Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2014 (08/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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en los que la autoridad administrativa ambiental incumpla con evacuar el informe fundamentado de caracter tecnico legal establecido; como tambien en los casos de desobediencia a la autoridad conforme al articulo 368º del Codigo Penal." (...) (...) "12. Cumplir con el horario de atencion al publico, fijado a nivel nacional mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion N° 2269-2012-MP-FN, del 04 de septiembre de dos mil doce. Todas las Fiscalias Especializadas en Materia Ambiental y demas con similar competencia y jurisdiccion, deberan contar con el Libro de Registro de Audiencias de Atencion al Publico, en el que se debera registrar cronologicamente la fecha y hora de todas las entrevistas concedidas a los justiciables y a los abogados que asi lo soliciten." (...) (...) "13. Supervisar el desplazamiento de los Fiscales Adjuntos Provinciales Especializados en Materia Ambiental, en las diligencias que realizan por las distintas provincias de su respectivo Distrito Fiscal, teniendo en cuenta lo siguiente: a) La solicitud de autorizacion de desplazamiento y viaticos correspondientes, debera ser presentada a la Fiscalia de la Nacion a traves del Fiscal Coordinador Nacional, con conocimiento del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de su jurisdiccion y debera estar acompanada del documento que precise la fecha de la diligencia (disposicion, providencia fiscal o resolucion fiscal) solicitud que debera ser presentada en un plazo no mayor a quince (15) ni menor a siete (7) dias de la fecha prevista para la realizacion de la misma. b) Solo en caso de extrema urgencia o por razones justificables, que deberan acreditarse con el documento respectivo, no se tendra en cuenta el plazo MORDAZA senalado. Las ampliaciones de las fechas requeridas para desplazamiento, asi como las regularizaciones o reprogramacion de los mismos, proceden en casos excepcionales y deben estar debidamente justificadas. c) En el plazo improrrogable de setenta y dos (72) horas de concluido el motivo del desplazamiento y en concordancia a lo senalado en el numeral "5" precedente debe elevarse el informe correspondiente, con las copias fedateadas de los documentos sustentatorios pertinentes, al Fiscal Coordinador Nacional de las Fiscalias Especializadas en Materia Ambiental para ser tramitado ante la Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales (OREF). En caso sea observado y devuelto dicho informe, debera subsanarse en las 24 horas siguientes, bajo responsabilidad funcional." (...) (...) "14. Bajo responsabilidad funcional, el Fiscal Provincial, debe cumplir rigurosamente con el aseguramiento de las evidencias mediante la cadena de custodia (lacrado y deslacrado segun corresponda), de las muestras remitidas, a las sedes locales o nacionales del Equipo Forense Especializado en Materia Ambiental, Laboratorio Forense Ambiental, y/o Unidad de Monitoreo Georeferencial Satelital de Delitos Ambientales, el mismo dia que recibe dicha muestra." (...) (...) "15. Cumplir con los encargos de representacion que le designe el Fiscal Superior Coordinador Nacional, ante las entidades academicas, autoridades ambientales, entidades publicas y/o privadas en general." (...) Articulo Setimo.- Modificar el ultimo parrafo correspondiente a las funciones del Fiscal Provincial y Fiscal Adjunto Provincial Especializado en Materia Ambiental comprendido en el acapite VI Organizacion y Funciones, que debera quedar redactado de la siguiente manera: (...) "En ausencia del Fiscal Provincial, el Fiscal Adjunto Provincial encargado del Despacho Fiscal, tiene las mismas funciones y obligaciones senaladas en los numerales precedentes. " (...) Articulo Octavo.- Modificar el titulo del acapite Turnos Fiscales y Licencias Laborales, debiendose quedar redactado como sigue: "Turnos Fiscales, Descansos Compensatorios y Licencias Laborales". Articulo Noveno.- Modificar el primer parrafo del acapite de Turnos Fiscales y Adicionar el parrafo de

El Peruano Jueves 8 de MORDAZA de 2014

correspondiente a los descansos compensatorios, que debera quedar redactado de la siguiente manera: (...) "Turnos Fiscales.- Los Fiscales Especializados en Materia Ambiental y quienes ejercen similar competencia, tienen turno permanente todos los dias del ano, las 24 horas del dia; y, deberan garantizar en todo momento, la continuidad y atencion regular de sus Despachos, sin perjuicio alguno de los justiciables. El turno permanente es rotativo entre todos los fiscales de un mismo Despacho. Si la necesidad del servicio requiere la concurrencia de todos los fiscales de un Despacho, se debera poner en conocimiento del Fiscal Coordinador Nacional con la debida antelacion y en todo caso deberan requerir la participacion y apoyo de otro Fiscal, solicitandolo directamente a quien corresponda, de conformidad con la Directiva N° 003-2012-MP-FN aprobada mediante resolucion de la Fiscalia de la Nacion N° 1246-2012-MPFN del veintiuno de MORDAZA de dos mil doce." (...) (...) "Descansos Compensatorios.- Considerando que las Fiscalias Especializadas en Materia Ambiental, en el ejercicio de la funcion fiscal, tienen turno permanente las 24 horas del dia, los 365 dias del ano; y con la finalidad de mantener el nucleo familiar, los Fiscales Provinciales y Fiscales Adjuntos Provinciales tendran dos (2) dias de descanso a su eleccion, dentro del mes, con la inclusion de los dias sabados, domingos y feriados. El descanso mensual compensatorio de dos (2) dias, no debe coincidir con los descansos consignados para el Fiscal Provincial y Fiscales Adjuntos Provinciales. El descanso compensatorio previsto, no es retroactivo, ni acumulable y no alcanza a los Fiscales que tengan residencia y/o arraigo familiar en el mismo Distrito Fiscal en el que laboran." (...) Articulo Decimo.- Modificar el MORDAZA y tercer parrafo del acapite Del Otorgamiento de Vacaciones y Licencias, que debera quedar redactado de la siguiente manera: (...) "Las licencias de cualquier naturaleza, (autorizaciones de viaje, permisos, licencia por enfermedad, capacitacion y estudios, docencia universitaria, etc.), seran concedidas por el Fiscal de la Nacion, debiendo solicitarse a traves de la Coordinacion Nacional de Fiscalias Especializadas en Materia Ambiental, con no menos de cinco dias de anticipacion y con conocimiento del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal competente. De acuerdo a la Resolucion de la 784-2012-MP-FN del 27 de marzo de 2012, solo las licencias por onomastico deberan ser solicitadas directamente a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores correspondiente, todas las demas licencias deberan tener el visto MORDAZA de la Coordinacion Nacional de las Fiscalias Especializadas en Materia Ambiental, para promover su tramite ante la unidad organica competente." (...) Articulo Decimo Primero.- Modificar los literales g), i), k), q) comprendidos en las funciones del Fiscal Coordinador Nacional; y Adicionar el literal r), los mismos que deberan quedar redactados de la siguiente manera: (...) "g). Celebrar periodica y descentralizadamente a nivel nacional, reuniones de trabajo con los fiscales especializados para la elaboracion de estrategias de actuacion fiscal especializada, con el objeto de prevenir la comision de hechos con contenido penal. " (...) (...) "i). Coordinar con la Escuela del Ministerio Publico "Dr. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Roedel", la capacitacion de los Fiscales Especializados en Materia Ambiental; y, con el Instituto de Medicina Legal, la realizacion de las pericias, analisis e informes que hubieran sido solicitadas al Equipo Forense Especializado en Materia Ambiental, Laboratorio Forense Ambiental, y/o Unidad de Monitoreo Georeferencial Satelital de Delitos Ambientales. " (...) (...) "k). Recibir los requerimientos logisticos o de otra naturaleza, asi como las propuestas o iniciativas de las Fiscalias Especializadas en Materia Ambiental y dar

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