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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2014 (30/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Domingo 30 de marzo de 2014 519968 Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establecen que los Reglamentos de Organización y Funciones de los Organismos Públicos, se aprueban por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia de Consejos de Ministros; En uso de la facultad conferida por el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1128 - Decreto Legislativo que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM - Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las entidades de la Administración Pública; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, que consta de cuatro (04) Títulos, siete (07) Capítulos, cuatro (04) Sub Capítulos, cincuenta y tres (53) Artículos y un Anexo, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Formulación del Cuadro para Asignación de Personal Facúltese a la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas a formular su Cuadro para Asignación de Personal, en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones que se aprueba con el presente Decreto Supremo, en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la fecha de vigencia del presente Decreto Supremo. La formulación del Cuadro para Asignación de Personal observará las disposiciones emitidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR). Artículo 3º.- Implementación del Reglamento de Organización y Funciones Facúltese a la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, a disponer las acciones necesarias para la implementación de su Reglamento de Organización y Funciones. Artículo 4º.- Financiamiento El gasto que genere la implementación del presente Decreto Supremo se fi nanciará con cargo al presupuesto institucional del pliego Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS ÍNDICE TÍTULO I : DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Capítulo I : Naturaleza Jurídica Capítulo II : Competencia, Funciones y Base Legal TÍTULO II : DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS Capítulo I : Estructura Orgánica Capítulo II : De los Órganos de la Alta Dirección Capítulo III : Del Órgano de Control Institucional Capítulo IV : De los Órganos de Administración Interna Capítulo V : De los Órganos de Línea TÍTULO III : RELACIONES TÍTULO IV : DEL RÉGIMEN LABORAL Y RECURSOS DE LA AGENCIA ANEXO : ORGANIGRAMA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Artículo 1°.- De la Naturaleza Jurídica La Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa, con personería jurídica de derecho público, con autonomía funcional, económica y administrativa, constituyendo pliego presupuestal. CAPÍTULO II COMPETENCIA, FUNCIONES Y BASE LEGAL Artículo 2º.- Ámbito de competencia La Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas tiene competencia para planifi car, organizar y ejecutar el Plan Estratégico de Compras, así como los procesos de contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías en el ámbito operativo, establecidos en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1128, requeridas por las siguientes Unidades Ejecutoras y órganos del Sector Defensa: a) Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. b) Ejército del Perú. c) Marina de Guerra del Perú. d) Fuerza Aérea del Perú. e) Escuela Nacional de Marina Mercante. f) Comisión Nacional de Desarrollo e Investigación Aeroespacial. g) Ofi cina Previsional de las Fuerzas Armadas. h) Otras que se disponga mediante Decreto Supremo. Artículo 3°.- Funciones Generales de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas La Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas tiene las siguientes funciones generales: a) Elaborar el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa, en base a la determinación de las necesidades de bienes, servicios, obras y consultorías que presentan los órganos bajo su ámbito de competencia. El Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa será aprobado por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Defensa. b) Ejecutar las diferentes etapas de los procesos de contratación que se encuentren a su cargo, tanto en el mercado nacional como en el mercado extranjero, según corresponda. Se incluyen las contrataciones de Gobierno a Gobierno requeridas por las Fuerzas Armadas, en concordancia con lo dispuesto en el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa. c) Proponer, para su aprobación mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Defensa, con voto