Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2014 (07/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Publico, cuyo personal se encuentre comprendido dentro del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos, de acuerdo a lo establecido en la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1023; Que, el articulo 64 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, establece que la Unidad de Capacitacion en Gestion, dependiente de la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion, tiene entre otras funciones, disenar y ejecutar el plan de supervision y monitoreo que asegure la sostenibilidad de los Programas de Capacitacion y realizar evaluaciones de MORDAZA, de resultados y de impacto de la capacitacion; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el PDP Anualizado 2014, validado por el Comite de Elaboracion de Plan de Desarrollo de las Personas Quinquenal (2012 ­ 2016) del Ministerio de Educacion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, en el Decreto Legislativo Nº 1025 que aprueba Normas de Capacitacion y Rendimiento para el Sector Publico, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2010-PCM, y en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan de Desarrollo de las Personas ­ PDP Anualizado 2014 del Ministerio de Educacion, el mismo que como Anexo, forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion publique la presente resolucion, asi como su Anexo, en el Sistema de Informacion Juridica de Educacion ­ SIJE, ubicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (http://www. minedu.gob.pe/). Articulo 3º.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion haga de conocimiento a la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, a traves de la direccion de correo electronico: pdp@servir.gob.pe, la presente resolucion, asi como el el Plan de Desarrollo de las Personas ­ PDP Anualizado 2014 del Ministerio de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion

El Peruano Miercoles 7 de MORDAZA de 2014

por personalidades especializadas y representativas de la MORDAZA nacional, seleccionadas con criterios de pluralidad e interdisciplinariedad. Su composicion, funciones y organizacion seran reguladas por ley; Que, de conformidad con la Novena Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, en tanto se emita la Ley a que se hace referencia en la parte final del parrafo anterior, el actual CNE seguira vigente, tal como esta normado por el Decreto Supremo N° 007-2002-ED, adecuando su funcionamiento a lo establecido por el referido Decreto Supremo, en lo que corresponda; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6 del Decreto Supremo N° 007-2002-ED, en concordancia con el articulo 7 de la Resolucion Ministerial N°494-2002-ED que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Educacion, este se conformara por 25 Consejeros Nacionales de Educacion; quienes en conjunto conforman un organismo colegiado, plural y multidisciplinario que gozara de autonomia, debiendo ser designados por un periodo de seis (6) anos mediante Resolucion Ministerial del Sector; Que, por medio de las Resoluciones Ministeriales N° 0165-2008-ED, N° 0036-2011-ED, N° 0120-2011-ED, N° 0095-2012-ED y N° 0019-2013-ED se designo a los miembros del Consejo Nacional de Educacion; Que, habiendo recibido de la sociedad Civil y del Estado las sugerencias y propuestas de personalidades representativas que por sus meritos y calidad profesional pueden ser considerados para integrar el referido Consejo, resulta conveniente designar a los nuevos integrantes del CNE, para los proximos seis (6) anos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por la Ley N° 26510; en la Ley N° 28044, Ley General de Educacion; en el Decreto Supremo N° 007-2002-ED, que reincorpora al Consejo Nacional de Educacion dentro de la Estructura Organica del Sector Educacion, como organo especializado, modificado por el Decreto Supremo N° 0102002-ED; y, en el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012- ED; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar a las siguientes personas, como miembros del Consejo Nacional de Educacion para el periodo 2014-2020: - BARUA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - CARDO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA DE OLARTE, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MENDIZABAL, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA SERVETTO, MORDAZA MORDAZA - MC LAUCHLAN MORDAZA DE ARREGUI, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA DEL BEN, MORDAZA MORDAZA - PANGO VILDOSO, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, TEOCRITO - MORDAZA ORAMS, MORDAZA MORDAZA - RIVERO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - TRAHTEMBERG SIEDERER, MORDAZA - VALDEAVELLANO MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - VEGAS MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA - VEXLER MORDAZA, IDEL MORDAZA - YAMADA FUKUSAKI, MORDAZA MORDAZA Articulo 2.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales N° 0165-2008-ED, N° 0036-2011-ED, N° 0120-2011-ED, N° 0095-2012-ED y N° 0019-2013-ED. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion

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Designan miembros del Consejo Nacional de Educacion para el periodo 2014-2020
RESOLUCION MINISTERIAL N° 178-2014-MINEDU
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 23384, antigua Ley General de Educacion, derogada por la Primera Disposicion Final de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, se creo el Consejo Nacional de Educacion - CNE, el cual fue reincorporado como organo especializado dentro de la estructura del Sector Educacion por Decreto Supremo N° 007-2002-ED, modificado por el Decreto Supremo N° 0102002-ED; Que, conforme lo establece el articulo 81 de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, el Consejo Nacional de Educacion es un organo especializado, consultivo y MORDAZA del Ministerio de Educacion que tiene como finalidad participar en la formulacion, concertacion, seguimiento y evaluacion del Proyecto Educativo Nacional, las politicas y planes educativos de mediano y largo plazo y las politicas intersectoriales que contribuyen al desarrollo de la educacion. Promueve acuerdos y compromisos a favor del desarrollo educativo del MORDAZA a traves del ejercicio participativo del Estado y la sociedad civil, asi como opina de oficio en asuntos concernientes al conjunto de la educacion peruana; se encuentra integrado

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