Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2014 (07/05/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Miercoles 7 de MORDAZA de 2014

522453
contrataciones del Banco Mundial, realice la aprobacion, autorizacion y supervision de los procesos de adquisiciones y contrataciones, aprobando los expedientes de contratacion y las bases de adquisicion o contratacion, cancele los diferentes procesos de seleccion, ejecute prestaciones adicionales o reduzca las mismas, suscriba los contratos, sus ampliaciones o prorrogas, apruebe la ampliacion contractual por adquisiciones y contrataciones complementarias y resuelva los contratos que se deriven de estos procesos de seleccion o contratacion. Articulo 3°.- Dejese sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 113-2009-MEM/DM, asi como todas las medidas administrativas que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y modificatorias, senalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, conforme dispone el articulo 5o del Decreto Legislativo Nº 1017, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolucion, la autoridad que le otorga la mencionada Ley, senalandose asimismo que no podran ser objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento; Que, asimismo la Direccion General de Electrificacion Rural es un organo que utiliza fondos publicos provenientes del Contrato de Prestamo N° 8034-PE, suscrito entre el Gobierno Peruano y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento ­ BIRF, y del financiamiento del Gobierno Peruano como contrapartida nacional en el MORDAZA del mencionado Contrato de Prestamo, por tanto las contrataciones y adquisiciones derivadas de este contrato internacional deben sujetarse a lo establecido en el acuerdo adoptado; Que, siendo politica de la Alta Direccion desconcentrar la gestion administrativa de la Entidad, es necesario delegar en el Director General de la Direccion General de Electrificacion Rural facultades para aprobar, autorizar y supervisar los procesos de adquisicion o contratacion entre otros, respecto de la Direccion General de Electrificacion Rural - DGER, Unidad Ejecutora N° 005 del Pliego N° 0016: Ministerio de Energia y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, modificado por el Decreto Supremo N° 026-2010-EM, Decreto Supremo N° 030-2012-EM y Decreto Supremo Nº 025-2013-EM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Delegacion de Facultades al Director General de la Direccion General de Electrificacion Rural respecto de la Unidad Ejecutora N° 005-DGER del Pliego N° 0016 : Ministerio de Energia y Minas: 1.1. En materia de contrataciones del Estado a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, asi como sus modificaciones. b) Aprobar los expedientes de contratacion para realizar los procesos de seleccion. c) Aprobar las Bases de los procesos de seleccion incluyendo las provenientes de exoneraciones. d) Designar a los miembros integrantes de los Comites Especiales y Comites Especiales Permanentes que tendran a su cargo la organizacion, conduccion y ejecucion de los procesos de seleccion. e) Autorizar la participacion de expertos independientes en los Comites Especiales. f) Aprobar la cancelacion de los procesos de seleccion. g) Resolver recursos de apelacion dentro del ambito de competencia establecido por la Ley de Contrataciones. h) Celebrar los contratos derivados de los procesos de seleccion y de las exoneraciones para la contratacion de bienes, servicios y obras, suscribir adendas y celebrar contratos complementarios de bienes y servicios. i) Suscribir todo MORDAZA de convenios interinstitucionales para encargar procesos de seleccion a entidades publicas y privadas, nacionales e internacionales, u organismos internacionales, asi como aprobar el expediente de contratacion y las bases en calidad de entidad encargante. j) Autorizar la ejecucion de prestaciones adicionales y reducciones en el caso de bienes y servicios hasta por el MORDAZA permitido por Ley. k) Autorizar la reduccion de prestaciones en contratos de obra, hasta por el MORDAZA establecido en el articulo 41º de la Ley de Contrataciones del Estado. l) Resolver las discrepancias surgidas por las observaciones o subsanacion de observaciones al momento de la recepcion de la obra. m) Aprobar la resolucion de contratos por caso fortuito o fuerza mayor, por el incumplimiento de los mismos cuando sea imputable al contratista, por mutuo acuerdo, asi como otros supuestos previstos por Ley. n) Aprobar las liquidaciones de los contratos y los proyectos ejecutados. Articulo 2°.- Disponer que el Director General de Electrificacion Rural, en los aspectos de adquisiciones y contrataciones que ejecute la Direccion General de Electrificacion Rural, bajo las normas y politicas de

1079483-1

INTERIOR
Autorizan viaje de suboficiales de la Policia Nacional del Peru a Venezuela, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 084-2014-IN
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2014 VISTO, Oficio N° 190 ­ 2014 ­ DIRASINT ­ PNP/SEC del 1 de MORDAZA de 2014, suscrito por el MORDAZA de la Policia Nacional del Peru Director (E) de Asuntos Internacionales de la Policia Nacional del Peru, solicitando la formulacion de la resolucion autoritativa de viaje de personal policial en comision del servicio a la Republica Bolivariana de Venezuela, del 8 al 12 de MORDAZA de 2014, para ejecutar la extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA Ordulfo MORDAZA LAZO. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 077-2013-JUS del 4 de MORDAZA de 2013, se accede a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA Ordulfo MORDAZA MORDAZA, formulada por la Sala Penal de Apelaciones con Funcion de Liquidacion de la Corte Superior de Justicia de Tumbes y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision de delito contra la salud publica en la modalidad de trafico ilicito de drogas, en agravio del Estado peruano, y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica Bolivariana de Venezuela, de conformidad con la Convencion vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinion Nº 115-2014DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 3 de MORDAZA de 2014, el Estado Mayor Personal de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, estima conveniente que el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru, autorice el viaje al exterior en comision del servicio, del Suboficial Tecnico de Primera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA BUIZA y Suboficial de Primera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA Rony QUEDAS MORDAZA, a la Republica Bolivariana de Venezuela, del 8 al 12 de MORDAZA de 2014, a fin de ejecutar la extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA Ordulfo MORDAZA LAZO; Que, con Memorandum Multiple Nº 132-2014-DIRGENPNP/EMP-OCNI del 4 de MORDAZA de 2014, el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru, dispuso la formulacion del proyecto de resolucion autoritativa de viaje al exterior en comision del servicio de los citados Suboficiales de la Policia Nacional del Peru, que irrogara gastos al Estado peruano, por concepto de viaticos que seran sufragados con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007 - Ministerio del Interior, y los correspondientes a pasajes, impuestos e indemnizacion de gastos de viaje de los funcionarios policiales y el extraditable, seran asumidos por el Poder Judicial; Que, el ultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepcion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.