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El Peruano Miércoles 7 de mayo de 2014 522442 Dirección General de Industrias Culturales y Artes y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y la Resolución Ministerial N° 080-2011-MC y sus modifi catorias que aprueba la Directiva N° 001-2011/MC, “Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el Otorgamiento de Reconocimientos”; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” en el marco de las celebraciones del Día Internacional de la Danza, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, a las siguientes personas: - CESAR FERNANDO TORRES QUIROZ, en mérito a su labor y compromiso con la difusión y promoción de la danza contemporánea en el Perú, así como por su aporte a la gestión cultural, dinamizando y enriqueciendo la escena local en este ámbito. - ESCUELA NACIONAL SUPERIOR DE BALLET, en mérito a su labor en la formación integral, en sus diferentes niveles, de intérpretes y docentes en danza clásica y contemporánea, para el benefi cio de las artes y la cultura peruana. - ESCUELA NACIONAL SUPERIOR DE FOLKLORE JOSE MARIA ARGUEDAS, en mérito a su labor en la investigación, preservación, defensa, difusión y desarrollo de los saberes tradicionales y expresiones populares de los pueblos del Perú, por más de 60 años, a nivel nacional e internacional. - CIRCULO CULTURAL TRADICIONES DE HUAMANGA, en mérito a su labor en la investigación y promoción de las manifestaciones tradicionales de la cultura y el folclore del departamento de Ayacucho, integrándose a la diversidad de expresiones artísticas de la cultura andina. - BALLET SAN MARCOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS, en mérito a su labor de investigación, desarrollo, promoción e innovación constante de la danza en el Perú, así como a su valioso aporte en la formación de profesionales a lo largo de 50 años. Artículo 2°.- Remitir una copia de la presente Resolución a la Dirección General de Promoción y Difusión Cultural, actualmente Dirección General de Industrias Culturales y Artes, para que proceda a la inscripción que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1079425-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales y servidor de la Marina de Guerra del Perú a Argentina y al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 194-2014-DE/MGP Lima, 6 de mayo de 2014 Visto, el Ofi cio P.1000-0736 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 18 de marzo de 2014; CONSIDERANDO: Que, el Estado Mayor General de la Armada Argentina, ha cursado invitación para que Personal Naval participe en la nueva edición del Juego de Crisis Bilateral, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 12 al 16 de mayo de 2014; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2014, la designación y autorización de viaje de UN (1) Ofi cial Almirante, UN (1) Ofi cial Superior y UN (1) Personal Civil, para que participen en el citado evento; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Santiago Guillermo LLOP Meseguer, del Capitán de Navío Jorge Moises PADILLA Ramón y del Empleado Civil Eduardo Antonio PÉREZ Román, para que participen en la nueva edición del Juego de Crisis Bilateral, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 12 al 16 de mayo de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Santiago Guillermo LLOP Meseguer, CIP. 00811002, DNI. 06675288, del Capitán de Navío Jorge Moises PADILLA Ramón, CIP. 01800747, DNI. 09431798 y del Empleado Civil Eduardo Antonio PÉREZ Román, CIP. 00121356, DNI. 43345040, para que participen en la nueva edición del Juego de Crisis Bilateral, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 12 al 16 de mayo de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima US$. 1,350.00 x 3 personas US$. 4,050.00 Viáticos: US$. 370.00 x 5 días x 3 personas US$. 5,550.00 ----------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 9,600.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Ofi cial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 1080081-4