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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2014 (30/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Domingo 30 de marzo de 2014 519969 aprobatorio del Consejo de Ministros la lista general de contrataciones de acuerdo a lo establecido en el literal d) del artículo 20° de la Ley de Contrataciones del Estado. d) Proponer, para su aprobación mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Defensa, la lista general de contrataciones consideradas estratégicas en materia de Seguridad y Defensa Nacional, que sean efectuadas a través de contratos internacionales o de Gobierno a Gobierno. e) Formular, actualizar y aprobar Directivas, Manuales u otros instrumentos análogos, para los procesos de contratación que estén a su cargo y/o de los órganos bajo su ámbito de competencia, las cuales serán de aplicación supletoria a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. f) Desarrollar estrategias de apoyo logístico que requieran los órganos bajo su ámbito de competencia. g) Homogeneizar y estandarizar las especifi caciones técnicas de los bienes y servicios objeto de las contrataciones del sector Defensa, en coordinación con los órganos bajo su ámbito de competencia. h) Desarrollar e implementar lineamientos y procedimientos para la catalogación de bienes y servicios utilizados en el sector Defensa, optimizando el sistema de trazabilidad. i) Establecer, conjuntamente con los órganos bajo su ámbito de competencia, los factores de transferencias tecnológicas a incorporarse en los procesos de contratación cuando corresponda. j) Ejecutar los procesos de selección por encargo, en sus diversas modalidades, para la Dirección Nacional de Inteligencia, las entidades adscritas al Sector Interior, o para otras entidades públicas del Estado mediante la celebración de convenios con dichas instituciones, siempre y cuando el objeto de las contrataciones esté vinculado a la Defensa, Orden Interno y Seguridad Nacional. k) Implementar el modelo de servicios compartidos en la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, para servir a los órganos bajo el ámbito de su competencia, con la fi nalidad de realizar las tareas encomendadas de forma efi ciente. Dichos servicios podrán prestarse a la Dirección Nacional de Inteligencia, así como a las entidades adscritas al Sector Interior mediante la celebración de convenios de cooperación interinstitucional. l) Promover la innovación tecnológica, la investigación científi ca y el uso de las tecnologías de la información y comunicación entre los órganos del sector Defensa, a fi n de optimizar los procesos logísticos de las Fuerzas Armadas. m) Suscribir convenios de cooperación interinstitucional a nivel nacional e internacional, para la capacitación técnica de su personal en la implementación de buenas prácticas, el desarrollo de tecnología y en general, para el desarrollo y mejor cumplimiento de sus fi nes institucionales. n) Resolver los recursos de apelación que se presenten en los procesos de selección correspondientes a Adjudicaciones de Menor Cuantía o Adjudicaciones Directas Selectivas, convocados por la Agencia o por cualquiera de los órganos bajo su competencia así como de las impugnaciones que se presenten en los procesos de contratación en el mercado extranjero que convoque la Agencia. o) Requerir a los titulares de los órganos bajo su ámbito de competencia, la información necesaria para el cumplimiento de las funciones consignadas en el presente artículo, quienes tendrán la obligación de proporcionarla en la oportunidad debida, bajo responsabilidad. p) Informar al Ministro de Defensa sobre los procesos de contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías efectuadas para los órganos bajo su competencia, y las realizadas por encargo. q) Implementar los mecanismos de reserva y secreto en las contrataciones cuando corresponda, conforme a Ley. r) Organizar los Comités Especiales de los procesos de contratación en el mercado nacional, así como de los Comités que tendrán a su cargo los procesos de contratación en el mercado extranjero, según corresponda. s) Celebrar convenios de cooperación, gestión, asistencia técnica, selección por encargo u otros de naturaleza análoga, con organismos internacionales que cuenten con mandato institucional expreso en materia de ejecución de procesos de contrataciones, adquisiciones, contratos de obra pública e infraestructura; t) Las demás funciones inherentes a su competencia que se le asignen por normativa expresa. Artículo 4°.- Base legal El objeto, naturaleza jurídica, competencia y funciones de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas y de sus órganos componentes que regulan el presente reglamento, se sustentan en las siguientes normas: a) Decreto Legislativo Nº 1017, modifi cada por la Ley N° 29873, Ley de Contrataciones del Estado. b) Decreto Legislativo N° 1128, Decreto Legislativo que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. c) Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa. d) Decreto Supremo N° 184-2008-EF y modifi catorias, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. e) Decreto Supremo N° 005-2013-DE, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1128, que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. f) Las demás normas relacionadas con el ámbito funcional de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. TÍTULO II DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS CAPÍTULO I ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 5°.- Estructura Orgánica La estructura orgánica de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas está constituida por los siguientes órganos: 01. Órganos de Alta Dirección 01.1 Despacho Jefatural 01.2 Secretaría General 02. Órgano de Control Institucional 02.1 Órgano de Control Institucional 03. Órganos de Administración Interna 03.1 Órganos de Asesoramiento 03.1.1 Ofi cina de Asesoría Jurídica 03.1.1.1 Unidad de Revisión de Apelaciones 03.1.2 Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto 03.1.2.1 Unidad de Planeamiento y Presupuesto 03.1.2.2 Unidad de Racionalización 03.2 Órganos de Apoyo 03.2.1 Ofi cina General de Administración 03.2.2 Ofi cina de Informática 04. Órganos de Línea 04.1 Dirección de Catalogación 04.2 Dirección de Estudios de Mercado 04.2.1 Subdirección de Estudios de Mercado Nacional 04.2.2 Subdirección de Estudios de Mercado Extranjero 04.3 Dirección de Procesos de Compras 04.3.1 Subdirección de Procesos de Compras Nacionales