Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2014 (16/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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regularizacion y cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributarias; Que, mediante Memorandum N° 072-2014-GRAM/ MVMT, de fecha 09 de MORDAZA de 2014, la Gerencia de Rentas y Agencias Municipales, formula la propuesta de prorroga de la vigencia de la Ordenanza N° 178/MVMT hasta el 31 de MORDAZA de 2014, a fin de que, una mayor cantidad de contribuyentes se vean beneficiados con el saneamiento de sus deudas, y se disminuya el indice de morosidad en el distrito; para lo cual se debera emitir el Decreto de Alcaldia correspondiente; Que, mediante Memorandum N° 816-2014-GPP/ MVMT, de fecha 13 de MORDAZA de 2014, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto ha concluido emitiendo opinion favorable al proyecto de Decreto de Alcaldia que prorroga hasta el 31 de MORDAZA del 2014 la Ordenanza 178/MVMT, indicando que no genera riesgos a la gestion presupuestal de la corporacion MORDAZA y que ademas, se cuenta con la disponibilidad y credito presupuestario para asumir los gastos derivados de su implementacion (difusion y campana); Que, mediante Informe Legal N° 168-2014-GAJ/ MVMT, de fecha 13 de MORDAZA de 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica ha concluido emitiendo opinion, que resulta procedente prorrogar la vigencia de los beneficios tributarios y no tributarios dispuestos con la Ordenanza N° 178/MVMT, para lo cual se debera emitir el Decreto de Alcaldia correspondiente, conforme a lo establecido en el articulo 42° de la Ley N° 27972 ­ Organica de Municipalidades; Que, mediante Memorandum N° 455-2014-GM/ MVMT, de fecha 14 de MORDAZA del 2014, la Gerencia Municipal remite la propuesta de prorroga de la vigencia de la Ordenanza N° 178/MVMT, formulada por la Gerencia de Rentas y Agencias Municipales, asi como los pronunciamientos de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y de la Gerencia de Asesoria Juridica, solicitando que se realicen las gestiones pertinentes que facilite los manifestado por la Gerencia de Asesoria Juridica; Que, respecto a la prorroga propuesta, la Cuarta Disposicion Final de la Ordenanza N° 178/MVMT, faculta a la Titular de esta entidad para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la vigencia de dicha MORDAZA o dicte las disposiciones que puedan ser necesarias para su mejor aplicacion; Que, el articulo 42° de la Ley N° 27972 ­ Organica de Municipalidades, senala que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA competencia del Concejo Municipal; Estando a los considerandos precedentes, en los que se evidencia que resulta necesaria la ampliacion de la vigencia de la Ordenanza N° 178/MVMT y se tiene la facultad legal correspondiente, en ejercicio de las facultades conferidas en la Cuarta Disposicion Final de la Ordenanza MORDAZA mencionada y en el inciso 6) del articulo 20° de la Ley N° 27972 ­ Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 178/MVMT, que dispone beneficios tributarios y no tributarios en la jurisdiccion del distrito, hasta el 31 de MORDAZA del 2014. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Agencias Municipales, Sub Gerencia de Fiscalizacion Administrativa y Control Municipal, Sub Gerencia de Tecnologia de la Informacion y Procesos, Sub Gerencia de Comunicacion e Imagen Institucional y demas unidades organicas competentes de esta Corporacion Municipal, el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1083538-1

El Peruano Viernes 16 de MORDAZA de 2014

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Regulan el acabado exterior de las edificaciones del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007­2014­CDB Bellavista, 30 de MORDAZA del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en sus articulos 194º y 195º modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece que las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 3.6.2 del articulo 79º de la Ley Nº 27972, Ley organica de Municipalidades, entre las funciones especificas exclusivas que ejercen las Municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, se encuentran el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de las construcciones, remodelaciones, demoliciones de inmuebles y declaratorias de fabrica, entre otros; Que, el articulo 90º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades senala en lo que corresponde a las obras inmobiliarias que; la construccion, reconstruccion, ampliacion, modificacion o reforma de cualquier inmueble, se sujeta al cumplimiento de los requisitos que establezcan la Ley, el Reglamento Nacional de Construcciones y las ordenanzas o reglamentos sobre seguridad de Defensa Civil, y otros organismos que correspondan, para garantizar la salubridad y estetica de la edificacion. Que, el literal "k", "n" y "o" del Articulo 41º de la MORDAZA G.030 del Reglamento Nacional de Edificaciones aprobado por Decreto Supremo Nº011-2006 VIVIENDA, establece las responsabilidades que tienen las Municipalidades con respecto a las construcciones, ello concordante con lo dispuesto en el articulo 48 y literal "d" del articulo 49º, que establece la facultad de imponer infracciones y sanciones en este ambito. Que, el articulo 3º de la MORDAZA A.010 del Reglamento Nacional de Edificaciones establece las caracteristicas del diseno de las obras de edificacion, del mismo modo refiere que en las edificaciones se respetara el entorno inmediato conformado por las edificaciones colindantes, en lo referente a las caracteristicas de la MORDAZA de manera armonica. Que, al respecto, la Ordenanza Nº 013-2007 que aprueba el Regimen de Aplicacion y Sanciones y el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones, establece con el Codigo A- 06, la sancion respectiva inherente a la omision de tarrajeo hacia los lotes colindantes, no obstante no se ha complementado con una MORDAZA especifica; Que, mediante Informe Nº 105-2014-MDB-GDUSGOP, la Sub Gerencia de Obras Privadas presenta el proyecto de: "Ordenanza que regula el acabado exterior de las edificaciones del distrito de Bellavista, teniendo en cuenta que los residentes del distrito de Bellavista vienen presentando numerosas quejas sobre las edificaciones colindantes a sus predios, las cuales no cuentan con el recubrimiento de MORDAZA en sus exteriores, produciendo un impacto visual negativo a la MORDAZA de los inmuebles en su conjunto. Habiendose

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