Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2014 (30/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Pasajes Aereos: MORDAZA - Buenos Aires (Republica Argentina) MORDAZA US$ 1,500.00 US$ 1,500.00 Gastos de Traslado (ida y retorno): (equipaje, bagaje e instalacion) US$ 2,900.00 x 2 Compensaciones US$ 5.800.00 Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 2,900.00/31 x 1 dia (marzo 2014) US$ 93.55 US$ 2,900.00 x 9 meses (abril - diciembre 2014) US$ 26,100.00 -------------------TOTAL A PAGAR: US$ 33,493.55 Articulo 3°.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, considerando las posteriores actualizaciones de la Compensacion Extraordinaria Mensual durante el periodo de viaje autorizado, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Ano Fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El gasto que origine el cumplimiento del presente viaje al exterior en Comision de Servicio en el Exterior, se efectuara con cargo a la partida presupuestal del sector Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, del Ano Fiscal correspondiente de conformidad con la normativa vigente. Articulo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 6°.- El Oficial Superior designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7°.- El mencionado Personal MORDAZA, revistara en la Direccion General del Personal de la MORDAZA, por el periodo que dure la Comision de Servicio. Articulo 8°.- El citado Oficial Superior, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la normativa de la materia. Articulo 9°.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1068538-4 CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA 30 de marzo de 2014

Que, el articulo 14º de la Ley No. 28359, Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1143, establece que el Oficial en situacion de actividad podra ser nombrado para ocupar un cargo en el exterior de la Republica, en representacion de su Institucion; en este caso debera tener por lo menos dos (02) anos MORDAZA de estar incurso en las causales para el pase al retiro previstas en los articulos 45º y 46º de la citada Ley. Asimismo tendran los mismos derechos que el personal diplomatico establecidos en la MORDAZA que regula la materia; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 080-2014 DE/ FAP del 04 de febrero de 2014, se da por concluido con fecha 01 de marzo de 2014, el nombramiento en Mision Diplomatica del Mayor General FAP MORDAZA Giovat MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Agregado de Defensa Adjunto y Aereo a la Embajada del Peru en el Estado Plurinacional de Bolivia y concurrente en la Republica del Paraguay; Que, mediante Resolucion Suprema N° 086-2014 DE/ del 28 de febrero de 2014, se aprobo el cargo vacante a ser desempenado por un Oficial de la Fuerza Aerea del Peru en Mision Diplomatica en el Estado Plurinacional de Bolivia y concurrente en la Republica del MORDAZA, a partir del 01 de MORDAZA de 2014 y y por un periodo MORDAZA de dos (2) anos; Que, mediante Acta del 18 de marzo de 2014 y de acuerdo a lo dispuesto en el inciso e) del articulo 8º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE-SG del 13 de diciembre de 2006, la Comision presenta al Ministro de Defensa la propuesta del Agregado Adjunto y Aereo a la Embajada del Peru en el Estado Plurinacional de Bolivia, concurrente con el Paraguay; Que, el articulo 9º del mencionado Reglamento establece que el Presidente de la Republica mediante Resolucion Suprema debidamente refrendada por el Ministro de Defensa, nombra en Mision Diplomatica al personal militar de las Fuerzas Armadas, por un periodo MORDAZA de dos anos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas y su modificatoria aprobada con el Decreto Legislativo Nº 1143, el Decreto Supremo N° 028-2006DE/SG del 13 de diciembre de 2006, la Resolucion Ministerial N° 778-2008-DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, y la Resolucion Suprema Nº 086-2014-DE/ del 28 de febrero de 2014. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Nombrar en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al siguiente Oficial Superior de la Fuerza Aerea del Peru a partir del 01 de MORDAZA de 2014 y por un periodo MORDAZA de dos (2) anos, en el cargos que se detalla: CARGO GRADO NOMBRES Y APELLIDOS

Agregado de Defensa Adjunto y Aereo a la Embajada del Peru en el Estado MORDAZA FAP Plurinacional de Bolivia, concurrente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la Republica de MORDAZA Articulo 2°.- El mencionado Oficial debera viajar al MORDAZA al cual ha sido designado en Mision Diplomatica, para asumir el respectivo cargo, una vez recibida la autorizacion correspondiente del Estado ante el cual sera acreditado. Articulo 3°.- El Ministerio de Defensa -Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006 y al procedimiento de calculo de la remuneracion por servicio exterior, establecido por el Decreto Supremo N° 16-95-RE de fecha 16 de junio de 1995 y sus modificatorias. Articulo 4°.- El otorgamiento de la compensacion extraordinaria por servicio en el extranjero se otorgara

Nombran a oficial de la FAP como Agregado de Defensa Adjunto y Aereo a la Embajada del Peru en el Estado Plurinacional de Bolivia, concurrente en la Republica de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 131-2014-DE/ MORDAZA, 29 de marzo de 2014

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