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El Peruano Jueves 8 de mayo de 2014 522626 Sólidos” señala que la aprobación del Plan Metropolitano y de los Planes Distritales de Gestión de residuos sólidos, se hará mediante Ordenanza que, para tal efecto expedirá el Concejo Metropolitano o Distrital respectivo; En uso de sus facultades conferidas numeral 8 del artículo 9º la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, se expide la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA Artículo 1º.- APRUÉBESE la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos Distrital de Punta Hermosa 2014, el mismo que forma parte integrante de la presente Artículo 2º.- ENCARGAR a Secretaria General, la publicación de la presente en el Diario Ofi cial El Peruano; y al encargado de Informática, la publicación íntegra de la presente en la página web de la Municipalidad de Punta Hermosa, así como en el Portal del Estado Peruano. Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y al área de Limpieza Pública. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 1079788-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Modifican el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2014-MDSM San Miguel, 5 de mayo de 2014 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, el memorando Nº 348-2014-GM/MDSM cursado por la Gerencia Municipal, el informe Nº 284-2014-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el memorando Nº 250-2014-GPP/ MDSM cursado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el informe Nº 269-2014-SGPR-GPP/ MDSM que contiene el anexo único Informe Técnico - Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) en 75 (setenta y cinco) folios emitido por la Subgerencia de Presupuesto y Racionalización, y el informe Nº 228- 2014-SGEOP-GDU/MDSM emitido por la Subgerencia de Estudios y Obras Públicas y la Resolución Nº 0149- 2014/STCEB-INDECOPI emitida por la Secretaría Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, concordantes con lo previsto en el artículo II del título preliminar de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el concejo municipal mediante ordenanza Nº 074-MDSM aprueba el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San Miguel y mediante Acuerdo de Concejo Nº 281-MML adoptado por la Municipalidad Metropolitana de Lima se aprueba su ratifi cación; Que, en aplicación del artículo 38º numeral 38.5 de la ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que dispone que una vez aprobado el texto único de procedimientos administrativos, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar, en el caso de los gobiernos locales, por decreto de alcaldía, se aprueba y publica el Decreto de Alcaldía Nº 001-2014-MDSM que modifi ca el texto único de procedimientos administrativos de la entidad citado en el considerando precedente, abreviando plazos, reduciendo acciones y actividades en la cadena de valor del procedimiento y empleando insumos más austeros, de modo que se modifi can 34 (treinta y cuatro) procedimientos y se suprimen 13 (trece), entendiendo que se trata de un proceso gradual para sincerar costos y adecuarnos en todos los casos a derechos de tramitación que no importen un cobro superior a una unidad impositiva tributaria, entre otras exigencias legales de inaplazable puesta en vigencia; Que, en esa línea de consolidación de la simplifi cación administrativa en la entidad, optimizando su marco normativo y reforzando los mecanismos para su cumplimiento, se han detectado a través de los documentos de vistos, otros 10 (diez) procedimientos administrativos modifi cables y 2 (dos) suprimibles, a saber, los signados con Nº 7.03 (Anteproyecto en consulta para modalidades C y D con evaluación previa de la comisión técnica), Nº 7.05 (Obtención de licencia de edifi cación modalidad B), Nº 7.06 (Obtención de licencia de edifi cación modalidad C y D con evaluación previa de la comisión técnica), Nº 7.07 (Obtención de licencia de edifi cación modalidad C con aprobación previa del proyecto por revisores urbanos), Nº 7.08 (Conformidad de obra de edifi cación sin variación y declaratoria de fábrica), Nº 7.09 (Conformidad de obra de edifi cación con variación y declaratoria de fábrica), Nº 7.10.1 (Regularización de edifi caciones modalidad A), Nº 7.10.2 (Regularización de edifi caciones modalidad B), Nº 7.10.3 (Regularización de edifi caciones modalidad C) y 7.12 (Revalidación de licencia de edifi cación, para licencia con plazo vencido), todos modifi cables, y los procedimientos signados con el Nº 6.16 (Certifi cado de operación para servicio de vehículos o renovación) y 6.17 (Credencial de conductor, servicio de vehículos menores) ambos suprimibles, por constituir, estos y aquellos, barreras burocráticas; Que, en concordancia con las normas invocadas, el artículo 42º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Estando a lo expuesto, con cargo a dar cuenta al concejo municipal y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Miguel aprobado por ordenanza Nº 074- MDSM, respecto de los procedimientos señalados en el anexo único Informe Técnico - Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Miguel en 75 (setenta y cinco) folios, que forma parte integrante del presente decreto de alcaldía. Artículo 2º.- PUBLICAR el dispositivo legal en el diario ofi cial El Peruano y en el portal de servicios al ciudadano y empresas http://www.serviciosalciuddano.gob.pe/ así como en el portal municipal de la Municipalidad Distrital de San Miguel www.munisanmiguel.gob.pe, integrando en un solo cuerpo normativo todo el texto único de procedimientos administrativos de la entidad. Artículo 3º.- ENCARGAR a las gerencias y subgerencias de la entidad, el cabal cumplimiento de lo dispuesto. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 1080186-1