de viáticos conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 5º.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1066367-6 Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de los EE.UU., Paraguay y Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 205-2014-DE/SG Lima, 24 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 158 del 3 de marzo de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G. 500- 0978 del 11 de marzo de 2014, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 26 al 28 de marzo de 2014, a fi n de participar en el Simposio Internacional organizado por la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899,