Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2014 (08/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Jueves 8 de MORDAZA de 2014

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objetivo de la Ordenanza de normar y regular el servicio publico de transporte especial de pasajeros y del servicio de carga en vehiculos motorizados, asi como normar el MORDAZA de fiscalizacion del servicio, garantizando la seguridad, proteccion e integridad de los usuarios como del publico en general, dentro de un clima de proteccion al medio ambiente y de beneficios a favor de la poblacion, permitiendo ademas, cumplir con su finalidad de contar con el perfil adecuado del conductor y con vehiculos menores seguros, menos contaminantes al medio ambiente, disminuyendo el costo social por accidentes de MORDAZA y temas relacionados a la delincuencia comun, aumentado los beneficios a favor de los pobladores, peatones y usuarios del servicio; asimismo en el numeral 2) el presente Proyecto de Decreto de Alcaldia que aprueba las fechas para la constatacion de Caracteristicas y las Evaluaciones psicologicas y medicas para el Servicio Publico de Transporte Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Comas, debera ser remitido a la Gerencia Municipal a efecto de que se emita la opinion legal que corresponde para continuar con su tramite; Que, el Informe Nº 016-2014-GFR-SGTT-GDU/MC el asesor legal de la Sub Gerencia de MORDAZA y Transporte, Concluye en virtud de las consideraciones expresadas anteriormente se remite el Proyecto de Decreto de Alcaldia, asi como el formato de constatacion y las actas de programacion, a fin que MORDAZA remitidos a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, de acuerdo al procedimiento administrativo establecido para estos caso se aprueben los mismos; Que, el Informe Nº 167-2014-GDU/MC la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, senalaque es necesario dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 404MDC, es procedente la Aprobacion del Proyecto del Decreto de Alcaldia propuesto por la Sub gerencia de MORDAZA y Transporte asi como de los anexos que forman parte del mismo, ya que permitiria cumplir con el objetivo de la Ordenanza de normar y regular el servicio publico de transporte especial de pasajeros y del servicio de carga en vehiculos motorizados, por lo cual se pone de conocimiento para continuar con los tramites que corresponden para su aprobacion; Que, el Informe Nº 337-2014-GAJ/MC la Gerencia de Asuntos Juridicos; Opina porque el Proyecto de Decreto de Alcaldia que tiene por objeto aprobar las fechas para la constatacion de caracteristicas y las evaluaciones Psicologicas y medicas del servicio publico de transporte especial de pasajeros y cargas en vehiculos menores motorizados y no motorizados en el Distrito de Comas, resulta procedente, por tanto se recomienda su aprobacion, debiendose remitir los actuados a la Secretaria General para que corra con el tramite correspondiente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los articulos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de MORDAZA y Transporte la Programacion, Ejecucion y la Evaluacion anual en los meses de MORDAZA, MORDAZA y Junio, la evaluacion de Constatacion de Caracteristicas Vehicular. Dichas evaluaciones se realizaran con todas las personas juridicas que se encuentren en la base de datos de la Sub Gerencia de MORDAZA y Transporte.

asuntos de su competencia, de igual modo, el Articulo Nº 195 de nuestra Carta Magna establece que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo economico local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo y son competentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de transporte colectivo, circulacion y transito; Que, en este orden de ideas, el Articulo Nº 42 de la mencionada Ley Organica senala que, "Los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Que, igualmente, el acapite 1.6 del numeral 1 de Articulo 81º de la misma Ley, determinan que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades provinciales; "Normar, regular y controlar la circulacion de vehiculos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, Moto taxis, Triciclos y otros de similar naturaleza" y que las funciones especificas compartidas de las Municipalidades Distritales son: "Otorgar licencias para la circulacion de vehiculos menores y demas, de acuerdo con lo establecido en la regulacion provincial" (acapite 3.2 del numeral 3, Articulo 81º, Ley Nº 27972); Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados, estipula que "la Municipalidad Distrital Competente podra dictar disposiciones complementarias necesarias sobre aspectos administrativos y operativos del Servicio Especial de acuerdo a las condiciones de su jurisdiccion" Que, el Numeral 1 del Articulo 37 º de la misma Ordenanza, prescribe que es obligacion del conductor autorizado: "Respetar las fechas establecidas para las diferentes evaluaciones: curso de seguridad vial, examen medico sicologico y constatacion de caracteristicas vehicular.. "; y, por su parte, el Articulo 39º del mismo cuerpo legal, preceptua que la evaluacion medica y psicologico del conductor sera obligatoria una vez al ano como minimo, en tal orientacion, el Articulo Nº 43, establecen que los conductores de vehiculos menores participaran en la Capacitacion del curso de Educacion y Seguridad Vial que programe la municipalidad de acuerdo a las normas vigentes, previas evaluaciones psicologicas, medica y constatacion de caracteristicas vehiculares; Que, el Informe Nº 128-2014-SGTT-GDU/MC la Sub Gerencia de MORDAZA y Transporte; senala, dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Ordenanza, se debe expedir el Decreto de Alcaldia que apruebe los mismos, asi como los Formatos de constatacion Vehicular y las Actas de Programacion, razon por la que se hace necesaria la aprobacion del Decreto de Alcaldia correspondiente por estar proximo el plazo para el inicio de estas actividades; Que, el Informe Nº 084-2014-AL-GDU/MC emitido por el Abogado de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, concluye que conforme a las normas citadas, y siendo necesario dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 404-MDC, es procedente la Aprobacion del Proyecto del Decreto de Alcaldia propuesto por la Sub gerencia de MORDAZA y Transporte asi como de los anexos que forman parte del mismo, ya que permitiria cumplir con el

PUBLICACILN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Publico que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los articulos 51º y 109º de la Constitucion Politica del Peru. LA DIRECCION

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