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El Peruano Domingo 30 de marzo de 2014 519981 el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- El personal militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- El personal militar revistará en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure la misión de estudios. Artículo 7º.- El personal militar está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad y retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8º.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1068538-3 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 128-2014-DE/MGP Lima, 29 de marzo de 2014 Visto, el Ofi cio P.200-0676 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 10 de marzo de 2014; CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo de Cooperación entre la Prefectura Naval Argentina y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, contempla en el artículo 3º la designación de Ofi ciales de Enlace para que cumplan funciones en la Ofi cina de Asuntos Internacionales; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2014, el viaje de UN (1) Ofi cial Superior para que se desempeñe como Ofi cial de Enlace en la Secretaría de Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 31 de marzo al 31 de diciembre de 2014; Que, la designación del Capitán de Fragata Henyer Aristóteles DÍAZ Romero, para que se desempeñe como Ofi cial de Enlace en la Secretaría de Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina, responde a los compromisos bilaterales de cooperación mutua asumido por nuestro país con el objeto de fomentar e incrementar las medidas de confi anza mutua entre Instituciones Armadas del Perú con las de otros países; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Henyer Aristóteles DÍAZ Romero, para que se desempeñe como Ofi cial de Enlace en la Secretaría de Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 31 de marzo al 31 de diciembre de 2014; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Autoridad Marítima Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23º de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005- DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-DE, de fecha 2 de octubre de 2013; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778- 2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024- 2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Henyer Aristóteles DÍAZ Romero, CIP. 00967233, DNI. 16712882, para que se desempeñe como Ofi cial de Enlace en la Secretaría de Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, a partir del 31 de marzo al 31 de diciembre de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: