TEXTO PAGINA: 53
El Peruano Domingo 30 de marzo de 2014 técnicas de entrevista a fi n de conseguir información más precisa, diferenciar entre fallas estructurales causantes del accidente y daños resultantes del accidente, así como la capacidad de interactuar con los medios en la zona del accidente mientras dure la investigación; asimismo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, asumirá con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y a lo informado por la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Augusto Fernando Barrantes Johnson y Hugo Enrique Torres Paredes, profesionales de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Ashburn, Virginia, Estados Unidos de América, del 30 de marzo al 12 de abril de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (para dos personas, incluido el TUUA) US$ 4,752.54 Viáticos (para dos personas) US$ 11,440.00 Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas mencionadas en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas mencionadas deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1068538-7 Autorizan viaje de profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para participar en evento a realizarse en EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 005-2014-MTC Lima, 29 de marzo de 2014 VISTOS: El Informe Nº 125-2014-MTC/12 emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y el Memorándum Nº 424-2014-MTC/02.AL.AAH emitido por el Viceministerio de Transportes, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 125-2014-MTC/12 la Dirección General de Aeronáutica Civil, requiere la participación de los inspectores Alfredo Federico Álvarez Zevallos y Simón Samolski Edery en la capacitación denominada “Entrenamiento de refresco - Simulador B- 767 Nivel C”, organizado por la Pan Am International Flight Academy, que se llevará a cabo del 14 al 17 de abril de 2014, en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América; Que, la citada capacitación tiene como objetivo contar con personal de inspectores habilitados en la mencionada aeronave, permitiendo a la Autoridad Aeronáutica realizar los chequeos de vigilancia, profi ciencia o califi cación que requieran las tripulaciones de dichas aeronaves, que operan en el parque aéreo nacional; Que, en tal sentido y dada la importancia del citado evento, resulta conveniente autorizar la participación de los señores Alfredo Federico Álvarez Zevallos y Simón Samolski Edery, profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el costo del referido viaje será fi nanciado dentro del marco del Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, de conformidad con los términos de la Autorización de Beca/Misión Int. Nº 004-02-2014, suscrita por el Coordinador del Proyecto OACI; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modifi cado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Alfredo Federico Álvarez Zevallos y Simón Samolski Edery, profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 13 al 18 de abril de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje serán cubiertos por el Convenio de Administración de Recursos PER/12/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. Nº 004-02-2014 y al siguiente detalle: Pasajes aéreos (para dos personas, incluye TUUA) US$ 5,919.40 Viáticos (para dos personas) US$ 3,520.00 Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de su retorno al país, las personas mencionadas en el artículo 1° deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje; las personas mencionadas en el artículo 1° deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje; así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. 520015