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El Peruano Domingo 30 de marzo de 2014 519984 Móviles por Satélite (IMSO), la misma que se efectuará en la sede de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 3 al 11 de abril de 2014; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2014, la designación y autorización de viaje de UN (1) Ofi cial Superior, para que participe en la mencionada reunión; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío SGC. Jorge Enrique VARGAS Guerra, para que participe en el 34º Periodo de Sesiones del Comité Consultivo de la Organización Internacional de Telecomunicaciones Móviles por Satélite (IMSO), a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 3 al 11 de abril de 2014; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Autoridad Marítima Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, asimismo, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora N° 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024- 2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío SGC. Jorge Enrique VARGAS Guerra, CIP. 00812250, DNI. 32971994, para que participe en el 34º Periodo de Sesiones del Comité Consultivo de la Organización Internacional de Telecomunicaciones Móviles por Satélite (IMSO), a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 3 al 11 de abril de 2014; así como, autorizar su salida del país el 1 y su retorno el 12 de abril de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo: Lima - Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) - Lima US$ 2,500.00 US$ 2,500.00 Viáticos: US$ 540.00 x 9 días US$ 4,860.00 -------------------- TOTAL A PAGAR: US$ 7,360.00 Artículo 3°.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Ofi cial Superior designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1068540-4 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor de las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales, para equipamiento en el marco de los Programas Presupuestales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 DECRETO SUPREMO Nº 075-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprobó, entre otros, el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 21 de la Ley citada en el considerando precedente dispone que el pliego Ministerio de Salud transfi ere hasta el monto de CIENTO VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 120 000 000,00), con cargo a su presupuesto institucional, a las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales, para equipamiento en el marco de los programas presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, y Enfermedades No Transmisibles; Que, asimismo, el referido artículo 21 establece que para efecto de su aplicación las modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional se realizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a solicitud de este último, previa aprobación por parte del Ministerio de Salud de un plan de equipamiento de los establecimientos de salud a cargo de los Gobiernos Regionales, a más tardar el 30 de marzo de 2014; Que, con Resolución Ministerial Nº 152-2013/MINSA se aprobaron 25 Planes Regionales de Equipamiento de Establecimientos de Salud, en el marco de los Programas